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Legal: Consejos e-información legal para pymes y autónomos

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Seguro de responsabilidad civil para autónomos

Si durante el ejercicio de tu actividad como autónomo, causas daño a un tercero, estás obligado a remediarlo. El artículo 1902 del Código Civil indica claramente que todo aquel que “por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”.

Generalmente se trata de una indemnización económica, pero ese desembolso podría poner en peligro tu patrimonio personal o la viabilidad de tu empresa, en caso de daños graves. Para que eso no ocurra, es conveniente contar con un seguro de responsabilidad civil para autónomos.

¿Qué es un seguro de responsabilidad civil?

El seguro de responsabilidad civil es una póliza que cubre las reclamaciones por daños físicos, materiales o morales causados accidentalmente a un tercero, incluidos los propios empleados. En esos casos, la aseguradora garantiza tu responsabilidad como autónomo, asumiendo la compensación económica correspondiente y costeando tu defensa legal.

¿Qué cubre exactamente un seguro de responsabilidad civil para autónomos?

En sentido general, los seguros de responsabilidad civil para autónomos incluyen dos garantías básicas:

  • Defensa jurídica y fianzas. Cubre la fianza que puedan imponerte y asume las costas y gastos judiciales que tengas que abonar en caso de afrontar un procedimiento judicial. Muchas aseguradoras también pondrán a tu disposición un servicio de asesoramiento jurídico para que puedas proteger tus intereses y reclamar daños propios sufridos en el ejercicio de tu actividad profesional.
  • Responsabilidad civil general o de la explotación. La aseguradora cubre la cuantía de la indemnización por daños causados a terceros durante el desarrollo habitual de la actividad de tu negocio, tanto fuera como dentro de tus instalaciones. Este tipo de póliza también cubre la labor de tus empleados y los problemas que pueda ocasionar el uso de la maquinaria, así como los desperfectos provocados en el edificio donde ejerces tu actividad.

Debido a su flexibilidad, estos seguros permiten contratar diferentes coberturas adicionales, como la responsabilidad civil patronal, si tienes trabajadores a tu cargo, la responsabilidad civil subsidiaria, si recurres a subcontratistas, o la responsabilidad civil de productos, en caso de que fabriques, suministres, vendas o distribuyas cualquier tipo de productos.

¿Cuánto cuesta un seguro de responsabilidad civil para un autónomo?

El precio del seguro de responsabilidad civil depende, en gran medida, del sector donde desarrolles tu actividad, la amplitud de sus garantías y los riesgos cubiertos. No obstante, la prima de este tipo de póliza suele rondar los 575 euros anuales, oscilando entre los 150 € y 600 €, según indicó un informe.

Obviamente, existen grandes diferencias sectoriales. Por ejemplo, el precio de un seguro de responsabilidad civil para los profesionales sanitarios ascendería a 1423 €, mientras que en el sector de los servicios disminuye a 1002 € y 1123 € para los comercios.

¿Los seguros de responsabilidad civil para autónomos son obligatorios?

La contratación de un seguro de responsabilidad civil no es de carácter obligatorio, aunque es muy recomendable para protegerse de los imprevistos que puedan producirse y poder seguir trabajando con normalidad. Sin embargo, en algunos casos es imprescindible contar con este tipo de póliza.

Profesiones y actividades que requieren la contratación de un seguro de responsabilidad civil

Si tienes un bar, restaurante, cafetería, peluquería o centro de estética, tendrás que contar con un seguro de responsabilidad civil, una condición indispensable para obtener la licencia de apertura.

También lo necesitan los abogados, corredores de seguros, gestores, auditores, profesionales sanitarios y responsables de agencias de viajes.

Además, si te dedicas a organizar espectáculos, administras centros deportivos, ofreces servicios de mantenimiento, conduces algún vehículo de transporte o realizas actividades pirotécnicas, también tendrás que contratar un seguro de responsabilidad civil.

Ante cualquier duda, puedes consultar las profesiones y actividades que demandan su contratación en el Registro de Seguros Obligatorios.

Categoría: Legal
asesor legal

Si estás pensando en emprender un negocio, tendrás que cumplir varios requisitos legales, no solo a la hora de constituir la sociedad, sino también cuando entre en funcionamiento. Contar con un asesor legal es esencial para asegurarte de cumplir con todas las normas y evitar sanciones que no solo pueden representar un costo económico adicional, sino también un daño para la reputación empresarial. Sin embargo, cualquier asesor jurídico no vale.

¿Qué características debes buscar en tu asesor jurídico?

A la hora de elegir un asesor legal, es fundamental que ese profesional o la asesoría te transmita confianza y seguridad, ya que, a fin de cuentas, será quien te guíe, oriente y responda a tus dudas en materia fiscal, mercantil, jurídica y/o laboral.

También es esencial que el asesor jurídico sea capaz de ponerse en el lugar del emprendedor y comprenda sus necesidades, de manera que pueda anticiparse a ellas y te ayude a navegar por los diferentes escenarios que tendrá que afrontar tu negocio a lo largo del tiempo.

En un mercado cada vez más cambiante, también es vital que el asesor legal mantenga una comunicación fluida en todo momento y ofrezca consejos rápidos que te ayuden a tomar decisiones estratégicas.

Y si vas a contratar a un profesional, debes cerciorarte de que posee unos conocimientos multidisciplinares lo suficientemente amplios y actualizados, que le permitan ofrecerte un servicio jurídico y económico global. Obviamente, encontrar a un asesor jurídico que conozca bien tu sector será un plus.

Las 5 competencias más importantes de un asesor legal

Si estás buscando un buen asesor jurídico, es conveniente que, además de sus conocimientos en materia fiscal y legal, tenga las siguientes competencias:

  1. Habilidades comunicativas que le permitan transmitir sus consejos y orientaciones con claridad y rigor.
  2. Visión global que ayude a los emprendedores a anticiparse a los cambios y evitar los problemas legales para que puedan trazar estrategias de negocio más eficaces.
  3. Compromiso e implicación con las empresas con las cuales trabaja, de manera que conozca su funcionamiento y pueda contribuir a su crecimiento.
  4. Adaptabilidad y flexibilidad que le permitan mantenerse abierto a los cambios y nuevos enfoques que decida aplicar la empresa para adaptar sus respuestas a las nuevas circunstancias.
  5. Planificación y organización que faciliten el cumplimiento normativo, el establecimiento de prioridades y la distribución eficaz de los recursos.

