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Contabilidad

La contabilidad es esencial para la salud financiera de tu negocio. Aquí encontrarás información sobre cómo gestionar las cuentas, cumplir con las obligaciones fiscales y optimizar la administración de los recursos, garantizando el cumplimiento normativo y la sostenibilidad a largo plazo de tu negocio.


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sectores problemas acceder financiación

La mayoría de las pymes recurren a la financiación externa en algún momento de su vida, ya sea para poner en marcha el negocio, cubrir las necesidades de circulante, emprender un proceso de internacionalización o invertir en equipo productivo e innovar. De hecho, el XV Informe “La Financiación de la Pyme en España” de SGR-Cesgar reveló que “más de la mitad de las pymes (51,2%) necesitaron financiación en 2025.

El acceso a los créditos bancarios, la principal fuente de financiación que eligen las pymes españolas, ha mejorado en los últimos tiempos. El citado informe refiere que, en 2025, el 92,8% de las pymes con necesidades de financiación bancaria la ha obtenido y aceptado. Sin embargo, no todas lo tienen tan fácil.

¿Qué factores influyen en la concesión de un crédito bancario a las empresas?

Además de la situación económica del país y factores estructurales como el marco jurídico o la coyuntura geopolítica internacional, en la concesión de los créditos y otras formas de financiación bancaria influyen variables más específicas relacionadas con el negocio, como la productividad, rentabilidad y el perfil de riesgo de las pymes.

Las entidades bancarias realizan una evaluación de solvencia antes de formalizar determinadas operaciones para comprobar que el cliente podrá asumir los pagos sin caer en una situación de sobreendeudamiento. Para ello, se enfocan en distintos aspectos de su situación económica y financiera:

  1. Ingresos y estabilidad. El banco valora las ganancias del solicitante, el origen de las mismas y si existe una fuente de ingresos suficientemente estable. No se pondera de la misma forma una pyme que tenga una base de clientes sólida y diversificada que otra que dependa de pocos clientes, por ejemplo, pues si los perdiese, su capacidad para hacer frente a las obligaciones económicas contraídas podría verse seriamente comprometida.

  2. Nivel de endeudamiento. Los bancos no solo valoran las ganancias, también tienen en cuenta las obligaciones financieras existentes para estimar la capacidad real de la empresa para afrontar un nuevo pago. La entidad puede consultar la CIRBE (Central de Información de Riesgos del Banco de España) para conocer los préstamos, créditos, avales y otras obligaciones financieras declaradas de la pyme, así como otros ficheros de solvencia y morosidad. Eso significa que tener otros préstamos pendientes o antecedentes de impagos puede influir negativamente en la valoración del riesgo.

  3. Garantías. Según el importe que solicite la empresa, es probable que la entidad bancaria exija garantías, ya sea en forma de avales o activos del propio negocio. El banco elaborará un perfil de riesgo de la pyme para valorar si concede la financiación y bajo qué condiciones.

En general, las entidades bancarias suelen solicitar que las pymes tengan varios meses o años de antigüedad y que sean capaces de generar un mínimo de beneficios. También deben estar al día en el pago de impuestos y con la Seguridad Social.

El acceso a la financiación no es igual en todos los sectores

Las necesidades de financiación de las pymes no son iguales en todos los sectores de la economía. Las empresas que más han tenido que recurrir a préstamos externos se concentran en áreas como Transporte, Agricultura, Comercio y determinados Servicios, según indicó el mencionado informe de SGR-Cesgar.

Al mismo tiempo, la necesidad de aportar garantías ha sido superior a la media en:

Las empresas que innovan (24,7%). Esto se debe a las características propias de este tipo de proyectos, ya que suelen requerir inversiones más importantes antes de generar retornos y, en ocasiones, los resultados económicos de cara al futuro son relativamente inciertos. Desde la perspectiva de la entidad financiera, esa incertidumbre puede traducirse en una mayor percepción del riesgo, por lo que puede exigir garantías adicionales para respaldar la operación y reducir la exposición ante un posible impago.

Las empresas medianas (40,0%), pequeñas (35,2%) y microempresas (22,6%). El tamaño del negocio también marca la diferencia en el acceso a la financiación, el cual no solo está condicionado por la capacidad de pago, sino también por la estructura y los recursos disponibles para respaldar el crédito. Las empresas de menor tamaño suelen disponer de menos activos que puedan utilizar como garantía y, en muchos casos, dependen más de la evolución de su actividad. Por ello, las entidades pueden solicitar garantías que cubran parte del riesgo asociado a la financiación.

En cuanto a la necesidad de avales o garantías, por sectores de actividad se distribuye de la siguiente manera: 

  1. Comercio y servicios personales (21,6%)

  2. Servicios a las empresas (19,4%)

  3. Construcción (16,4%)

  4. Educación, sanidad, servicios sociales, cultura y deporte (11,9%)

  5. Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca (9,7%)

Las diferencias por sectores, en cuanto a los obstáculos para acceder a la financiación, guardan relación con su forma de generar ingresos, los activos disponibles y la percepción de las entidades financieras del riesgo que supone cada actividad. Por ejemplo, en España, el Comercio y servicios personales son actividades muy expuestas a la evolución del consumo y a los márgenes comerciales, además de tener una estructura patrimonial más limitada. 

En lo que respecta a los Servicios a las empresas, una parte importante de los costes de estos negocios suele estar relacionada con el personal, mientras que su continuidad depende de los contratos con los clientes, lo que puede dificultar presentar activos que sirvan como respaldo. En el sector de la Construcción pesan otros factores, como los plazos de los proyectos, la evolución del mercado inmobiliario y las necesidades elevadas de circulante.

En cuanto a Educación, sanidad, servicios sociales, cultura y deporte, así como Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca, las propias características de la actividad y la escasa disponibilidad de activos que puedan utilizarse como garantía también condicionan el análisis de riesgo y, por ende, el acceso al crédito.

No significa necesariamente que sean sectores con peor salud financiera, sino que su estructura de ingresos, activos y riesgos puede hacer que el banco pida con más frecuencia garantías para cubrir la operación.

El futuro del acceso a la financiación para las pymes

El panorama de la financiación empresarial en España durante 2026 es más favorable que hace unos años, pero las condiciones están cambiando. La Encuesta de Préstamos Bancarios del Banco de España reveló que, en el segundo trimestre de 2026, los criterios de concesión se endurecieron ligeramente y se espera que sigan esa senda en lo que resta de año.  

Las entidades financieras están aplicando criterios más estrictos a la hora de conceder financiación empresarial, debido fundamentalmente a un aumento de los riesgos percibidos y los cambios en los indicadores de calidad crediticia. Los sectores más afectados son: el Comercio, la Construcción y, en particular, la Industria Manufacturera, sobre todo las empresas que hacen un uso intensivo de la energía y las que fabrican vehículos de motor. 

Por consiguiente, 2026 y 2027 no serán años de crédito cerrado, pero tampoco de financiación fácil. Para las pymes, que son especialmente sensibles a las condiciones bancarias, eso se traduce en contar con unas cuentas más saneadas, mantener un nivel de endeudamiento razonable, demostrar unos ingresos previsibles, justificar el destino de la financiación y aportar garantías.

En cualquier caso, recuerda que con la ayuda de las SGR podrás acceder a la financiación que necesitas. Sus avales te permitirán acceder al crédito de manera más ágil y sencilla, consiguiendo mejores condiciones en términos de plazos y tipos de interés.

 
Categoría: Contabilidad
Las SGR mejoran las condiciones de financiación de las pymes

 

La mayoría de las empresas necesitan financiación externa en algún momento de su vida, ya sea al inicio, para poner en marcha el negocio, o más adelante, para impulsar su crecimiento. De hecho, el último informe de CESGAR confirmó que el 51,2% de las pymes españolas necesitó financiación en 2025.

La fuente de financiación a la que se recurra es una decisión importante, ya que puede brindar una ventaja competitiva en el mercado o, al contrario, convertirse en un lastre a largo plazo. Las entidades bancarias siguen siendo la principal vía para acceder al crédito de las empresas, sobre todo de las pymes, ya que de esta manera conservan el control total del capital y de su negocio.

El acceso a la financiación, un camino exigente para las pymes

El escenario de financiación para las pymes ha cambiado sustancialmente desde los años en los que se aplicaban tasas negativas y el crédito era bastante barato. Tras las fuertes subidas de tipos de 2022 y 2023, el Banco Central Europeo inició un ciclo de relajación monetaria que ha reducido sus tipos oficiales. 

En la actualidad, el tipo de la facilidad de depósito se sitúa en el 2,25%, mientras que el tipo de interés principal para las operaciones de refinanciación es del 2,40%, una cifra que se encuentra bastante por debajo de los niveles alcanzados durante el endurecimiento monetario.

Sin embargo, eso no significa que las pymes puedan acceder al crédito con la misma facilidad que en la etapa de tipos muy bajos. En realidad, el coste de los préstamos es tan solo una parte de la ecuación. Las entidades financieras están prestando más atención al riesgo que representa cada empresa y están aplicando criterios de concesión más exigentes.

De hecho, la Encuesta de Préstamos Bancarios del Banco de España mostró que, durante el segundo trimestre de 2026, los bancos endurecieron de nuevo la oferta de crédito a las empresas, tras haberlo hecho también en el primer trimestre. Además, las entidades anticipan un nuevo endurecimiento durante el tercer trimestre.

Para una pyme, esto significa que buscar y solicitar financiación ya no consiste únicamente en comparar diferentes tipos de interés. La entidad analizará con mayor profundidad su capacidad real para generar caja y devolver la deuda, así como su nivel de endeudamiento, la evolución de sus resultados, las garantías disponibles y los riesgos asociados a su actividad.

