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Bonificación de contratos para pymes

26/10/2017
Bonificación de contratos para pymes

Si tienes una pyme y estás pensando en iniciar un proceso de selección de personal para contratar nuevos empleados, debes tener en cuenta que por cada trabajador tendrás que abonar una cuota a la Seguridad Social, que se calcula según diferentes factores, entre ellos el tipo de contrato laboral y el convenio establecido. Si tu volumen de facturación no es muy grande, esas cuotas adicionales pueden representar un gasto anual considerable, pero puedes reducirlas aprovechando las bonificaciones estatales dirigidas a incentivar la contratación.

¿Qué requisitos deben cumplir las pymes?

Para acceder a las bonificaciones de contratación es necesario que las pymes y empresas cumplan algunos requisitos:

1. Estar al corriente en el pago de tus obligaciones tributarias y también en las cuotas de la Seguridad Social.

2. No debes haber cometido ninguna infracción de carácter grave que te impida aplicar para estas bonificaciones.

3. El trabajador que contrates debe estar en situación de desempleo e inscrito en el Servicio Público de Empleo (SEPE) pues las bonificaciones no se aplican a los contratos laborales que solo impliquen un cambio de empleo.

¿Cuáles son las principales bonificaciones en la Seguridad Social?

1. Contratación a tiempo indefinido.

Independientemente del perfil del trabajador, si decides incorporar a un empleado con un contrato laboral indefinido podrás ahorrar 500 euros en las cotizaciones durante tres años, pero debes tener al menos diez trabajadores a tu cargo y no podrás haber despedido a nadie durante los últimos seis meses.

2. Contratación de jóvenes.

Si contratas a jóvenes de menos de 30 años podrás aprovechar un descuento de 83,33 euros al mes hasta un total de 1.000 euros anuales durante el primer ejercicio. En el segundo año podrás aplicar 91,67 euros al mes o 1.100 euros al año y durante el tercer año 100 euros al mes o 1.200 euros anuales. Lo más interesante es que esta bonificación es compatible con otras, siempre y cuando no cubras por completo la cuota de la Seguridad Social.

3. Contratación de mujeres.

Si empleas a una mujer, puedes aprovechar una bonificación de 108,33 euros al mes o 1.300 euros al año. Si es mayor de 45 años o se trata de un empleo donde las mujeres están subrepresentadas, la bonificación aumenta a 125 euros al mes o 1.500 euros al año.

4. Contratación de personas mayores de 45 años.

Esta bonificación está pensada para las personas en situación de paro de larga duración, por lo que para aprovecharla el trabajador que contrates debe haber estado dado de alta en el SEPE durante al menos un año en los últimos 18 meses. La bonificación es de 108,33 euros o 1.300 euros anuales.

5. Contratación de personas con discapacidad.

En este caso se aplica una reducción del 50 por ciento en las cuotas a la Seguridad Social, aunque la cuantía varía dependiendo del grado de discapacidad, hasta un máximo de 6.300 euros.

Aunque la mayoría de las bonificaciones no son compatibles entre sí, es conveniente que revises la lista de bonificaciones que se aplican a los diferentes colectivos y tipos de contratos laborales.

Categoría: Finanzas
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