¿Qué tipo de asesoramiento recibirás?

Lo habitual es contratar los servicios de una asesoría legal, por lo que podrás contar con un equipo de profesionales que cubren todos los frentes, desde el proceso de constitución de la sociedad hasta su puesta en marcha.

  • Asesoramiento jurídico, esencial durante el proceso de creación de la empresa para determinar el tipo de sociedad más conveniente y que mejor se adapte a tus exigencias, teniendo en cuenta factores como la fiscalidad aplicable y el grado de responsabilidad que estás dispuesto a asumir.
  • Asesoramiento fiscal para que puedas presentar todas las declaraciones tributarias correspondientes en tiempo y forma.
  • Asesoramiento laboral si necesitas contratar empleados, elaborar contratos de trabajo, tramitar expedientes sancionadores, gestionar altas y bajas en la Seguridad Social o aplicar una reducción de plantilla.
  • Asesoramiento mercantil y societario para que puedas planificar adecuadamente la entrada y salida de los socios, la ampliación y reducción de capital, la política de dividendos, posibles fusiones, gestionar ayudas y subvenciones públicas o, incluso, guiarte durante el proceso de internacionalización para entrar en nuevos mercados.
  • Protección de productos para evitar la competencia desleal, de manera que podrás blindar tus productos o servicios con patentes u otros medios de protección de la propiedad intelectual.

En cualquier caso, contar con un buen asesoramiento legal desde el inicio te permitirá partir con buen pie. Tener un marco legal bien definido facilitará el funcionamiento del negocio, contribuirá a evitar obstáculos e, incluso, permitirá identificar nuevas oportunidades que impulsen el crecimiento empresarial.

Foto de Gabrielle Henderson en Unsplash

Categoría: Legal
autónomo y trabajar por cuenta ajena

La pluriactividad y el pluriempleo no son fenómenos nuevos, pero con el aumento de los empleos a tiempo parcial y una inflación desenfrenada, cada vez más personas compatibilizan dos trabajos. En otros casos, la pluriactividad se convierte en una opción para ir desarrollando un proyecto profesional más apasionante, mientras se cuenta con la seguridad económica que brinda un empleo por cuenta ajena.

De hecho, la última Encuesta de Población Activa del INE reveló que, en 2022, más de medio millón de españoles tenían dos trabajos, la mayoría en el sector de los servicios. También se ha apreciado que el 6,4% de las personas que trabajan por cuenta propia compaginan dicha actividad con un empleo por cuenta ajena, un fenómeno más habitual entre los jóvenes menores de 25 años.

¿Qué es la pluriactividad?

La pluriactividad es una situación en la que la persona realiza un trabajo por cuenta propia y otro por cuenta ajena, de manera que está dada de alta y cotiza en dos o más regímenes del Sistema de la Seguridad Social. Puede tratarse, por ejemplo, de un informático que trabaje durante toda la semana en una empresa y durante los fines de semana desarrolle proyectos web en calidad de autónomo para sus propios clientes.

Sin embargo, la pluriactividad no debe confundirse con el pluriempleo, ya que, en este caso, la persona trabaja por cuenta ajena para dos o más empresas diferentes en actividades que dan lugar al alta obligatoria en un mismo Régimen de la Seguridad Social. Puede ser el caso de un informático que imparta clases en un instituto por la mañana y en otro centro por la tarde.

La principal diferencia radica en que la persona pluriempleada siempre trabajará para otras empresas, mientras que la situación de pluriactividad implica que desarrolla una actividad por cuenta propia, además de cumplir con el horario laboral en una organización.

¿Puedo trabajar por cuenta propia y ajena a la vez?

La legislación española contempla la pluriactividad, de manera que puedes trabajar por cuenta ajena y tener una empresa o ser autónomo a la vez. Solo debes estar dado de alta y cotizar por los regímenes correspondientes a la Seguridad Social.

No obstante, antes de poner en marcha un negocio propio, debes asegurarte de que la empresa donde trabajas lo permite. El artículo 21 sobre el pacto de no concurrencia y permanencia en la empresa del Estatuto de los Trabajadores indica que una empresa puede pactar con un trabajador una dedicación exclusiva, de manera que no compatibilice su trabajo con otros empleos, ya sea por cuenta ajena o propia.

Esta medida tiene como objetivo proteger a la empresa de una posible competencia desleal. La ley indica que dicho pacto solo es válido cuando el empresario tiene un interés industrial o comercial efectivo y compensa económicamente al trabajador de manera adecuada. En cualquier caso, el pacto de no competencia no puede extenderse más allá de los dos años para los técnicos y seis meses para el resto de los trabajadores.

Si has firmado un documento de este tipo, puedes rescindir el acuerdo comunicándolo por escrito a la empresa con 30 días de antelación. Sin embargo, si has recibido una formación profesional a cargo de la empresa para poner en marcha determinados proyectos o realizar un trabajo específico, es probable que estés sujeto a un tiempo de permanencia. En ese caso, la empresa tiene derecho a una indemnización por daños y perjuicios, si abandonas el puesto de trabajo antes del plazo pactado.

