Si tienes un negocio y solicitaste los préstamos otorgados a través de las líneas Covid I y Covid II, podrás acceder a las nuevas ayudas para pymes que permiten la negociación de la deuda. En mayo se publicó en el BOE el Código de Buenas Prácticas que apoya la solvencia de las pymes y los autónomos en dificultades que recibieron financiación con aval público del Instituto de Crédito Oficial (ICO), la Compañía Española de Reafianzamiento (Cersa) y la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación (CESCE).
Cabe aclarar que los bancos concederán la extensión del vencimiento de los créditos cuando el cliente cumple los requisitos, pero pueden decidir sobre la conversión en préstamo participativo o la quita de la deuda pendiente.
Puedes solicitar la aplicación de una o varias medidas, ya sea de una vez o de forma sucesiva, ante el banco con el que tengas la deuda mayor con aval público, ya que este se encargará de coordinar e informar al resto de acreedores para llegar a un acuerdo.
Para ampliar el plazo de devolución del crédito avalado, tendrás que, entre otros requisitos:
Para solicitar la conversión del préstamo en participativo, sin perder las coberturas del aval o la reducción de la deuda pendiente, además de los requisitos anteriores, tendrás que presentar un resultado negativo después de impuestos en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio 2020.
El Código de Buenas Prácticas es de adhesión voluntaria por parte de las entidades financieras. La Secretaría General del Tesoro publicará los nombres de las entidades que se sumen. Las entidades que lo hagan informarán a sus clientes y se comprometen a facilitar la renegociación.
Esas entidades financieras remitirán trimestralmente al Banco de España la información que requiera la Comisión de Control, en la que participarán vocales designados por el ICO, Cersa y Cesgar, entre otros. De hecho, las SGR se han adherido recientemente a este código en calidad de entidades financieras.
El plazo para solicitar estas nuevas ayudas para pymes vence el 15 de octubre de 2021. Las entidades financieras tendrán 45 días, desde que reciban la petición con la documentación completa, para realizar una propuesta a la pyme o autónomo.