Más prudencia ante el riesgo empresarial

El endurecimiento de los criterios de concesión de préstamos se debe, en gran parte, a la percepción de inseguridad generada por la situación económica actual y la elevada incertidumbre geopolítica, lo que ha hecho que las entidades bancarias desarrollen una mayor aversión al riesgo. Por consiguiente, es probable que una pyme con una estructura financiera más débil tenga dificultades para acceder a financiación, aunque el tipo oficial sea menor al de hace dos años. 

Esa disminución de la tolerancia al riesgo es particularmente relevante para las pequeñas empresas porque suelen disponer de menos alternativas de financiación que las grandes compañías y dependen en mayor medida del crédito bancario. La Encuesta sobre el Acceso a la Financiación de las Empresas del Banco Central Europeo confirmó que, durante el primer trimestre de 2026, los criterios de concesión se volvieron más exigentes para las pymes que para las grandes empresas.

Como resultado, la pyme que necesite financiación en el contexto actual debe estar más preparada, lo cual implica un balance saneado, un nivel de endeudamiento razonable, previsiones de tesorería realistas y una explicación clara del destino de los fondos, sin olvidar un buen aval. El crédito sigue estando disponible, pero las entidades quieren tener claro a quién le prestan, a qué se destinará ese dinero y, sobre todo, cómo se devolverá.

La necesidad de avales

Las condiciones de financiación de las pymes siguen dependiendo, en gran medida, de los avales. En 2025, la falta de garantías fue el segundo obstáculo más común que encontraron los autónomos y las pequeñas y medianas empresas para acceder a los préstamos y las líneas de crédito, una barrera que se arrastra desde hace años y que suele encarecer el coste de la financiación.

Si no presentan garantías propias, las entidades bancarias consideran que la operación de crédito o préstamo representa un peligro mayor. Obviamente, el nivel de riesgo se dispara en las pymes de reciente constitución, pues ni siquiera pueden presentar sus balances de cuentas y no poseen un historial crediticio, así como en las empresas que tienen una baja rentabilidad.

Al no contar con un respaldo sólido que sirva como garantía, las pymes se ven obligadas a pagar intereses más elevados, en comparación con las grandes empresas, que pueden aportar un aval o tienen un historial crediticio más sólido. En este escenario, las SGR desempeñan un papel clave para que las pymes tengan acceso a condiciones de financiación más ventajosas.

¿Qué son las SGR?

Las SGR (Sociedades de Garantía Recíproca) son entidades creadas con el objetivo de facilitar el acceso al crédito a los autónomos y pymes, mejorando las condiciones de la financiación. De hecho, surgieron para dar respuesta a los problemas financieros que suelen tener las pequeñas y medianas empresas ante las entidades de crédito y las Administraciones Públicas.

Son entidades financieras sin ánimo de lucro, sujetas a la supervisión e inspección del Banco de España. Posibilitan el acceso al crédito en mejores condiciones de plazo y de tipo de interés a pymes y autónomos, consiguiendo así la financiación para sus proyectos. No obstante, estas entidades tienen un carácter mutual, lo cual significa que solo garantizan las operaciones de sus socios.

Por consiguiente, para conseguir el aval, las pymes y autónomos tienen que convertirse en socios partícipes, adquiriendo participaciones en un porcentaje equivalente al importe que desean avalar. A cambio, recibirán una garantía o aval con el que pueden negociar mejores condiciones con las entidades bancarias. Cuando termine la operación financiera, los socios pueden recuperar el capital destinado a las participaciones.

Ese aval puede destinarse a financiar el circulante para hacer frente a las necesidades de tesorería del negocio, pero también puede tratarse de un préstamo de inversión a más largo plazo para financiar activos fijos, internacionalizar la empresa o, simplemente, poner en marcha una nueva idea de negocio.

¿Cómo un aval de las SGR mejora las condiciones de financiación de las pymes?

Contar con un aval de las SGR ofrece diferentes ventajas a las empresas:

  1. Facilitar el acceso al crédito. El respaldo de una SGR reduce el riesgo que asume la entidad financiera, por lo que puede facilitar que una pyme consiga financiación cuando, por su tamaño, trayectoria o capacidad de garantía, tendría más dificultades para obtenerla. 

  2. Reducir los tipos de interés. El aval de una SGR disminuye el nivel de riesgo que representa la pyme para la entidad bancaria, puesto que existe una sociedad de garantía que respalda la operación. Eso significa que el banco, la caja de ahorros o la cooperativa de crédito pueden aplicar un tipo de interés más bajo mediante convenios o líneas de crédito con las SGR, algo que en operaciones independientes implicaría un riesgo mayor.

  3. Obtener importes de financiación más elevados. El aval de una SGR también permite ampliar los importes cuando la pyme no puede respaldarlos por sí sola. Eso significa que la empresa podrá tener acceso a un capital mayor o a una línea de crédito más flexible.

  4. Reducir las garantías exigidas. La intervención de una SGR puede evitar que la pyme tenga que aportar garantías adicionales para conseguir financiación. Este detalle puede ser muy importante para empresas que no disponen de suficientes activos para ofrecer como garantía o que no quieran comprometer su patrimonio empresarial o personal.

  5. Ampliar los plazos de devolución. El aval de una SGR respalda a la pyme ante el banco, concediéndole más poder para negociar las condiciones financieras. Como resultado, podría alargar los plazos de devolución para que la pyme trabaje con más tranquilidad y pueda devolver el capital prestado siguiendo un ritmo con el que se sienta más cómoda.

  6. Acceder a líneas de financiación específicas. Las SGR facilitan el acceso a determinadas líneas o programas de financiación, incluidos aquellos orientados a la inversión, digitalización, internacionalización, sostenibilidad o circulante, de manera que las pymes pueden aprovechar recursos financieros diseñados específicamente para determinadas necesidades empresariales.

  7. Recibir asesoramiento financiero. Las SGR no solo brindan avales para garantizar los préstamos a las empresas, sino que también proporcionan un servicio de información y asesoramiento personalizado muy útil para encontrar la fuente de financiación más adecuada para tu proyecto empresarial. De hecho, las pymes pueden beneficiarse del valor añadido del estudio y seguimiento de la viabilidad de la operación por parte de estas entidades.

Como colofón, si quieres aprovechar al máximo todos los beneficios que aportan las SGR, es importante que desarrolles una cultura financiera que te permita conocer todas las opciones y herramientas de financiación disponibles. Así, podrás hacer crecer tu negocio con una base más sólida.


Categoría: Contabilidad
Beneficios fiscales para las empresas en Espana

La carga fiscal es uno de los factores que más condicionan la rentabilidad de una empresa y una de las principales preocupaciones de los emprendedores. Sin embargo, existen diferentes beneficios fiscales, dirigidos a fomentar la inversión, la innovación, la creación de empleo o el crecimiento empresarial, que podrías aprovechar para poner en marcha un proyecto o expandir tu actividad.

Cinco ventajas fiscales que podrías aprovechar en tu negocio

Los beneficios fiscales son ventajas tributarias que se aplican cuando la empresa cumple una serie de requisitos previamente establecidos. Puede tratarse de exenciones que te exoneran de pagar un impuesto, reducciones parciales aplicables al importe a pagar o bonificaciones que reducen el tipo impositivo aplicable. Estas son algunas de las más relevantes que se mantienen vigentes.

1. Tipo reducido para empresas de nueva creación

Uno de los incentivos más conocidos está dirigido a las empresas de reciente constitución. La Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades indica que “las entidades de nueva creación que realicen actividades económicas tributarán, en el primer período impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente, al tipo del 15 %”. Con esta medida se pretende que las nuevas sociedades puedan destinar una buena parte de sus beneficios a consolidar su actividad durante los primeros años de vida.

2. Reserva de capitalización

La reserva de capitalización es uno de los incentivos fiscales más interesantes para reducir la tributación empresarial. Su objetivo es mejorar la solvencia instando a las empresas a reforzar los fondos propios, en vez de recurrir exclusivamente a la financiación externa. Básicamente, los contribuyentes que apliquen la reserva de capitalización tendrán derecho a una reducción en la base imponible del 10 % del importe del incremento de sus fondos propios, siempre que el mismo se mantenga durante un plazo de 5 años desde el cierre del período impositivo.

3. Deducciones por investigación, desarrollo e innovación tecnológica

Las empresas que invierten en actividades de I+D+i pueden acceder a beneficios fiscales muy interesantes, siendo posible recuperar una parte significativa de las inversiones realizadas en proyectos innovadores, desarrollo de nuevos productos, mejora de procesos productivos, creación de software o avances tecnológicos. Las deducciones oscilan entre el 8 y 42 %, pero la Agencia Tributaria señala que “únicamente formarán parte de la base de la deducción aquellos gastos que sean directamente imputables al proyecto de investigación y desarrollo”, razón por la cual es importante documentar adecuadamente los proyectos.

4. Deducciones por creación de empleo

La normativa también contempla determinados incentivos vinculados a la contratación de trabajadores. Por ejemplo, las empresas que contraten a su primer trabajador, a través de un contrato de trabajo por tiempo indefinido, podrán deducir 3.000 euros de la cuota íntegra, a condición de que lo mantengan al menos 3 años. También se aplican deducciones del 50 % a las empresas con menos de 50 empleados que ofrezcan contratos por tiempo indefinido a personas desempleadas beneficiarias de una prestación contributiva.