Tres ventajas de la pluriactividad

  1. Mayor seguridad económica. Al ser trabajador por cuenta ajena y autónomo podrás diversificar tus fuentes de ingresos, lo cual te brindará una base económica más sólida y una mayor estabilidad a largo plazo. Si un negocio va mal, podrás compensar parte de las pérdidas con el otro, de manera que te sentirás más seguro. De hecho, es una fórmula a la que recurren muchos emprendedores cuando están dando sus primeros pasos en el negocio y no quieren abandonar la estabilidad que les proporciona su empleo en una empresa.
  2. Conocer el funcionamiento del negocio por dentro. Poner en marcha un negocio desde cero no es sencillo, pero si tienes experiencia en el sector, todo será más fácil. Trabajar por cuenta ajena en una empresa consolidada te brindará los conocimientos y habilidades necesarias para tener éxito cuando decidas lanzar tu propio negocio. Podrás conocer su funcionamiento desde dentro, detectar nichos de mercado desatendidos u optimizar procesos y perfeccionar productos que te permitan posicionarte rápidamente.
  3. Acceder a ayudas y bonificaciones. Los trabajadores en situación de pluriactividad pueden acceder a diferentes ayudas y bonificaciones para reducir la carga fiscal a la que podrían verse sometidos. Si es la primera vez que te das de alta en el RETA y tienes un contrato a jornada completa, puedes elegir como base de cotización el 50 % de la base mínima establecida durante los primeros 18 meses y el 75 % durante los siguientes 18 meses. En cambio, si trabajas por cuenta ajena a tiempo parcial con una jornada superior al 50 %, puedes elegir hasta el 75 % de la base mínima de cotización durante los primeros 18 meses y durante los siguientes 18 se aplicará el 85 %. También tienes la opción de acogerte a la tarifa plana para autónomos.

¿Cómo se cotiza a la Seguridad Social en situación de pluriactividad?

Si estás en situación de pluriactividad, cotizarás en dos regímenes distintos de la Seguridad Social. Por una parte, como trabajador asalariado tendrás que cotizar en función de la nómina que recibas y el tipo de contrato laboral que tengas. No obstante, en ese caso el mayor peso de la cuota a la Seguridad Social recae sobre la empresa, mientras que como trabajador sólo tendrás que aportar un porcentaje pequeño de su salario, que es retenido cada mes.

En cambio, como trabajador autónomo tendrás que elegir la cuota a pagar entre la base mínima y máxima. En la actualidad, existen 15 tramos de “ingresos reales” o rendimientos netos, entre los cuales deberás elegir según tus previsiones de negocio, cotizando lo que le corresponda a dicho tramo. Por ejemplo, si ganas entre 1.300 y 1.500 euros en tu negocio, tendrás que pagar 300 euros mensuales. No obstante, puedes cambiar la base de cotización hasta seis veces al año.

En caso de que se produzca un exceso de cotización, tienes derecho a la devolución de las cuotas. Desde 2017, no es necesario solicitar la devolución del exceso, la Seguridad Social lo reintegra automáticamente. Por tanto, si has cotizado por contingencias comunes más de 13 822,06 euros anuales, tienes derecho a una devolución del 50 % del exceso, hasta un máximo del 50 % de las cuotas ingresadas en el RETA.

Cabe aclarar que, en materia fiscal, tendrás que realizar tu declaración de IRPF como asalariado y también tendrás que presentar las declaraciones de IVA trimestrales y reflejar cada año en la declaración de la renta los ingresos que has tenido en el ejercicio de tu actividad como autónomo. La base imponible del IRPF se calculará sumando los rendimientos de ambos trabajos y el tipo de retención sobre la base imponible se aplicará en función de los ingresos de ambas actividades.

¿La pluriactividad concede derecho a dos pensiones?

A lo largo de la vida laboral, irás acumulando una serie de cotizaciones que te dan derecho a ciertas prestaciones, como la pensión de jubilación. En el momento de abandonar el mercado laboral, existen dos variables importantes para calcular la cuantía final de la pensión: la base de cotización y el número de años cotizados.

Tendrás derecho a recibir dos pensiones si puedes acreditar los requisitos necesarios para cada una de ellas. Por tanto, debes haber cotizado un mínimo de 15 años y al menos 2 años en el intervalo de 15 años inmediatamente anteriores a causar el derecho. Si solo causas pensión en uno de los regímenes, las bases de cotización de ambos se sumarán para determinar la base reguladora, aunque esa suma no podrá exceder la base máxima establecida por ley.

En cualquier caso, la situación de pluriempleo no implica un adelanto de la edad de jubilación. Además, la cifra final de días cotizados no puede superar la de días trabajados de forma efectiva, por lo que el pluriempleo no afecta sustancialmente a la forma en que se calcula la pensión de jubilación ni cambia sus límites.

Categoría: Legal
Calendario fiscal para los autonomos en 2023

Los autónomos deben cumplir una serie de obligaciones fiscales que vienen delimitadas por la Agencia Tributaria. No solo tienen que cumplimentar los modelos sin cometer errores, sino también mantenerse atentos al calendario fiscal, ya que las presentaciones fuera de plazo suelen dar pie a sanciones económicas.

El calendario fiscal que deben seguir los autónomos en 2023

Hacienda acaba de hacer público su calendario fiscal para autónomos de cara a 2023:

Obligaciones fiscales para autónomos en enero

Este mes se presentan las declaraciones correspondientes al cuarto trimestre de 2022 y los resúmenes anuales de dicho año.

Hasta el 20 de enero de 2023, se presentan los modelos 111 de declaración trimestral retenciones de personal y profesionales; el modelo 115 de declaración trimestral retenciones de alquileres; el modelo 123 de declaración trimestral retenciones de rendimientos de capital mobiliario; y el modelo 369 de declaración trimestral de IVA y regímenes especiales aplicables a las prestaciones de servicios y ventas a distancia de bienes.

Hasta el 30 de enero de 2023, se presentan el modelo 303 de declaración trimestral de IVA; el modelo 130 de pago fraccionado del IRPF, ingresos a cuenta de la Renta; y el modelo 131 de pago fraccionado del IRPF, ingresos a cuenta de la Renta, Régimen Simplificado.

Hasta el 31 de enero de 2023, se presentan el modelo 390 de resumen anual de las declaraciones trimestrales de IVA; el modelo 180, que es el resumen anual de las declaraciones trimestrales del modelo 115 retenciones de alquileres; el modelo 190, resumen anual de las declaraciones trimestrales del modelo 111 retenciones de personal y profesionales; el modelo 193, resumen anual de las declaraciones trimestrales del modelo 111 retenciones de rendimientos de capital mobiliario; y el modelo 184, que es la declaración informativa anual que resume los ingresos, gastos y el beneficio obtenido por algunas sociedades no mercantiles.

Obligaciones fiscales para autónomos en Febrero

Del 1 al 28 de febrero de 2023, se presenta el modelo 347 de declaración informativa de operaciones con terceros realizados durante todo el año, cuyos importes totales superen los 3.005,06 euros.

