Todas las empresas con sede fiscal en España están obligadas a pagar el Impuesto de Sociedades, cuya recaudación se destina fundamentalmente a sostener el Estado de bienestar. Los tipos impositivos que se aplican a las sociedades y las deducciones a las que tienen derecho se regulan mediante diferentes leyes publicadas en el BOE, aunque las grandes empresas deben mantenerse atentas porque se perfilan cambios en el horizonte.
El Impuesto sobre Sociedades grava las ganancias que obtienen las empresas y entidades jurídicas cuyo domicilio fiscal se encuentre en el territorio español. Este impuesto, que se paga de manera anual, se estructura alrededor de la contabilidad de la empresa y se calcula teniendo en cuenta los resultados obtenidos, según la base imponible. Tiene un carácter personal puesto que valora las circunstancias de cada empresa a la hora de determinar la cantidad que deben pagar.
Al margen de estos tipos impositivos, existen ulteriores reducciones para entidades especiales:
El Ministerio de Hacienda ha anunciado su intención de aumentar el Impuesto sobre Sociedades, de manera que se comience a aplicar un tipo impositivo mínimo del 15% para las grandes empresas y un 18% para la banca y las compañías petroleras.
En práctica, limitarán las deducciones que permiten que esas sociedades, en vez de tributar por el tipo general del 25% que les corresponde, tributen al 12% o incluso al 7%. El problema es que esas empresas pueden aprovechar diferentes beneficios fiscales, como la libertad para determinar el ritmo de depreciación de sus activos fijos e inversiones inmobiliarias o las deducciones por plusvalías reinvertidas e inversiones en I+D+i.
Como resultado, en 2017 las grandes empresas tributaron a un tipo efectivo sobre el resultado contable en el Impuesto de Sociedades de poco más del 6%, mientras que el resto de las empresas lo hicieron alrededor del 15%. Esto significa que las pymes tienen que soportar una carga fiscal que duplica las obligaciones que se imponen a las grandes empresas, según reveló el Informe Anual de Recaudación Tributaria.
Por esa razón el Gobierno se ha propuesto poner fin a la desigualdad en el trato fiscal, amparada por una compleja arquitectura de deducciones que solo benefician a las grandes sociedades, fijando un tipo impositivo mínimo del 15%, que considera de “justicia social”, por debajo del cual no se podrá aplicar ninguna deducción.