5. Régimen especial para empresas de reducida dimensión

Las pequeñas y medianas empresas pueden aprovechar un régimen fiscal específico dentro del Impuesto sobre Sociedades, que les da derecho a diferentes incentivos, siempre que el importe neto de la cifra de negocios sea inferior a 10 millones de euros. Podrían, por ejemplo, minorar su base imponible positiva hasta el 10% de su importe (cuando el importe no supere 1 millón de euros). En ciertos supuestos, también tendrían libertad de amortización o podrían aplicar una amortización acelerada, incentivos que se suman a otras herramientas de apoyo fiscal destinadas a facilitar la inversión y el crecimiento de estas empresas.

No obstante, conviene tener presente que, para aprovechar estos beneficios fiscales, debes cumplir una serie de requisitos y conservar la documentación justificativa correspondiente, ya que la Agencia Tributaria podría solicitarla durante un procedimiento de comprobación. Por tanto, es fundamental que lleves bien la Contabilidad y estés al día con tus obligaciones tributarias.

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Categoría: Contabilidad
Tipos de beneficios fiscales para el autonomo

Emprender una actividad por cuenta propia tiene muchos beneficios: más autonomía, flexibilidad para organizar la jornada y una mejor conciliación de la vida familiar. No es casual que el 61 % de los autónomos reconozca sentirse satisfecho con su trabajo, según reveló el VI Estudio Nacional del Autónomo (ENA).

Obviamente, no todo es perfecto. El 95% de ellos considera que las políticas actuales no brindan apoyo suficiente a los trabajadores por cuenta propia. De hecho, para el 27% de los autónomos el sistema de tributación es una de las principales preocupaciones y barreras de entrada, mientras que el 24% señala las cuotas a la Seguridad Social.

Sin embargo, si estás pensando en emprender, es importante que sepas que existen diferentes tipos de beneficios fiscales que puedes aprovechar para que esos primeros años no se te hagan demasiado cuesta arriba y puedas hacer crecer tu negocio sin tanta presión económica.

¿Qué son los beneficios fiscales?

Los beneficios fiscales son todas aquellas ventajas, desde el punto de vista tributario, que se aplican a las empresas, pymes, autónomos y particulares, con el objetivo de reducir la carga impositiva a la que están sometidos. Generalmente, se materializan en forma de deducciones, reducciones de la base imponible, exenciones, bonificaciones o tipos impositivos reducidos, dependiendo del impuesto y de la normativa aplicable en cada caso.

Las ventajas fiscales están reguladas por ley y, normalmente, se otorgan cuando las personas físicas o jurídicas realizan ciertas prácticas positivas, ya sea a nivel social, laboral o medioambiental. Sin embargo, también se aplican como parte de programas para incentivar la creación de empleo, por ejemplo, o cuando se desean premiar algunas prácticas de mercado. 

En este sentido, su diseño responde a objetivos concretos de interés público, como fomentar la innovación, impulsar la sostenibilidad o apoyar sectores estratégicos. Por ende, el sistema tributario no solo cumple una función recaudatoria, sino también redistributiva y de estímulo económico.

No obstante, los beneficios fiscales no son automáticos ni universales, están sujetos al cumplimiento de requisitos específicos y, en muchos casos, a procedimientos de solicitud o justificación ante la administración tributaria. Eso significa que debes conocer bien la normativa y no tener deudas pendientes para poder acceder a ellos.

¿Cuáles son los tipos de beneficios fiscales para el autónomo?

Existen diferentes tipos de beneficios fiscales, dependiendo de su procedencia y actividad. Si eres autónomo, estas son las principales ventajas fiscales que puedes aprovechar.

Deducciones

Implican una reducción de la base imponible de un impuesto, de manera que disminuyen los ingresos que quedan sujetos a gravamen, siempre y cuando el autónomo cumpla ciertos requisitos.

En el caso del IRPF, los autónomos tienen derecho a una serie de deducciones. Por ejemplo, puedes deducir todos los consumos de explotación relacionados con tu actividad profesional, los salarios de los trabajadores, las cuotas a la Seguridad Social, los arrendamientos y cánones y las primas de los seguros. También podrás deducir los costes de los servicios bancarios, incluidos los gastos financieros que representan los préstamos y créditos.

Particularmente interesantes son las deducciones por los servicios de los profesionales independientes a los que recurras. Las facturas que emitas a personas sometidas a la obligación de retener, como otros profesionales o personas jurídicas, implican una retención del 15 %. Sin embargo, la Agencia Tributaria recorta esa retención al 7 % cuando inicies tu actividad profesional. Dicha reducción se aplicará durante el periodo impositivo en que comiences a trabajar como autónomo y durante los dos siguientes, siempre que no hayas ejercido ninguna actividad profesional durante el año anterior.

Exenciones

Las exenciones tributarias eximen al autónomo de soportar la carga fiscal que le correspondería. En algunos casos existe una obligación tributaria, pero esta se condona o reembolsa, como ocurre con la doble imposición internacional. En otros casos, aunque existe el hecho imponible, no se genera una obligación tributaria, como sucede con las prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción de la Seguridad Social, las Comunidades Autónomas o las entidades locales. 

Algunas actividades profesionales también quedan exentas de IVA, como las clases particulares sobre materias que formen parte del currículo del sistema educativo o las colaboraciones periodísticas. También estarías exento de esta tasa si brindas servicios de asistencia sanitaria o enfocados en la ayuda social. Asimismo, algunas actividades artísticas y ciertos servicios inmobiliarios o relacionados con los seguros, reaseguros y capitalización quedan exentas de IVA.

Bonificaciones

Estos beneficios fiscales implican una reducción en el importe de la base para calcular el impuesto o una deducción en el importe a ingresar por parte del autónomo, por lo que se traducen en un ahorro inmediato.

  • Cuota reducida de inicio de actividad. Más conocida como la “tarifa plana”, permite a los nuevos autónomos acogerse a una cuota reducida de la Seguridad Social (80 euros en 2026) durante los primeros 12 meses, prorrogable hasta 24 meses si los rendimientos netos permanecen por debajo del salario mínimo interprofesional.
  • Incentivos autonómicos. Algunas comunidades autónomas aplican ayudas adicionales mediante las cuales subvencionan total o parcialmente la cuota del autónomo durante el primer año de actividad.
  • Bonificación por conciliación (maternidad, paternidad y situaciones asimiladas). Durante el periodo de descanso por nacimiento, adopción, acogimiento o riesgo durante el embarazo o lactancia, se aplica una bonificación del 100% de la cuota de autónomos durante 17 semanas, aunque se suman dos más por el cuidado de los hijos, las cuales se pueden usar de forma flexible hasta que el menor cumpla 8 años.
  • Bonificaciones por reincorporación tras maternidad. Las trabajadoras que retoman la actividad en los dos años posteriores al cese por maternidad o adopción pueden acceder a una bonificación del 80 % de la cuota por contingencias comunes.
  • Bonificación por cuidado de menores o dependientes. En determinados supuestos de reducción de jornada o cese parcial de actividad para cuidar de hijos menores o personas dependientes, puede aplicarse una bonificación total o parcial de la cuota por un plazo de hasta doce meses
  • Bonificación por pluriactividad. Para quienes trabajan por cuenta ajena y al mismo tiempo tienen el control efectivo, ya sea directo o indirecto, de una empresa emergente, se bonifica al 100 %la cuota correspondiente a la base mínima establecida con carácter general, durante los tres primeros años.
  • Bonificación para autónomos colaboradores. Los cónyuges y familiares, hasta segundo grado, que trabajen en el negocio familiar pueden beneficiarse de una reducción del 50 % de la cuota a la Seguridad Social durante los primeros 18 meses y del 25 % durante los seis meses siguientes. 
  • Bonificaciones por discapacidad (≥33 %). En este caso, se aplica una cuota reducida de 80 euros al mes durante los primeros dos años de actividad, prorrogables hasta 36 meses si los rendimientos netos anuales no superan el Salario Mínimo Interprofesional. Cabe aclarar que esta bonificación también se aplica a las víctimas de violencia de género y de terrorismo.

Aplazamiento de impuestos

Hacienda considera que el aplazamiento del pago o la posibilidad de fraccionar las deudas tributarias es otro tipo de beneficio fiscal, ya que produce una merma de sus ingresos, aunque no implica una reducción de la cantidad a pagar; de hecho, conlleva unos intereses de demora.

Esta ventaja fiscal es conveniente si enfrentas un periodo de falta de liquidez o se te acumulan los pagos y no puedes hacer frente a tus obligaciones tributarias. Si la deuda es inferior a 50.000 euros, puedes solicitar un aplazamiento del pago del IRPF e IVA, con un plazo límite de 12 meses, sin necesidad de justificar las cuotas repercutidas impagadas. Hacienda suele aprobar la mayor parte de estas solicitudes casi automáticamente y con bastante rapidez.

En caso de que la deuda supere los 50.000 euros (un límite que antes de 2023 era de 30.000 euros), la Agencia Tributaria te pedirá un aval, garantía hipotecaria o seguro de caución. Tendrás que justificar el impago de las cuotas repercutidas aportando las facturas de los clientes que reflejen la cuantía e indiquen la fecha de vencimiento. No obstante, recuerda que debes ingresar la parte de la deuda correspondiente a las cuotas repercutidas que has cobrado.

Subvenciones

Además de los beneficios fiscales que se aplican a la actividad por cuenta propia, también existen subvenciones, muchas de ellas gestionadas directamente por las comunidades autónomas

Tal es el caso de las ayudas a fondo perdido para quienes se dan de alta en el RETA tras una situación de desempleo, con importes que varían según la región y que, en algunos casos, pueden superar los 8.000 o 10.000 euros si se cumplen determinados requisitos. Habitualmente, se exige mantener la actividad durante un periodo mínimo (entre 12 y 36 meses) y se incrementa la cuantía en perfiles como jóvenes, mujeres, personas con discapacidad o desempleados de larga duración.