Obligaciones fiscales para autónomos en Marzo

El 31 de marzo de 2023 termina el plazo para la presentación del modelo 720.

Obligaciones fiscales para autónomos en Abril

En este periodo, el autónomo debe presentar las declaraciones correspondientes al primer trimestre del año.

Del 1 al 20 de abril de 2023, se vuelven a presentar los modelos 111, 115, 123, 369, 303, 130 y 131. También se debe presentar el modelo 202, el primer periodo pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades.

Obligaciones fiscales para autónomos de Abril a junio

Del 11 de abril al 30 de junio de 2023, se presentan el modelo 100, la declaración anual de la Renta de 2022 y la declaración de Patrimonio de 2022.

Obligaciones fiscales para autónomos en Julio

En este mes, el autónomo debe presentar todas las declaraciones del segundo trimestre del año.

Del 1 al 20 de julio de 2023, se presentan los modelos 111, 115, 123, 369, 303, 130 y 131.

Del 1 al 25 de julio de 2023, se presenta además el modelo 200, la declaración anual del Impuesto de Sociedades de 2022.

Obligaciones fiscales para autónomos en Octubre

En este mes, llega el momento de presentar los modelos correspondientes al tercer trimestre del año.

Del 1 al 20 de octubre de 2023, el autónomo debe presentar los modelos 111, 115, 123, 369, 303, 130 y 131. También hay que presentar el modelo 202 correspondiente al segundo periodo pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades.

Obligaciones fiscales para autónomos en Noviembre

Hasta el 30 de noviembre de 2023, se presenta el modelo 232 de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales de 2020.

Obligaciones fiscales para autónomos en Diciembre

Del 1 al 20 de diciembre de 2023, se debe presentar el modelo 202, el tercer periodo pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades.

¿Qué novedades trae el nuevo calendario fiscal para autónomos?

Al igual que otros años, el calendario fiscal para autónomos de 2023 incluye algunas novedades. Por ejemplo, para las autoliquidaciones del modelo 303 correspondientes al ejercicio 2023 y los posteriores, desaparece la presentación a través del formulario web que permite imprimir el modelo para la “predeclaración” en papel. No obstante, los contribuyentes que habían usado la predeclaración, podrán obtener e imprimir un documento de ingreso que les permita hacer el pago en una entidad colaboradora.

También desaparece el modelo 777 de declaraciones-liquidaciones extemporáneas y complementarias; o sea, el documento de ingreso o devolución que se usaba para presentar declaraciones de ejercicios para los cuales no existía un modelo de declaración en euros. A partir de ahora, es obligatorio usar los modelos en euros.

La Agencia Tributaria también ha incluido 7 modelos nuevos que se presentarán por primera vez en 2023, los cuales se refieren, fundamentalmente, a impuestos “verdes” y otros cuatro afectan al sector bancario y de la energía.


Categoría: Legal
que es una SLP

Si eres un profesional y te estás planteando comenzar un negocio, una de las primeras decisiones que tendrás que tomar es la forma jurídica con la cual operarás. La modalidad legal que elijas es importante porque genera diferentes obligaciones contables, tributarias y en materia de Seguridad Social, además de determinar tu nivel de responsabilidad frente a terceros. Una forma jurídica poco conocida, pero muy interesante, es la SLP.

¿Qué es una SLP?

Las Sociedades Limitadas Profesionales (SLP) están formadas por profesionales que trabajan juntos y se constituyen como sociedad profesional, pero con responsabilidad limitada. Por tanto, es una forma jurídica que combina las características de las sociedades de responsabilidad limitada y las sociedades profesionales.

En este sentido, la Ley 2/2007 sobre las Sociedades Profesionales indica expresamente que “las sociedades profesionales podrán constituirse con arreglo a cualquiera de las formas societarias previstas en las leyes”, de manera que es posible convertir una sociedad profesional en una sociedad limitada.

¿Cuáles son los requisitos para crear una sociedad profesional limitada?

Los requisitos para crear una SLP son prácticamente los mismos que se aplican a otros tipos de sociedades. Por tanto, en la inscripción en el Registro Mercantil debes indicar la denominación social seguida de la forma S.L.P. No obstante, esta forma jurídica debe cumplir algunos requisitos específicos:

  • Tener como único objetivo el ejercicio conjunto de actividades profesionales de carácter colegiado para prestar dichos servicios al público.
  • Los socios deben desempeñar una actividad que demanda una titulación universitaria y tienen que estar inscritos en el colegio profesional correspondiente.
  • Al menos, la mitad más uno de los socios que conformen los órganos de administración deben ser profesionales.
  • La mayor parte del capital y los derechos de voto deben pertenecer a los socios profesionales o, en su defecto, la mayor parte del patrimonio social y el número de socios en la sociedad.

Cabe aclarar que, aunque para constituir una SLP los socios deben ser profesionales, pueden ejercer diferentes actividades profesionales, siempre que no sean incompatibles por ley. Obviamente, incumplir estos requisitos conduce a la disolución de la sociedad.

¿Cuándo conviene crear una SLP?

Crear una SLP aporta diferentes ventajas, en comparación con otras formas jurídicas. El principal beneficio consiste en que, al tratarse de una sociedad de responsabilidad limitada, los profesionales no tendrán que responder con su patrimonio ante terceros.

Su estructura también brinda una gran flexibilidad en cuanto al número de socios, ya que se puede crear lo mismo con un único profesional (en cuyo caso se trataría de una sociedad profesional limitada unipersonal) que con muchos socios. No obstante, contar con otros socios tiene algunas ventajas económicas, como repartir los gastos que genere el negocio.

La unión de varios profesionales que ofrecen cierto grado de especialización o un servicio integral permite generar cierta “economía de escala”. Eso os daría una ventaja competitiva con respecto a los profesionales que operan de manera individual.

Una SLP también transmite una imagen más profesional de cara al público. La unión de varios profesionales proyecta una imagen más sólida y puede mejorar vuestra reputación, lo cual os permitirá captar un mayor número de clientes o asumir proyectos de mayor envergadura.

Por tanto, crear una SLP es una buena opción cuando diferentes profesionales quieran emprender un proyecto en común y deseen limitar su responsabilidad ante terceros, ya que solo responden con el capital de la sociedad por las deudas que pueda generar el negocio.

No obstante, también debes tener en cuenta algunas desventajas de esta forma jurídica, como el hecho de que la toma de decisiones estratégicas en el negocio debe ser consensuada entre los socios y que estos tienen derecho de tanteo, lo cual significa que tendrán preferencia a la hora de comprar las participaciones de los otros socios, por lo que suele ser más difícil que entren nuevos profesionales a la sociedad.

Categoría: Legal
elaborar los estatutos de tu empresa

Si estás pensando en emprender un negocio, tendrás que realizar varios trámites, desde elegir la forma jurídica de la empresa y obtener la certificación negativa del nombre, hasta solicitar el número de identificación fiscal en la Agencia Tributaria. Sin embargo, uno de los trámites más importantes al que no se le suele prestar mucha atención es la redacción de los estatutos de empresa.

¿Qué son los estatutos de empresa?

Los estatutos de empresa son las normas que regirán el funcionamiento de la sociedad y que determinan tanto su régimen interno frente a terceros como entre los socios. Aunque los estatutos se pueden modificar en cualquier momento, deben ser redactados pensando en su permanencia a lo largo del tiempo, ya que tienen naturaleza jurídica. Por tanto, los cambios que se realicen con posterioridad deben ser puntuales y pequeños.

Al ser un convenio constitutivo celebrado entre los accionistas, los estatutos constituyen la base sobre la que funcionará la empresa. Establecen el marco legal y las reglas de funcionamiento del negocio, detallando las normas y procedimientos a seguir para la toma de decisiones y la dirección de la empresa. Además, son un medio para proteger los derechos e intereses de los socios de la empresa, así como para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones y responsabilidades.

Los aspectos más importantes para redactar los estatutos de empresa

La redacción de los estatutos se puede dividir por apartados, para que no olvides ningún detalle: 

  1. Información básica sobre la empresa
  2. Denominación. Se indica el nombre social de la empresa, incluyendo las siglas que identifican su forma jurídica, y se adjunta la documentación que acredita que ese nombre no estaba registrado.

    Domicilio social. Se señala la dirección de la empresa, generalmente indicando que cualquier cambio debe contar con la aprobación de los socios.

    Objeto social. Se reflejan las actividades a las que se dedicará la empresa con el mayor nivel de detalle posible, sobre todo si se necesitan licencias o permisos.

    Público. Se resumen las características del público objetivo en el que se enfocan los productos y/o servicios de la empresa.

  3. Información sobre el capital inicial y las participaciones
  4. Capital social. En los estatutos de la empresa hay que precisar el capital exacto con el que se constituye, teniendo en cuenta que determinadas formas jurídicas exigen un capital social mínimo obligatorio por ley. También se debe precisar cualquier otro tipo de aportación en especie.

    Política de participaciones y transmisiones. En este apartado se recoge cómo se dividen las participaciones entre los socios, quién tiene derecho a adquirirlas y cómo se traspasarán o en qué circunstancias. También se determina si la empresa aceptará la entrada de nuevos socios o el protocolo a seguir en caso de fallecimiento de uno de ellos.

  5. Información sobre los órganos de la empresa
  6. Estructura organizativa. En esta sección de los estatutos se detalla la organización de la empresa, especificando si tendrá un administrador único, existirán varios o se constituirá un consejo. Conviene especificar además cuánto cobrará el administrador y el sistema de retribución que se usará para pagarle, detallando las funciones y limitaciones del cargo.

    Acuerdos entre los socios. Se determina cómo, dónde y cuándo se votarán las decisiones estratégicas para la empresa y qué sistema se seguirá (si será por mayoría simple o absoluta, o se aplicará la regla de la mayoría relativa o cualificada). También se deben explicar las funciones y tareas de los socios, así como la forma de retribución.

  7. Información sobre la distribución de beneficios o la liquidación de la empresa
  8. Cuentas anuales y distribución de beneficios. Los estatutos de la empresa deben definir la duración del ejercicio social, el plazo de presentación de las cuentas anuales y la manera en que se distribuirán los beneficios entre los socios. También es importante especificar qué porcentajes se destinarán a la reinversión y la repartición, señalando además los baremos de reparto.

    Disolución y liquidación. Por último, los estatutos de empresa deben indicar la fórmula que se seguirá para disolver la sociedad y las causas que pueden dar pie a la misma.

En general, los estatutos deben ser lo más claros posible para evitar ambigüedades y confusiones que puedan afectar el funcionamiento de la empresa o dañar los derechos de los socios. Unos estatutos bien redactados pueden ahorrar muchos dolores de cabeza entre los socios, evitando disputas futuras.

Categoría: Legal
nueva ley de autonomos

En España hay más de 3,3 millones de trabajadores autónomos, según reveló el último informe de afiliación del Ministerio de Trabajo y Economía Social. El año próximo, todos esos trabajadores estarán sometidos al nuevo régimen de autónomos, aprobado a finales de agosto de 2022 por el Congreso de los Diputados, el cual supone varios cambios, fundamentalmente en materia fiscal.

¿Cómo se aplicarán las nuevas cuotas de autónomos?

La nueva ley de autónomos incluye diferentes modificaciones que atañen a este sector, una de las más relevantes es el establecimiento de las nuevas cuotas de autónomos. El objetivo de este cambio es equiparar las prestaciones entre el régimen general y RETA, sobre todo teniendo en cuenta que la pensión media de los autónomos es un 43 % menor a la general, lo que supone unos 600 euros de diferencia.

El nuevo régimen de autónomos prevé 15 tramos de rendimiento neto para calcular las cotizaciones a la Seguridad Social, que abarcan desde una primera categoría, en la que se encuentran los autónomos que ganan menos de 670 euros al mes, hasta un último escalafón para quienes ganan más de 6 000 euros al mes.

Las nuevas cuotas de autónomos se aplicarán de manera progresiva, a partir del año próximo y hasta 2025. Por ejemplo, un autónomo que gane menos de 670 euros al mes pagará una cuota de 230 euros a la Seguridad Social en 2023. En 2024, esa cuota disminuirá a 225 euros y en 2025, será de 200 euros. En cambio, el autónomo que se encuentre en el tramo mayor y gane más de 6 000 euros mensuales, tendrá que pagar 500 euros el año próximo, 530 en 2024 y un total de 590 euros en 2025.