Otra ayuda relevante es la capitalización del paro o pago único, que permite destinar la prestación por desempleo a la inversión inicial del negocio o al pago de cuotas de la Seguridad Social. A esto se suman las bonificaciones por contratación, que reducen las cotizaciones sociales cuando el autónomo incorpora trabajadores, sobre todo en el primer empleo o en contratos indefinidos.

En los últimos años han ganado peso las subvenciones vinculadas a la modernización del tejido productivo, muchas de ellas financiadas con fondos europeos. Existen iniciativas sectoriales específicas, así como ayudas a la eficiencia energética o la transición ecológica a través de proyectos como el “Programa LIFE”, que buscan mejorar la competitividad y sostenibilidad de los pequeños negocios a medio y largo plazo.

En definitiva, aunque emprender no es fácil, estar al tanto de las diferentes ayudas y beneficios fiscales a los que tienes derecho como autónomo te allanará el camino. Muchos de estos programas de apoyo no solo contribuyen a reducir la carga económica durante los primeros años de actividad, sino también favorecen una mayor estabilidad financiera a medio plazo mientras vas consolidando tu negocio. 

Categoría: Contabilidad
como tributar los dividendos en el Impuesto de Sociedades

Las sociedades mercantiles recompensan, a través de los dividendos, a aquellas personas físicas o jurídicas que han aportado capital. Cuando obtienen beneficios, distribuyen una parte de esas ganancias entre sus socios, una manera de “premiarles” por la inversión realizada.

De esta forma, atraen más inversores, sobre todo aquellos con más aversión al riesgo, que buscan unos ingresos pasivos relativamente estables en el tiempo. No obstante, también es una señal de salud financiera, ya que solo las empresas con liquidez pueden permitirse pagar dividendos, por lo que esta fórmula genera confianza y transmite una imagen de solidez. 

Si has invertido en una compañía a través de tu empresa, es importante que conozcas la forma de tributación de los dividendos en el Impuesto sobre Sociedades para evitar errores que puedan dar lugar a sanciones o multas de Hacienda.

El primer paso: ¿persona física o jurídica?

Tanto las personas físicas como jurídicas pueden aportar capital a una sociedad y recibir los dividendos. No obstante, el tratamiento fiscal de esas ganancias es diferente:

  • Si recibes el dividendo como persona física, tendrás que declararlo como rendimiento del capital mobiliario cuando llegue el momento de realizar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
  • Si percibes el dividendo como persona jurídica, tendrás que tributar a través del Impuesto sobre Sociedades, ya que se cataloga como una renta positiva adicional proveniente de la actividad.

Como nota, es importante aclarar que para la sociedad que paga los dividendos, esos gastos no son deducibles, ya que “representan una retribución de los fondos propios”, según indica la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Hacienda entiende que el dividendo no es un gasto necesario para obtener ingresos, como podrían ser los salarios, un alquiler o la compra de materias primas, sino una forma de distribuir los beneficios que ya ha generado la empresa. Por consiguiente, repartir dividendos no le permite reducir su base imponible.

El segundo paso: ¿qué son exactamente los dividendos?

La Agencia Tributaria señala que los dividendos o participaciones en beneficios son “los derivados de los valores representativos del capital o de los fondos propios de entidades, con independencia de su consideración contable”.

Por tanto, el rendimiento procede de la participación en la empresa, ya sea en acciones, participaciones sociales o fondos propios, no de una relación laboral, comercial o financiera ordinaria. Eso significa que si, como socio, prestas dinero a la sociedad y recibes intereses, no se catalogan como dividendos.

No obstante, existe una excepción. Hacienda explica que cuando una empresa presta dinero a otra sociedad del mismo grupo a través de un préstamo participativo, la remuneración que recibe podría tratarse fiscalmente como si fuera un dividendo.

El motivo es que un préstamo participativo está a medio camino entre una deuda y una aportación de capital, ya que generalmente la remuneración depende de la evolución de los beneficios, ventas, volumen de negocio u otros indicadores de rendimiento, según la ley.

Los dividendos en el Impuesto sobre Sociedades

Las entidades mercantiles deben incluir los dividendos en su resultado contable, incorporándolos a la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, que tributa con carácter general al 25%.

Esa renta se somete a una retención general del 19%, lo que significa que, cuando se pagan los dividendos a los socios, la compañía aplica dicha retención para ingresarla a la Agencia Tributaria a modo de pago a cuenta del impuesto del beneficiario del dividendo. 

No obstante, en algunos casos se implementa una exención a los dividendos en el Impuesto de Sociedades de hasta el 95% de su cuantía.

¿Cuáles son las exenciones a la tributación de dividendos en el Impuesto sobre Sociedades?

La propia Agencia Tributaria explica que estarán prácticamente exentos los dividendos o participaciones en beneficios de entidades, cuando se cumplan los siguientes requisitos:

  • El porcentaje de participación, ya sea directa o indirecta, en el capital o en los fondos propios de la sociedad es de, al menos, el 5%.
  • Poseer la participación de manera ininterrumpida durante el año anterior al día en que se distribuye el beneficio, aunque también se podría mantener a posteriori durante el tiempo necesario para completar dicho plazo.

En ese caso, solamente existe la obligación de tributar el 1,25% de la totalidad de los dividendos recibidos.

Por ejemplo, si la sociedad A posee acciones en la sociedad B y esta obtiene beneficios, repartiendo un dividendo de 100.000 €, la sociedad A tendría que integrarlo en su base imponible. Si no puede disfrutar de ninguna exención, acabaría tributando al 25%, lo que implica que le quedaría 75.000 € después de impuestos.

En cambio, si la sociedad A cumple los requisitos para la exención, el panorama cambia drásticamente porque puede excluir el 95% del dividendo.

Por tanto:

Dividendo recibido: 100.000 € 

Exento: 95.000 € 

Tributable: 5.000 € 

La cuota del Impuesto sobre Sociedades será:

5.000 € × 25% = 1.250 € 

La carga fiscal efectiva sería:

1.250 € ÷ 100.000 € = 1,25% 

Por eso, suele decirse que solo tributa el 1,25% del dividendo, aunque técnicamente es más correcto señalar que tributa al 25% sobre el 5% no exento, lo que produce un coste fiscal efectivo del 1,25% sobre el dividendo total.

Participaciones en el capital o en fondos propios de entidades fuera de España

En este caso, para aprovechar la exención en la tributación de los dividendos en el Impuesto sobre Sociedades, la entidad participada debe haber estado sujeta a un impuesto extranjero similar al español, cuyo tipo nominal debe haber sido de, al menos, el 10% durante el ejercicio en que se obtuvieron los beneficios que se reparten o en los que se participa.

La Agencia Tributaria considera que, si la entidad participada pertenece a un país con el que España ha suscrito algún convenio para evitar la doble imposición internacional, que contenga la cláusula de intercambio de información, se cumple este requisito. 

Sin embargo, la exención a los dividendos en el Impuesto sobre Sociedades no se aplica cuando la entidad participada se encuentra en un país o territorio calificado como paraíso fiscal, a menos que “resida en un Estado miembro de la Unión Europea y el contribuyente acredite que su constitución y operativa responde a motivos económicos válidos y que realiza actividades económicas”, como señala la Agencia Tributaria.

Cabe aclarar que dicha exención por dividendos no se implementa a las participaciones con valor de adquisición superior a 20 millones de euros, siendo del 15% con carácter general y del 10% a las entidades de nueva creación. 

En cualquier caso, la tributación de los dividendos en el Impuesto de Sociedades es un asunto complejo que se debe valorar de forma individual. Aunque la normativa establece unas reglas generales, factores como la estructura societaria, el porcentaje de participación, el tiempo de tenencia de las acciones o participaciones, la existencia de grupos empresariales, o la residencia fiscal de las entidades implicadas, influyen significativamente en el tratamiento fiscal aplicable. 

Por ello, antes de tomar decisiones relacionadas con el reparto o la recepción de dividendos, es recomendable que te informes con un asesor fiscal. Así, podrás aprovechar los beneficios fiscales previstos y evitar problemas derivados de interpretaciones erróneas o del incumplimiento de los requisitos exigidos.

Categoría: Contabilidad
Programas de facturación gratuitos

La facturación es una de las tareas contables más importantes de todo negocio, aunque también suele ser una de las más tediosas y que más problemas de contabilidad genera. Los errores y fallos en la facturación pueden incrementar significativamente el tiempo de cobro y causar dificultades con el flujo de efectivo. 

Si trabajas como autónomo o tienes una pyme, los softwares de facturación se convertirán en tu mejor aliado, ya que te ayudarán a agilizar y simplificar este proceso. No solo podrás ahorrar tiempo, sino también evitar errores que puedan dar pie a sanciones de Hacienda.

¿Qué son los programas de facturación?

Un software de facturación es una herramienta automatizada que permite gestionar de manera rápida y sencilla las facturas de un negocio. Su principal objetivo es centralizar todo el proceso de facturación y la información relacionada con los clientes y proveedores.

Estos programas incorporan diferentes plantillas de facturas, aunque algunos incluso permiten diseñar un modelo totalmente personalizado. Generan de manera automática la numeración y fecha de la factura, así como el tipo impositivo a aplicar y el total final a pagar.

Algunos softwares de facturación cuentan con un sistema OCR para reconocer y registrar automáticamente los documentos de gastos. Otros envían recordatorios de las facturas impagadas para que reclames su cobro. 