¿Cómo se calculará la nueva cuota de autónomos?

Los autónomos pueden elegir su base de cotización teniendo en cuenta sus rendimientos netos. De hecho, la nueva ley de autónomos permite modificarla hasta seis veces a lo largo del año, en vez de cuatro como hasta ahora. Con esa flexibilidad, la Agencia Tributaria facilita el ajuste de la cotización a la previsión de rendimiento anual, el cual suele variar en función de la actividad realizada. El cambio de la base de cotización se puede solicitar a la Tesorería General de la Seguridad Social el primer día de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero del año siguiente.

No obstante, aunque la elección de la cuota es voluntaria y se basa en las estimaciones que el propio trabajador realiza de su ejercicio, en el nuevo régimen de autónomos la Agencia Tributaria desempeña un papel más fiscalizador, sobre todo a la hora de determinar los ingresos reales en base a los cuales se calculan las nuevas cuotas de autónomos.

Para calcular los ingresos netos, la Agencia Tributaria realizará la regularización correspondiente a cada ejercicio económico, al año siguiente. Por consiguiente, si durante el año el autónomo ganó más de lo previsto, Hacienda le reclamará las cotizaciones pendientes. En cambio, si ha sobrestimado sus ganancias y ha pagado más, podrá solicitar la devolución de la diferencia.

Los principales cambios fiscales en la nueva ley de autónomos

El nuevo régimen de autónomos prevé otros cambios, más allá de las cotizaciones a la Seguridad Social, que es importante conocer. Por ejemplo, además de las deducciones generales, se contempla una deducción por gastos genéricos del 7 % para los trabajadores autónomos individuales y del 3 % para los trabajadores por cuenta propia societarios.

Los autónomos que inicien su actividad podrán seguir pagando una tarifa plana, aunque un poco más elevada, de 80 euros durante los primeros 12 meses, prorrogables por otro año si registra ingresos inferiores al SMI durante su primer año de ejercicio.

La nueva ley de autónomos elimina el tope de cotizaciones para mayores de 47 años y permite una desgravación del 10 % de las aportaciones al plan de pensiones en el IRPF. Además, reconoce una presta­ción del 50 % de la base reguladora compatible con otra actividad, que se puede cobrar de cuatro meses a dos años, sin necesidad de darse de baja en el RETA y sin que el autónomo tenga que cerrar su negocio, aunque debe producirse un cese de actividad parcial con una reducción del 75 % en el nivel de ingresos o ventas.

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Capitalizar el paro, emprender un negocio

Más del 70 % de las personas que emprenden en España lo hacen motivadas por la escasez de empleo, según reveló el último informe del Observatorio del Emprendimiento. Casi todas las iniciativas emprendedoras necesitan una inversión inicial, pero dado que durante las primeras fases de un negocio suele ser difícil tener acceso a las vías de financiación convencionales, el 59 % de los proyectos de negocio se financian con los ahorros personales, mientras que solo el 17 % logra el apoyo de las entidades financieras. En ese contexto, capitalizar el paro es una solución interesante para emprender un proyecto propio.

¿Qué es capitalizar el paro?

La capitalización del paro es el cobro en un único pago de la prestación de desempleo, con el objetivo de iniciar una actividad profesional. Con esta iniciativa, recogida en la actualización de la normativa en materia de autoempleoel Estado pretende fomentar el empleo autónomo entre quienes reciben una prestación por desempleo de nivel contributivo.

No obstante, también puedes utilizar la capitalización del paro para constituir una cooperativa o una sociedad laboral, o para integrarte en las mismas como socio trabajador. Otra posibilidad consiste en destinar ese importe al capital social de una empresa de nueva creación o creada en un plazo máximo de 12 meses anteriores a la aportación. En ese caso, debes poseer su control efectivo, ejercer en la misma una actividad profesional y darte de alta en la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar.

¿Cuáles son los requisitos para capitalizar el paro?

Desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), indican los requisitos para capitalizar el paro:

  • Ser beneficiario de una prestación contributiva por desempleo y tener pendientes al menos tres mensualidades. Si se trata de una prestación por cese de actividad, debes tener pendiente seis meses.
  • No haber cobrado un pago único en los 4 años anteriores a la solicitud.
  • Empezar la actividad en el plazo máximo de un mes desde que se concede el pago único. Puedes comenzar la actividad y darte de alta en la Seguridad Social antes de la resolución del pago, pero no antes de su solicitud. En un plazo de un mes, prorrogable por otro mes, tendrás que inscribirte en el Régimen Especial de Autónomos.
  • Justificar, a través de una memoria, la finalidad de la inversión, indicando además el capital necesario total y la distribución prevista de la inversión.

Existen algunas condiciones adicionales para capitalizar el paro:

  • Si se ha impugnado el cese de la relación laboral que ha generado la prestación por desempleo, tendrás que esperar hasta que se resuelva el procedimiento para solicitar el pago único. Tampoco se concede a quienes estén sujetos a un ERE de suspensión o reducción de jornada, o a los trabajadores fijos discontinuos.
  • No puedes capitalizar el paro siendo autónomo; o sea, si en los 24 meses anteriores a la solicitud has conciliado la prestación por desempleo de nivel contributivo con un trabajo como autónomo.
  • Si quieres unirte a una cooperativa que prevé un periodo de prueba, tendrás que presentar la solicitud.
  • No puedes ser socio capitalista en una cooperativa o sociedad laboral, ya que la capitalización del paro está pensada para fomentar el autoempleo.

¿Cuánto puedes cobrar?

La cantidad a cobrar variará según el destino de esa capitalización, aunque en sentido general, si justificas la inversión, puedes obtener el 100 % del valor del importe de la prestación. Otra opción es recibir únicamente la cantidad que justifiques como inversión o el importe total destinado a subvencionar las cuotas mensuales a la Seguridad Social, si no necesitas realizar una inversión inicial.