Con la incorporación de la inteligencia artificial, sus funcionalidades han evolucionado notablemente. Ya no se limitan a reconocer datos, son capaces de interpretarlos, categorizar gastos de forma automática, detectar posibles errores en facturas e incluso sugerir correcciones antes de que se registren. Además, aprenden de tus hábitos contables, por lo que son cada vez más precisos.

Las ventajas de los softwares de facturación para las pymes y autónomos

A medida que una pyme o un profesional independiente empieza a crecer, también se complejiza su gestión diaria. Lo que antes eran unas pocas facturas al mes se convierte en un flujo constante de documentos, clientes y obligaciones fiscales. En ese punto, muchos descubren que seguir utilizando sistemas básicos no es solo incómodo, sino poco sostenible. Los beneficios de los softwares de facturación compensan con creces su curva de aprendizaje.

1. Minimizan los errores

Los programas de facturación asignan de manera automática el número de factura, lo cual te permitirá evitar los típicos errores de numeración. También realizan los cálculos automáticamente, de manera que solo tienes que introducir el importe por unidad y el número de unidades para obtener el importe final adecuado.

Algunos de estos softwares incorporan validaciones automáticas que detectan inconsistencias antes de guardar o enviar una factura. Por ejemplo, te avisan si falta algún dato obligatorio, el formato del NIF es incorrecto o si se ha aplicado un tipo de IVA que no corresponde. Por tanto, sirven como una segunda capa de revisión para evitar fallos que, de otro modo, podrían pasar desapercibidos.

2. Reducen los costes

Una ventaja importante de los softwares de facturación para pymes y autónomos, en especial aquellos que gestionan un gran volumen de facturas, es la reducción de costes. La digitalización de estas tareas agiliza el proceso administrativo, de manera que tu equipo contable podrá dedicarse a otras funciones más importantes que impulsen el crecimiento del negocio. También ahorrarás los costes de impresión y almacenaje de las facturas físicas.

A esto se suma un ahorro menos visible, pero igual de importante, que proviene de la reducción de errores y la posibilidad de llevar un control más preciso de los cobros y pagos. Gestionar bien la facturación te evitará incurrir en multas y te ahorrará los gastos que suelen derivarse de retrasos, intereses o una mala previsión de tesorería.

3. Aligeran la carga de trabajo

Estos programas facilitan la emisión de facturas proformas o rectificativas, además de permitir guardar los datos de los clientes y proveedores para acceder a ellos rápidamente. También ofrecen la posibilidad de enviar correos automáticamente a varios clientes y generar facturas periódicas, lo cual representa un ahorro de tiempo y reduce la carga de trabajo. 

Podrás tener todas las facturas en un mismo lugar y localizarlas fácilmente, usando los diferentes criterios de búsqueda que ofrecen estos programas. Centralizar la información contable se traducirá en menos duplicidades e interrupciones, lo que agilizará el flujo de trabajo y aumentará la eficiencia. 

4. Disminuyen los riesgos fiscales

Un software de facturación te permite operar con mayor orden contable. Eso significa que los registros de tu capital y movimientos serán más fieles y reflejarán la realidad contable del negocio en todo momento, por lo que podrás enviar información precisa a la Agencia Tributaria para realizar las correspondientes declaraciones de impuestos sin errores u omisiones involuntarias. 

Como resultado, reducirás los riesgos fiscales para tu empresa y es menos probable que te enfrentes a sanciones económicas derivadas de fallos o malas prácticas contables. No solo evitarás la carga financiera que suponen las multas, sino que también protegerás la imagen de tu negocio al evitar que lo asocien a sanciones y multas fiscales, lo cual genera desconfianza en clientes, proveedores o posibles inversionistas, además de lastrar las posibilidades de acceder a ayudas públicas o presentarse a licitaciones.

5. Facilitan la toma de decisiones

Incluso los programas de facturación gratuitos permiten apreciar de un vistazo qué facturas han sido cobradas y cuáles no, así como llevar la contabilidad básica del negocio. Tendrás la posibilidad de conocer las fechas de vencimiento de tus cobros, controlar los impagados y realizar una previsión de los pagos. Así, podrás anticipar posibles tensiones de liquidez y reorganizar cobros o gastos para tener más margen de maniobra. 

Un buen software de facturación también elabora gráficos que reflejan la evolución mensual de la facturación y/o tus clientes y proveedores, para que tengas una visión global del negocio y puedas tomar decisiones estratégicas en base a su funcionamiento real. Te ayudará a detectar tendencias que podrían pasar desapercibidas en una revisión manual, como estacionalidades, caídas de ingresos o concentración excesiva en pocos clientes. Así, tendrás datos fiables para ajustar tu estrategia comercial, diversificar tu cartera de clientes o identificar qué líneas de negocio están siendo más rentables.

Programas de facturación gratuitos que puedes usar en tu negocio

No todos los negocios necesitan soluciones complejas desde el inicio. Si tienes un volumen de facturación reducido o estás empezando, optar por un programa gratuito puede ser más que suficiente para cubrir tus necesidades básicas sin incurrir en costes innecesarios. De hecho, es una opción válida para experimentar, comparar y comprender qué funcionalidades necesitas. 

1. ContaSimple

Este programa de facturación gratis para autónomos y pymes es ideal para quienes están comenzando su actividad empresarial, ya que cuenta con un plan básico que prevé 12 documentos por año y hasta 5 productos

Te permitirá llevar la contabilidad básica de manera sencilla y crear las facturas en cuestión de segundos en formato PDF para enviarlas directamente por correo electrónico. Soporta diferentes idiomas y permite gestionar los pagos y cobros. También ofrece resúmenes mensuales, trimestrales y anuales para que puedas formarte una imagen fidedigna del funcionamiento de tu negocio y te permite llevar los libros de contabilidad oficiales.

2. FacturaScripts

Se trata de un software de facturación libre basado en un sistema de plugins que permiten personalizar diferentes detalles, según tus necesidades. Cuenta con más de 170 plugins, algunos específicos para clínicas veterinarias o negocios de automoción, tanto gratuitos como de pago. 
Además, permite el acceso desde cualquier dispositivo y posee conectores con las principales plataformas de e-commerce. Lo mejor de todo es que cumple con la normativa vigente en España y está preparado para integrarse con Verifactu, TicketBAI y SII.

3. Facturae

Este programa de facturación gratuito para pymes y autónomos fue creado por el Ministerio para la Transformación Digital y lo suelen usar las empresas que trabajan con las instituciones públicas. Especialmente diseñado para generar facturas electrónicas, también las recibe, por lo que es una buena alternativa si tienes clientes y proveedores que ya trabajan con este sistema

También permite llevar el libro de IVA y, gracias a la funcionalidad “Histórico”, brinda una idea general del funcionamiento del negocio. La nueva versión 3.4 introduce algunos cambios, como la posibilidad de anular facturas y la integración con los servicios web de FACe, el punto general de entrada de facturas electrónicas de la Administración General del Estado. 

4. Invoicely

Es un programa de facturación gratuito para los autónomos y las pymes que están comenzando su negocio y realizan pocas facturas al mes. Ofrece un procedimiento sencillo y directo para crear albaranes y facturas en cuestión de segundos. 

Permite guardar hasta 3 clientes y emitir hasta 5 facturas mensuales, por lo que es ideal si estás empezando tu negocio. Cuenta, además, con plantillas de factura para que tengas un formato base y acepta diferentes divisas y pagos con Paypal.

5. Jasmin

Este software de facturación online ofrece diferentes herramientas para facilitar las tareas contables. Cuenta con tablas de impuestos y motivos de exención preconfigurados para que las pymes y autónomos se mantengan actualizados y puedan cumplir con todos los requisitos fiscales. Además, permite controlar los gastos, supervisar las compras y llevar el inventario y almacenes con un único software. 

De hecho, su versión gratuita es una de las más completas del mercado, pues no tiene límites de usuarios ni documentos e incluye impuestos, gastos e inventario. Hasta los primeros 30.000 euros de facturación del primer año, es gratis. También brinda la posibilidad de personalizar tus facturas y el software se encuentra 100% en la nube, por lo que podrás facturar donde quieras y desde cualquier dispositivo. 

6. Visionwin

Este software de facturación puede ser utilizado por todo tipo de negocios, ya que es muy versátil y adaptable. Brinda distintas opciones de facturación automática y digital que son muy intuitivas y fáciles de usar. Incluye diferentes informes y gráficos para analizar la información contable del negocio y posee una base de datos que proporciona una visión bastante amplia del progreso de este.

Las opciones de facturación ofrecen plantillas de distintos tipos que se adaptan a cada necesidad. Este software se puede descargar y usar de forma gratuita, sólo tendrás que pagar por el servicio de asesoramiento y soporte técnico si lo necesitas más allá de la primera semana.

7. b2brouter

Este programa de facturación cuenta con un plan Basic ideal para iniciarse en la factura electrónica.  De hecho, también cumple con VeriFactu. Su versión gratis acepta hasta 10 contactos y prevé hasta 24 transacciones, contando las facturas enviadas y recibidas, así como las declaraciones fiscales.

Podrás crear y recibir facturas en el territorio nacional, enviándolas por correo electrónico con un enlace de descarga. Cuenta con un sistema de reconocimiento de texto automático (OCR) y realiza a diario una copia de seguridad de las facturas, ofreciendo almacenamiento ilimitado de las mismas. Además, brinda información sobre el estado de las facturas emitidas, para que sepas si tus clientes las recibieron.

Por último, recuerda que en un entorno cada vez más digital y competitivo, implementar un programa de facturación, ya seas autónomo o tengas una pyme, implica pasar a una gestión más estructurada y ágil. Cuando la facturación deja de ser una carga y se integra de forma natural en la dinámica del negocio, liberas tiempo, energía y recursos que puedes destinar a crecer y mejorar. 

Categoría: Contabilidad
dos personas haciendo la declaración de la renta

Como cada año, se acerca el momento de presentar la declaración de la renta para pymes y autónomos, una de las obligaciones fiscales más importantes para los contribuyentes en España. Sin embargo, la normativa que rige todo lo relacionado con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) no es estática, por lo que es esencial conocer los cambios que entrarán en vigor, de manera que puedas presentarla en tiempo y forma. De hecho, en esta campaña se han vuelto a incluir algunas modificaciones.

¿Qué autónomos están obligados a presentar la declaración de la renta del ejercicio 2025?

Hace unos años, no todos los autónomos tenían la obligación de realizar la declaración anual del IRPF. En 2006, se había aprobado una ley sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que indicaba que solo debían presentarla quienes hubieran obtenido rendimientos netos a través de sus actividades económicas o rentas inmobiliarias que superaran los 1.000 euros.

Sin embargo, con la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización por ingresos reales, ese límite se eliminó. El decreto, mediante el cual se estableció el nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia, modificó la normativa del IRPF indicando que “estarán, en cualquier caso, obligadas a declarar todas aquellas personas físicas que, en cualquier momento del período impositivo, hubieran estado de alta como trabajadores por cuenta propia, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

Por tanto, todos aquellos que han estado dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) están obligados a presentar su declaración de la renta, independientemente de los ingresos obtenidos. Por extensión, también tendrán que hacerlo sus “familiares colaboradores”. 

Los únicos autónomos que podrían quedar exentos de esta obligación fiscal son los que se dieron de alta este año, lo que significa que no desarrollaron ninguna actividad económica por cuenta propia durante el ejercicio pasado.

Tramos de la declaración del IRPF 2025

El porcentaje de la renta que se abona a la Agencia Tributaria depende de varios factores. La renta procedente del ahorro, por ejemplo, tributa a un porcentaje más bajo, mientras que la general se rige por una escala progresiva. Este año, Hacienda confirmó que no modificará los tramos, por lo que la suma del estatal y el autonómico se mantienen en:

  • Desde 0 hasta 12.450 euros: retención del 19%

  • Desde 12.450 hasta 20.199 euros: retención del 24%

  • Desde 20.200 hasta 35.199 euros: retención del 30%

  • Desde 35.200 hasta 59.999 euros: retención del 37%

  • Desde 60.000 hasta 299.999 euros: retención del 45%

  • Más de 300.000 euros: retención del 47%

Dichos porcentajes se van aplicando escalonadamente, comenzando por el inferior, de manera que a la totalidad de tus ingresos no se le imputa el tipo de retención más alto. Por ejemplo, si como autónomo ingresas 25.000 euros brutos al año, no pagarás el 30% del total. Se aplicará un 19% a los primeros 12.450 euros, los siguientes 7.750 euros tributarán dentro del segundo tramo, por lo que se tasarán con un 24%, mientras que los 4.801 euros restantes quedarán sujetos al 30% del tercer tramo.

Fechas clave para la campaña de declaración de la renta 2025-2026

Esta campaña de declaración de la renta seguirá una estructura bastante parecida a la anterior, comenzó el 8 de abril y finalizará el 30 de junio.

  • Desde el 8 de abril, los contribuyentes ya pueden acceder a su borrador de la renta a través de internet, mediante el sistema Renta Web. Se podrá confirmar el borrador por Internet o, incluso, a través del móvil, si no necesitas modificar los datos que aporta la Agencia Tributaria.
  • Si quieres solicitar ayuda por teléfono, tendrás que esperar hasta el 6 de mayo, siempre con cita previa, la cual estará disponible a partir del 29 de abril y hasta el 29 de junio.
  • En caso de que desees presentar la declaración de la renta de manera presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, podrás hacerlo a partir del 1 de junio. La solicitud de cita comienza el 29 de mayo y se encontrará disponible hasta el 29 de junio.

Es importante que tengas en cuenta que presentar la declaración de la renta fuera de plazo conlleva una multa, cuya cuantía depende del retraso. En esta campaña, las sanciones serán del 1% del importe a pagar por cada mes de dilación. Si tardas más de 12 meses en presentar tu declaración, el recargo sumará el 15% más intereses de demora. De hecho, aunque el resultado de la declaración sea a devolver, se aplicará una sanción de 100 euros por presentarla fuera de plazo.

Guía para presentar la declaración de la renta sin acudir a la Agencia Tributaria

Si no quieres ir presencialmente a Hacienda, tienes tres opciones para hacer la declaración de la renta: por teléfono, mediante el programa Renta Web o usando la aplicación móvil. Recuerda que, antes de descargar los datos fiscales, tendrás que ratificar o cambiar tu domicilio fiscal, aunque sólo quieras solicitar cita previa o acceder al borrador. El sistema te mostrará automáticamente la vivienda con referencia catastral.

1) Llamada telefónica

Para presentar la declaración de la renta vía telefónica, tendrás que pedir cita por Internet o llamando a los teléfonos automáticos: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o al servicio de cita para Renta: 91 553 00 71 / 901 22 33 44, los cuales están disponibles de 9 a 19 horas, de lunes a viernes.

Es importante que tengas a mano todos los datos necesarios: el número de referencia del titular de la declaración, el DNI de todas las personas que figuren en la declaración, el IBAN de cuenta bancaria y las referencias catastrales de todos los inmuebles de tu propiedad o en los que vivas de alquiler.


2) Presentación online con Renta Web

 

Si vas a presentar la declaración online, tendrás que acceder a Renta Web. Seleccionas “Servicio de tramitación borrador/declaración” y te identificas indicando el DNI o NIE y el número de referencia, la cl@ve PIN o el certificado electrónico. 

Para obtener tu número de referencia, tendrás que indicar en la página web de Hacienda tu NIF y la fecha de caducidad del DNI o NIE. También tendrás que introducir el importe de la casilla 505 de la declaración del IRPF correspondiente a 2024. Si no la realizaste, debes indicar un número de cuenta bancaria (IBAN) de la que seas titular. 

En este punto, ya podrás acceder a tus datos fiscales. Debes corroborarlos porque la Agencia Tributaria dispone de una información limitada sobre tus gastos e ingresos como autónomo y no suele estar al corriente de los cambios en tu estatus familiar.

Cuando los datos estén correctos, genera la declaración y presiona en presentar. Si sale a devolver, debes indicar la cuenta bancaria para recibir el ingreso. Si la declaración de la renta sale a pagar, puedes seleccionar la opción de domiciliar el pago y fraccionarlo en dos plazos. 

 

 

3) Presentación a través de la App

 

También tienes la posibilidad de presentar la declaración de la renta 2025 a través de la aplicación de la Agencia Tributaria (APP-AEAT). Tendrás que identificarte, al igual que para acceder a Renta Web. Una vez dentro, podrás consultar tus datos fiscales, modificar la información y presentar la declaración de la renta.

Al igual que otros años, la aplicación cuenta con un sistema guiado de identificación para facilitar el acceso según las preferencias individuales. Si tu declaración es muy sencilla, tienes la opción de “presentar la declaración con un solo clic”, pero en este caso no podrás modificar los datos. Comprueba bien todos los datos antes de enviarlos para que luego no tengas que hacer una declaración complementaria.

La App incorpora la posibilidad de permitir el registro en Cl@ve sin acudir a una oficina, mediante una vídeo llamada. En ese caso, tendrás que acceder a la sala de espera y tener a mano tu documento de identidad para mostrárselo al operador que te atenderá, así como el teléfono móvil que usarás para introducir la Cl@ve.

 

4) Ayuda del asistente virtual

Cabe aclarar que puedes contar con el apoyo del asistente virtual de la Agencia Tributaria. Puedes preguntarle sobre cuestiones generales del IRPF para saber, por ejemplo, cómo determinar tu rendimiento o a qué obligaciones fiscales estás sujeto. 

Solo tienes que formular tu pregunta y el asistente te irá guiando, planteándote diferentes escenarios. Desde Hacienda aclaran que, aunque utilizan “sistemas de Inteligencia Artificial para un mejor entendimiento y clasificación de las preguntas, las respuestas proporcionadas han sido redactadas por personal cualificado”.

Al final, puedes generar un PDF con la información, aunque para ello necesitarás autenticarte con Cl@ve o certificado electrónico. Este servicio incluye un chat, que se encuentra disponible de 9:00 a 19:00 horas de lunes a viernes para brindar información más personalizada.

 

Novedades fiscales para la declaración de la renta 2025-2026 de los autónomos

 

Este año no trae cambios radicales, pero incorpora algunas variaciones en la presentación del IRPF. Quizá la más destacable para los autónomos es que la adaptación al sistema de cotización por ingresos reales ya ha entrado plenamente en vigor, por lo que la Agencia Tributaria y la Seguridad Social están cruzando los datos para comprobar que lo que declaras coincida con lo que has cotizado.

Otro de los cambios más relevantes se refiere a la tributación de las rentas del ahorro, ya que el tipo que se aplica a las bases liquidables superiores a 300.000 euros aumenta hasta el 30%. 

Además, Hacienda pondrá un énfasis especial en los pagos realizados por Bizum, sobre todo en los ingresos de los autónomos, por lo que tendrás que declarar las cuantías obtenidas. También es necesario que indiques las ganancias, pérdidas o intereses en criptomonedas. 