Si no obtienes toda la prestación en un solo pago, tienes la posibilidad de solicitar a la vez el abono mensual del importe restante para subvencionar la cotización a la Seguridad Social durante el desarrollo de la actividad. En cualquier caso, de la prestación por desempleo que tengas pendiente, se deducirá el importe del interés general del dinero aplicable en el momento de la solicitud.

¿Dónde se solicita el pago único?

Si quieres capitalizar el paro, tendrás que solicitar el pago único en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), ya sea de manera presencial o telemática. De hecho, puedes solicitarlo al mismo tiempo que la prestación por desempleo o en un momento posterior.

Tendrás que presentar la solicitud junto con una memoria de la actividad que vas a desarrollar, en la que expliques detalladamente la finalidad de la inversión y el capital que necesitas. Recuerda usar importes sin IVA, ya que el IVA soportado en la inversión no es subvencionable. 

Ventajas de capitalizar la prestación por desempleo para ser autónomo

  • Acceso a un capital para arrancar tu actividad. A diferencia de otras ayudas y subvenciones para autónomos, que suelen tardar en llegar, la capitalización del paro generalmente se recibe un mes después de haber cursado la solicitud, por lo que podrás invertir rápidamente ese capital en poner en marcha tu negocio.
  • Flexibilidad en las modalidades. Para capitalizar el paro, no es necesario que realices una inversión inicial, puedes destinar ese capital a cubrir los pagos de las cuotas a la Seguridad Social, lo cual te brinda más seguridad y tranquilidad a la hora de emprender.
  • Acceder a formación. Capitalizar la prestación por desempleo puede servirte para ampliar tu formación y aumentar las probabilidades de que tu proyecto tenga éxito. La ley prevé la posibilidad de destinar hasta el 15 % de la cuantía del pago único de la prestación a servicios de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad que deseas emprender.
  • Cubrir los gastos de constitución. La capitalización del paro no solo se puede destinar a cubrir la inversión inicial, como la compra de maquinaria, mobiliario o vehículos industriales, sino que también puedes usarla para cubrir los gastos de constitución y puesta en marcha de la actividad, así como para pagar las tasas y tributos correspondientes. Los gastos de puesta en funcionamiento incluyen tanto los correspondientes al activo fijo o inmovilizado como al activo circulante, así como otros derivados del acondicionamiento del local, pago de franquicia, traspaso o gastos de alta de suministros. Además, podrás incluir los gastos generados durante los tres primeros meses en alquileres, cánones y suministros.
  • Es compatible con otras ayudas y subvenciones. Capitalizar el paro no te impide solicitar otras ayudas y subvenciones, pues no se trata de un capital público, sino del anticipo de una cantidad que te corresponde por ley, aunque algunos subsidios autonómicos y locales sí podrían ser incompatibles. En ese caso, si necesitas una ayuda adicional para emprender tu negocio, recuerda que puedes contar con el aval de una SGR.

En cualquier caso, es importante que destines el importe recibido únicamente a financiar los gastos que implique la puesta en marcha de tu actividad o la incorporación a la cooperativa o sociedad laboral, ya que utilizarlo con otros fines puede suponer una infracción muy grave.

Cabe aclarar que la prestación contributiva por desempleo tributa por IRPF cuando se percibe en la modalidad de pago mensual, pero queda exenta de dicho impuesto cuando se percibe en la modalidad de pago único. De hecho, si cesas la actividad antes de los cinco años, aunque sea por causas justificadas, tendrás que declarar el importe percibido en el siguiente periodo impositivo.

No obstante, debes saber que la ley no prevé un plazo de tiempo durante el cual debas mantener obligatoriamente la actividad. Si el pago único está justificado y el cese de la actividad se produce por causas ajenas a tu voluntad, la Administración no puede exigir su devolución. En ese caso, es importante que conserves toda la documentación que justifique el cierre de la actividad, por si recibes una inspección.

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Coordinación de Actividades Empresariales (CAE)

La contratación y subcontratación de servicios es una práctica cada vez más habitual en las empresas para realizar aquellos trabajos que éstas no pueden asumir con los recursos propios. Esas prácticas pueden generar nuevos riesgos laborales, por lo que los empresarios deben coordinar adecuadamente ese trabajo para garantizar en todo momento la seguridad de los empleados, en especial cuando existe un alto grado de peligrosidad.

¿Qué es la CAE?

La CAE se refiere a la Coordinación de Actividades Empresariales, un protocolo de actuación que tiene como objetivo principal garantizar la seguridad y salud de los trabajadores. Responde a los principios de acción preventiva establecidos en el Real Decreto de Prevención de Riesgos Laborales, cuando en un mismo centro de trabajo confluyen empleados de dos empresas diferentes o distintos profesionales autónomos.

Las obligaciones de los empresarios principales y concurrentes

La ley indica que los empresarios titulares de las respectivas empresas que trabajen juntas tienen el deber de “informarse recíprocamente sobre los riesgos específicos de las actividades que desarrollen en el centro de trabajo, que puedan afectar a los trabajadores de las otras empresas concurrentes en el centro”. Esa información se debe detallar y proporcionar por escrito antes de que comiencen las actividades.

La normativa también establece dos actores fundamentales para el cumplimiento de la CAE y determina sus funciones y obligaciones:

-          Empresario principal

Es aquel que contrata o subcontrata con otros la realización de obras o servicios que se desarrollarán en su propio centro de trabajo. Este empresario tiene el deber de informar a los empresarios concurrentes sobre los riesgos intrínsecos a su centro de trabajo que puedan afectar a las actividades que estos desarrollarán, así como explicarles las medidas de prevención de esos riesgos y las pautas de emergencia que deben aplicar.

El empresario principal también tiene que garantizar la seguridad de los trabajadores de las otras empresas y cerciorarse de que los contratistas o subcontratistas cumplen con la normativa de prevención de riesgos laborales. De hecho, debe exigir a dichas empresas que acrediten por escrito que han cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto a los trabajadores que van a prestar sus servicios en su centro de trabajo.