Por otra parte, si realizaste obras de mejora de la eficiencia energética, ya sea en tu vivienda habitual o en un edificio residencial, podrás deducir las cantidades satisfechas. También se sigue aplicando la deducción por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible, así como a la instalación de puntos de recarga de baterías.

En esta campaña, se añade una deducción especial para los contribuyentes con rendimientos del trabajo reducidos. Relacionada con el aumento del salario mínimo interprofesional (16.576 euros anuales), su objetivo es preservar la capacidad adquisitiva de estas personas, evitando que dicha subida conduzca a un aumento de la tributación.

La deducción, que puede alcanzar los 340 euros, tiene un carácter decreciente. El importe máximo se aplica a los rendimientos del trabajo iguales o inferiores a 16.576 euros y se reduce paulatinamente para las rentas que oscilen entre los 16.576 y 18.276 euros.

 

Nuevas deducciones autonómicas

 

El IRPF es un impuesto compartido con las comunidades, lo que significa que estas pueden cambiar parte de la escala impositiva, introduciendo rebajas fiscales y nuevas normativas. En la campaña de la renta 2025-2026 se aplicarán cientos de deducciones autonómicas que deberías revisar atentamente.  

Cataluña, por ejemplo, ha ampliado la deducción por alquiler de vivienda habitual de 300 a 500 euros y de 600 a 1.000 euros para la vivienda conjunta si cumples ciertos requisitos. 

Andalucía y Asturias han incluido deducciones para la compra de alimentos aptos para celíacos, por un máximo de 100 euros, mientras que La Rioja y la Comunidad Valenciana se suman a la Región de Murcia y Andalucía, con la posibilidad de desgravar los gastos del gimnasio. 

Andalucía y la Región de Murcia también aplican una deducción del 30% de los gastos veterinarios, con un límite máximo de 100 euros anuales por contribuyente. Por otra parte, Galicia y Extremadura aplican nuevas ayudas para los gastos relacionados con los cuidados de los enfermos de ELA.

También conviene recordar que, a partir de este año, el único sistema para corregir las declaraciones de la renta es la autoliquidación rectificativa. Eso agiliza el proceso de corrección fiscal, ya que podrás modificar, completar o rectificar tu declaración sin tener que esperar la resolución administrativa.

 

¿Hay que declarar las prestaciones económicas del Estado?

En el caso de los autónomos, la mayoría de las subvenciones o ayudas se catalogan como ganancias patrimoniales o rendimientos de la actividad económica, lo cual significa que tributan a efectos del IRPF y debes incluirlas en la declaración de la renta. 

Así como existe la obligación de declarar las prestaciones recibidas por un ERTE, los autónomos que recibieron una ayuda por cese de actividad también deben cuantificarla y presentar la declaración de la renta. Además, hay que declarar la recepción del ingreso mínimo vital, con independencia de la cuantía de los ingresos, pues, aunque la ayuda es una renta exenta, es necesario presentar la declaración.

De hecho, desde la campaña de la renta anterior, incluso los parados que reciban una prestación por desempleo tendrán que presentar la declaración, independientemente del importe que perciban. La gran excepción son las ayudas públicas extraordinarias concedidas como consecuencia de catástrofes naturales, que se declaran exentas en el IRPF.

 

 

 

 

 

Categoría: Contabilidad
La contabilidad del autónomo

A la hora de emprender una actividad por cuenta propia, la contabilidad suele ser uno de los aspectos más descuidados. Si solo te enfocas  en la idea de negocio y su implementación, es probable que pases por alto los detalles que consideras más “burocráticos” o administrativos. Sin embargo, desconocer tus obligaciones fiscales y contables puede causarte más de un dolor de cabeza. 

¿Por qué es tan importante llevar bien la contabilidad?

Muchos autónomos perciben las obligaciones contables como un engorroso requisito legal, pero en realidad son una herramienta útil para gestionar el negocio de manera más eficiente por varias razones.

Evitar sanciones y problemas legales.

Cuando llevas la contabilidad correctamente y presentas los modelos fiscales en los plazos establecidos, disminuyes las probabilidades de incurrir en multas o recargos, además de evitar inspecciones y requerimientos de Hacienda.

Aprovechar deducciones y beneficios fiscales.

La contabilidad no se realiza solo para pagar impuestos. Conocer la normativa también te permitirá aplicar correctamente las deducciones, bonificaciones y beneficios fiscales a los que tengas derecho. Por tanto, podría representar un ahorro o evitar que pagues de más.

Mayor control sobre los ingresos y los gastos.

Si tienes las cuentas al día, podrás saber con precisión cuánto estás ingresando, en qué estás gastando el dinero y cuáles son tus márgenes de beneficio. Así, te resultará más fácil identificar áreas de mejora, optimizar recursos y tomar medidas correctivas antes de que los problemas se agraven.

Planificación financiera y crecimiento del negocio.

La contabilidad también sirve para proyectarse al futuro. Tener las cuentas claras te ayudará a anticipar gastos y necesidades de Tesorería, lo que facilita la planificación financiera a corto y largo plazo. Te indicará si puedes aprovechar nuevas oportunidades, cuándo ha llegado el momento de contratar personal o si te conviene más constituir una empresa.

¿Cómo llevar la contabilidad del autónomo?

Tus obligaciones contables como autónomo dependerán del tipo de actividad que desarrolles y el régimen de determinación del rendimiento. Significa que no tendrás que llevar la misma documentación si tributas por la estimación directa que por la estimación objetiva, si trabajas como profesional o eres un empresario mercantil. 

La Agencia Tributaria explica qué documentos son necesarios en cada caso para los empresarios individuales y profesionales, aunque existen algunos libros contables imprescindibles para todos.

Ingresos y facturas

La contabilidad del autónomo comienza con el libro de registro de las facturas emitidas, el cual permite calcular los ingresos que genera tu actividad. Se trata de un simple listado de todas las facturas que has hecho, en el que debes reflejar una serie de datos:

  • Fecha de emisión de la factura
  • Número de la factura
  • Destinatario de la factura
  • Base imponible
  • Tipo de IVA aplicado y su importe
  • Retención IRPF, si procede

Gastos

La contabilidad del autónomo también prevé un registro de los gastos de la actividad profesional, gracias a los cuales podrás saber si estás teniendo pérdidas o beneficios. Recuerda que, para que un gasto sea deducible y puedas incorporarlo en tu contabilidad, debe estar directamente relacionado con tu negocio. Lo usual es que tengas que llevar tres libros de registros:

1. Libro de registro de facturas recibidas.

Es un listado donde anotarás todas las facturas recibidas, tanto por la prestación de servicios como por los bienes que hayas comprado para tu actividad. Tendrás que reflejar los mismos detalles de las facturas que emites, incluyendo además el nombre y apellidos o razón social del emisor y su NIF.

2. Libro de registro de bienes de inversión.

Los bienes de inversión son aquellos cuyo costo supera los 3.005,06 euros, sin incluir el IVA, y que, por su naturaleza, se consumirán a lo largo de diferentes ejercicios fiscales (más de un año), por lo que no puedes contabilizarlos como un gasto único, sino que tendrás que distribuirlos durante varios trimestres o, incluso, años. La Agencia Tributaria clasifica los bienes de inversión en diferentes tipos y establece las reglas de amortización, determinando los plazos mínimos y máximos que puedes aplicar. Por ejemplo, el mobiliario para tu oficina o tienda tiene un coeficiente lineal máximo del 10 por 100 y un periodo de amortización máximo de 20 años. En cambio, el coeficiente lineal máximo de los equipos electrónicos es más alto (20 por 100) y el periodo de amortización máximo es más bajo (10 años).

3. Libro de registro de gastos.

En este libro solo debes contabilizar los gastos para los cuales no tienes facturas, por lo que no puedes reflejar ni las facturas recibidas ni los bienes de inversión, sino tan solo los tickets o recibos del banco. Tendrás que contabilizar el pago de la cuota de autónomos a la Seguridad Social, por ejemplo, ya que se justifica con el recibo del banco, así como el coste de una cena de trabajo. En caso de que tengas tanto el ticket como la factura, es mejor que contabilices el gasto en el libro de registro de facturas, ya que así podrás desgravar el IVA correspondiente.

Por otra parte, la Agencia Tributaria recuerda que es obligatorio conservar “los justificantes, facturas y otros documentos que acrediten las operaciones, rentas, gastos, ingresos, reducciones y deducciones reflejados en tus declaraciones” durante el plazo de cuatro años. No obstante, también aclara que “los libros se pueden llevar por medios electrónicos o informáticos, conservando los ficheros y programas que sirvan de soporte”.

Nuevas obligaciones en la contabilidad del autónomo

La aprobación de la Ley Antifraude, en 2021, y la Ley Crea y Crece, en 2022, trajeron consigo nuevas obligaciones en la contabilidad del autónomo. Con el objetivo de digitalizar, facilitar y hacer más transparente la contabilidad, evitando a su vez el fraude fiscal, se impone la facturación electrónica y el uso de softwares certificados.

Eso significa que tendrás que emitir facturas electrónicas, que no consiste simplemente en enviar un PDF por correo al cliente, sino que deben cumplir una serie de requisitos:

  • Ser legibles
  • Acreditar la autenticidad de su origen
  • Certificar la integridad e inalterabilidad de su contenido
  • Tener uno de los formatos admitidos (aquellos que utilizan el lenguaje XML, como UBL o Facturae)

Como la legibilidad, autenticidad e integridad de la factura se garantizan mediante el programa informático que la crea y recibe, la firma electrónica avanzada y el intercambio electrónico de datos EDI, tendrás que contar con un software de facturación que cumpla la normativa antifraude, lo que incluye la posibilidad de enviar los datos directamente a la Agencia Tributaria. No obstante, tienes hasta el 1 de julio de 2027 para actualizarte e implementar este sistema.

Categoría: Contabilidad
Cuotas de autónomos 2026. ¿Qué cambia y cómo te afecta?

Si eres autónomo, una de tus principales obligaciones económicas es el pago de la cuota a la Seguridad Social, una aportación mensual que te garantiza el acceso a prestaciones como la asistencia sanitaria, la incapacidad temporal o la jubilación. Comprender cómo funciona esta cuota, cuál es su importe y cómo puedes ajustarla es clave para gestionar mejor tus finanzas y evitar sorpresas a lo largo del año.

¿Cómo se calcula la cuota de autónomos?

Desde el 1 de enero de 2023, los autónomos tienen que cotizar en función de sus ingresos reales. Significa que, en el momento de darte de alta, debes estimar tu rendimiento neto anual para elegir la base de la cotización adecuada, teniendo en cuenta la tabla general de bases, que se actualiza anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Dicha tabla divide los ingresos en un esquema progresivo, compuesto por diferentes tramos, cada uno con una base mínima y máxima de cotización. Por tanto, tienes cierta libertad para elegir la base dentro de los límites de tu tramo. Además, si durante el año tus ingresos varían respecto a la previsión inicial, puedes modificar la base de cotización hasta seis veces al año para ajustarla mejor a tu situación económica, como explica el Ministerio de Seguridad Social.

¿Cuáles serán las cuotas de los autónomos en 2026?

En 2026, se prevé que la cuota de autónomos vuelva a experimentar cambios que afectarán a millones de profesionales de cara al próximo ejercicio fiscal. En un primer momento, el Gobierno propuso unas subidas que oscilaban entre 17 y 206 euros al mes, en dependencia del tramo de rendimiento neto.

Esa propuesta implicaría que los profesionales que se encuentran en el tramo inferior y ganan menos de 670 euros/mes, pasarían de una cuota de 200 € mensuales a unos 217. En cambio, la cotización de quienes ingresan más de 6.000 € al mes podría alcanzar los 796 euros.

Sin embargo, las críticas a dichos aumentos han conducido a un replanteamiento por parte del Gobierno que implicaría:

  • Congelar las cuotas para los rendimientos más bajos, específicamente para los tres primeros tramos de cotización (los autónomos que ganen hasta 1.166,7 € al mes).
  • Aplicar un incremento moderado de entre 1% y 2,5% para los autónomos de los tramos superiores, que equivaldría a subidas en la cuota de entre 2,9€ y 14,75 € mensuales.

Por tanto, la nueva cuota de autónomos para 2026 podría quedar de la siguiente forma, aproximadamente:

  • Primer tramo (hasta 670 € mensuales). Se mantiene la cuota de 200 € al mes.
  • Segundo tramo (entre 670 € y 900 € mensuales). Se mantiene la cuota de 220 € al mes.
  • Tercer tramo (entre 900 € y 1.166,70 € mensuales). Se mantiene la cuota de 260 € al mes.
  • Cuarto tramo (entre 1.166,70 € y 1.300 € mensuales). La cuota actual de 291 € al mes aumenta un 1% (2,9 €).
  • Quinto tramo (entre 1.300 € y 1.500 € mensuales). La cuota actual de 294 € al mes aumenta un 1% (3 €).
  • Sexto tramo (entre 1.500 € y 1.700 € mensuales). La cuota actual de 320 € al mes aumenta un 1% (4,8 €).
  • Séptimo tramo (entre 1.700 € y 1.850 € mensuales). La cuota actual de 370 € al mes aumenta un 1,5% (7,4 €).
  • Octavo tramo (entre 1.850 € y 2.030 € mensuales). La cuota actual de 390 € al mes aumenta un 1,5% (7,8 €).
  • Noveno tramo (entre 2.030 € y 2.330 € mensuales). La cuota actual de 410 € al mes aumenta un 1,5% (8,2 €).
  • Décimo tramo (entre 2.330 € y 2.760 € mensuales). La cuota actual de 430 € al mes, con un incremento del 2% (8,6 €).
  • Undécimo tramo (entre 2.760 € y 3.190 € mensuales). La cuota actual es de 450 € al mes, con un incremento del 2% (9 €).
  • Duodécimo tramo (entre 3.190 € y 3.620 € mensuales). La cuota actual de 465 € al mes aumenta un 2% (9,3 €).
  • Decimotercer tramo (entre 3.620 € y 4.050 € mensuales). La cuota actual de 480 € al mes aumenta un 2,5% (9,6 €).
  • Decimocuarto tramo (entre 4.050 € y 6.000 € mensuales). La cuota de 540 € al mes aumenta un 2,5% (10 €).
  • Decimoquinto tramo (más de 6.000 € mensuales). La cuota media de 600 € al mes aumenta un 2,5% (14,75 €). *

 

Por último, cabe aclarar que dichos incrementos en las cuotas de autónomos para 2026 y las posibles mejoras en la prestación por cese de actividad o cuidado de menores todavía están sobre la mesa de negociación, por lo que es importante que te mantengas al tanto de la decisión final. 

* Las cifras son aproximadas y pueden variar según la cuota elegida entre los mínimos y máximos de la base de cotización de cada tramo. Para ajustarlas a tus ganancias con precisión, usa la Calculadora de Cuotas de Autónomos de la Seguridad Social.

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facturas electronicas

La facturación es una de esas tareas administrativas que, aunque en ocasiones pasa a un segundo plano, conviene mantener en orden. En España, la Ley Crea y Crece ha establecido la obligatoriedad de la factura electrónica para empresas y autónomos, mientras que la Ley Antifraude exige sistemas de facturación más seguros y verificables. En conjunto, ambas normativas mejoran la transparencia y la eficiencia, pero exigen digitalizar el proceso de facturación.

¿Qué es una factura electrónica?

Una factura electrónica es aquella que se expide y recibe en formato electrónico como justificante de la entrega de bienes o la prestación de servicios. Sin embargo, no basta con enviar un PDF por correo al cliente, la factura electrónica debe cumplir una serie de requisitos:

  • Ser perfectamente legible.
  • Garantizar la autenticidad de su origen.
  • Avalar la integridad del contenido, de manera que no pueda ser modificado.
  • Estar emitida en los formatos admitidos, que son aquellos que utilizan el lenguaje XML (como UBL o Facturae).

La Agencia Tributaria explica que, en el caso de la factura electrónica, la legibilidad la facilita el programa informático que la crea o recibe mientras que su autenticidad e integridad se aseguran mediante la firma electrónica avanzada y con el intercambio electrónico de datos EDI.

Por tanto, tendrás que contar con un software de facturación que cumpla la normativa antifraude y garantice que los registros informáticos de tus facturas no son manipulables. Dicho programa también debe ser interconectable, pues es imprescindible poder enviar y recibir las facturas de forma segura entre sistemas, incluyendo la conexión con Hacienda. Así, toda la información es trazable y verificable, además de evitar errores o duplicidades.

¿Cuándo será obligatoria la factura electrónica?

Todas las empresas y profesionales, incluidos pymes y autónomos, tienen la obligación de emitir y recibir factura electrónica en sus relaciones B2B. No obstante, la aplicación se realizará de forma escalonada para facilitar la transición. 

Con la entrada en vigor de Verifactu, el sistema de verificación de facturas, los plazos para implementar un software de facturación compatible son:

  • Las empresas sujetas al Impuesto de Sociedades estarán obligadas a utilizar un software de facturación compatible con Verifactu a partir del 1 de enero de 2027.
  • Los autónomos y el resto de empresas  disponen de un plazo mayor, hasta el 1 de julio de 2027. 

¿Cuáles son los beneficios de la factura electrónica?

Al principio, pasarse a la factura electrónica puede parecer engorroso. Quizá tengas que aprender a usar un nuevo sistema y revisar tus procesos internos para adaptarte a la normativa. Sin embargo, una vez implementada, esta herramienta ofrece múltiples ventajas que compensan con creces ese esfuerzo inicial.

  1. Ahorro de tiempo. Digitalizar la generación, envío y recepción de facturas reduce las tareas manuales y los errores. También facilita la automatización, lo que simplifica la contabilidad y agiliza la presentación de impuestos, por lo que te ahorrará un tiempo precioso que podrás dedicar a actividades de mayor valor añadido.
  2. Cumplimiento fiscal. Si eliges enviar tus datos de facturación directamente a Hacienda, podrás trabajar con mayor seguridad, ya que todo será verificable en tiempo real. Eso también minimiza las probabilidades de incurrir en multas o recibir inspecciones. 
  3. Reducir la morosidad. La factura electrónica te permitirá seguir con mayor precisión los plazos de pago y la Agencia Tributaria podrá usar esa información para combatir los retrasos en los pagos entre empresas, por lo que disminuirá la morosidad.
  4. Mejorar la relación con clientes y proveedores. La factura electrónica facilita el intercambio de información y agiliza la comunicación. Los procesos son más transparentes, lo que evita confusiones sobre pagos o facturas pendientes. 
  5. Mayor control y trazabilidad de las facturas. Cada factura debe tener un código único que la identifique y un registro inalterable, lo que mejora el control de la contabilidad y facilita las auditorías internas.

No cabe duda de que la factura electrónica marcará un antes y un después en la gestión administrativa de muchos negocios. No se trata simplemente de cumplir con la ley, sino de transformar radicalmente la forma en que las empresas y autónomos gestionan sus cobros, pagos y registros para que ganen en eficiencia y control.

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