-          Empresario concurrente

Es aquel cuyos servicios han sido contratados o subcontratados. En este caso, tiene la obligación de establecer los medios de coordinación necesarios para prevenir los riesgos laborales, teniendo en cuenta el grado de peligrosidad de las actividades que desarrollará en la otra empresa. El empresario concurrente también es el encargado de comunicar a sus trabajadores la información y las instrucciones recibidas del empresario titular del centro de trabajo, para que estos cumplan con las mismas.

¿Qué documentos CAE necesita la pyme?

La documentación necesaria para cumplir con la Coordinación de Actividades Empresariales tiene un doble carácter: administrativo y preventivo. Por una parte, la documentación administrativa incluye el certificado que indica que la empresa está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, el modelo TC1 de los trabajadores que señala las cuotas que corresponden a la empresa y a los empleados, así como con la póliza de responsabilidad civil que cubre el resarcimiento de los daños o perjuicios ocasionados a un tercero y su justificante de pago.

Por otra parte, la documentación preventiva incluye la evaluación de riesgos y los planes preventivos con medidas concretas para evitar los principales riesgos en la empresa. Obviamente, ese documento CAE varía según la actividad de la empresa y el sitio donde la realiza, pues no es lo mismo un negocio que se dedica a la jardinería que aquel que hace labores de limpieza o trabajos verticales y en alturas. La documentación CAE debe responder a las exigencias y riesgos específicos de la actividad que se lleva a cabo. La empresa también debe contar con la mutua de accidentes, una garantía adicional a la hora de gestionar las contingencias por accidentes de trabajo y enfermedad profesional del personal.

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que son los fondos next generation

La pandemia ha supuesto una dura prueba para la economía mundial y para muchas empresas. Por esa razón, la Unión Europea ha puesto en marcha un programa temporal de recuperación al que denominó NextGenerationEU.

Dotado de más de 800 mil millones de euros, es el mayor paquete de estímulo jamás financiado y su principal objetivo es reparar los daños económicos y sociales inmediatos que ha causado la Covid-19, pero con la vista puesta en el futuro para fomentar la construcción de una Europa más ecológica, digital y resiliente que esté mejor preparada para afrontar los retos venideros.

Los principales ámbitos en los que se invertirán los fondos NextGeneration

Los fondos de NextGenerationEU se materializarán a través de los Presupuestos Generales del Estado. España obtendrá 140 mil millones de euros, una cantidad que representa más del 11 % del PIB, de los cuales aproximadamente 72 mil millones serán a fondo perdido.

El Gobierno ha canalizado esas ayudas a través del “Plan de recuperación, transformación y resiliencia”, en el que se establecen cuatro ejes prioritarios:

  1. Transición ecológica. Se enfoca en reforzar la inversión pública y privada para reorientar el modelo productivo, impulsando una transición verde. Estos fondos se destinarán a proyectos de descarbonización, eficiencia energética, energías renovables, electrificación de la movilidad, soluciones de almacenamiento de energía y programas de economía circular que sean más respetuosos con el medio ambiente.
  2. Transformación digital. Una parte de los fondos NextGeneration se destinarán a acelerar la transición digital mediante inversiones y reformas que potencien las infraestructuras, competencias y tecnologías que sean necesarias para desarrollar una economía y una sociedad más digitales, humanistas e inclusivas.
  3. Cohesión social y territorial. Estos fondos se destinan a reforzar el Estado del bienestar y el sistema educativo, así como a impulsar un empleo de calidad, un sistema fiscal más justo, lidiar con los retos demográficos y mejorar las oportunidades de las nuevas generaciones.
  4. Igualdad. Fomenta medidas transversales en todos los sectores económicos orientadas a aumentar la tasa de empleo femenino, así como a mejorar el sistema de cuidados de larga duración, fomentar el potencial educativo, promover la igualdad de oportunidades y reducir la brecha digital.

¿Cómo llegarán los fondos NextGeneration a las pymes?

El programa “Impulso a la pyme”, al cual se ha destinado una inversión estimada de 4 894 millones de euros, tiene como objetivo facilitar el acceso de las pequeñas y medianas empresas a los fondos NextGeneration.

Contempla la aplicación de reformas que establezcan un marco regulatorio más favorable para las pymes y micropymes y que elimine los obstáculos que dificultan su crecimiento, favoreciendo su competitividad y resiliencia. También potencia las nuevas iniciativas emprendedoras, en especial en el ámbito tecnológico e industrial. Este programa prevé inversiones en cinco ámbitos estratégicos:

  1. Emprendimiento. Dirigido a potenciar el ecosistema emprendedor, prevé la financiación de líneas de apoyo económico a la actividad emprendedora de las pymes, así como de todas aquellas acciones enfocadas en desarrollar las capacidades emprendedoras y aplicar herramientas de gestión empresarial en fases tempranas.
  2. Crecimiento. Estos fondos se destinan a reforzar el crecimiento de las pymes, apoyar el emprendimiento industrial y reforzar el sistema de garantía recíproca, canalizándose a través de Cersa, mediante el Programa de Apoyo al Emprendimiento Industrial, que proporcionará financiación, avalada por SGR, a las pymes que realicen proyectos industriales de emprendimiento o crecimiento. Para ello, se bonificarán los costes de la financiación que solicite la pyme.
  3. Digitalización e innovación. Incluye subvenciones a las pymes que adopten soluciones digitales y apoya proyectos de digitalización de la cadena de valor en los diferentes sectores industriales.
  4. Apoyo al comercio. Son ayudas para la modernización del comercio, la incorporación de nuevas tecnologías, la creación de plataformas digitales de comercio y la apertura de nuevos canales de posicionamiento y distribución. También incluye financiación para los mercados sostenibles y la modernización de áreas comerciales o mercados municipales.
  5. Internacionalización. Estos fondos se emplearán en diferentes iniciativas que mejoren las capacidades e instrumentos del sistema de apoyo a la exportación, internacionalización e inversión exterior de las pymes.

Las pymes interesadas en solicitar estas ayudas deben estar atentas al calendario de convocatorias, ya que los fondos NextGeneration se ejecutarán a través de licitaciones, subvenciones y ayudas de los distintos Ministerios, Comunidades Autónomas y. en algunos casos, Ayuntamientos. En el caso del Programa de Apoyo al Emprendimiento Industrial, deberán dirigirse a la SGR correspondiente a través de www.conavalsí.com.

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