España es uno de los países de la Unión Europea con más autónomos: a inicios de 2025 había más de 3,3 millones de afiliados al RETA, lo que representó un incremento del 1,22% con respecto al mismo periodo del año anterior, de acuerdo con el Ministerio de Trabajo. Y es que, trabajar por cuenta propia es cada vez más interesante, sobre todo por la libertad que brinda para organizar la jornada laboral.
Con la ley de medidas de apoyo al emprendedor aprobada en 2013, el gobierno puso en marcha una serie de cambios dirigidos a incentivar el autoempleo y facilitar el emprendimiento, entre ellos la aplicación de una tarifa plana para los autónomos.
En aquel momento, el RETA ganó 44.000 cotizantes solo durante el primer semestre, lo que supuso un incremento del 2,2 %, según publicó Cinco Días. Ese dato confirmó que la medida animó a muchas personas a poner en marcha su propio negocio, por lo que se ha mantenido a lo largo del tiempo, aunque con algunas variaciones.
La tarifa plana para autónomos consiste en una reducción del pago mensual en las cuotas a la Seguridad Social. En vez de abonar la totalidad de cotización que te correspondería según tus ingresos, sólo tendrás que pagar una parte del importe.
Al inicio, eran 50 euros mensuales durante el primer año de emprendimiento, aunque en la actualidad ha aumentado a 80 euros, a los cuales hay que añadir la cotización correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional (0,8%), por lo que asciende a un total de 87,60 euros, como explica la Seguridad Social.
No obstante, sigue siendo una bonificación muy interesante porque disminuye bastante los costes que debes afrontar como autónomo cuando des tus primeros pasos. En 2025, la base mínima por la que tendrías que cotizar es de 653,59 euros, aunque podría ser mayor según tus ingresos.
En el caso de que cotizaras por el tramo más bajo, sin la tarifa plana tendrías que pagar todos los meses 205,23 euros. La bonificación te ahorraría 125,23 euros mensuales, para un total de 1.502 euros al cabo de un año o incluso más, si puedes disfrutar del periodo de ampliación.
Los requisitos de la tarifa plana para autónomos han ido cambiando para permitir que más personas puedan beneficiarse de ella, de manera que ya no se aplica únicamente a los menores de 30 años, sino a todos aquellos que comiencen una actividad por cuenta propia y cumplan las siguientes condiciones:
La buena noticia es que, aunque tengas trabajadores a tu cargo, podrás disfrutar de la tarifa plana, algo imposible en el pasado.
Desde 2020, los autónomos que tengan una sociedad mercantil también pueden optar por la tarifa plana. En un principio, la ley los excluía, pero unas sentencias del Tribunal Supremo sentaron jurisprudencia y ahora estos profesionales pueden solicitarla cumpliendo sólo dos requisitos:
Los autónomos societarios, incluso, tienen la posibilidad de solicitar la tarifa plana con efecto retroactivo, siempre que el alta fuera posterior a septiembre de 2016.
La tarifa plana se aplicará durante un periodo de 12 meses, que puedes prorrogar por otros 12 meses adicionales, en el caso de que tus rendimientos económicos no superen el salario mínimo interprofesional. Obviamente, tendrás que acreditarlo con la declaración sobre la previsión de tus rendimientos netos.
No obstante, existen algunas situaciones que prevén una reducción específica, como señala la Seguridad Social. En estos casos, la tarifa plana se aplicará inicialmente por 24 meses y existe la posibilidad de prorrogarla durante otros 36 meses, siempre que la previsión de los rendimientos netos sea inferior al salario mínimo interprofesional.
Desde hace algunos años, varias comunidades autónomas han puesto en marcha lo que se conoce como “cuota cero” para sus nuevos autónomos. Se trata de una ayuda con la que se bonifica el 100% de la cuota de los trabajadores por cuenta propia que inicien su actividad. Las comunidades que han confirmado su renovación en 2025 son:
Esa ayuda puede aplicarse durante 1 o 2 años, en dependencia de las bases reguladoras y los requisitos específicos, los cuales difieren de una comunidad autónoma a otra. Por tanto, si emprendes en alguna de esas comunidades, no tendrás que pagar la cuota de seguridad social.
Antes de aprobar las cuotas por tramos, un sistema de cotización en función de los ingresos reales, la tarifa plana se iba eliminando gradualmente, aplicando bonificaciones del 50 y el 30% hasta completar los dos años. Con el nuevo sistema, una vez finalizada la tarifa plana, la cuota a pagar dependerá directamente de los rendimientos netos mensuales que declares.
También debes saber que, si te decantas por la tarifa plana, cotizarás por lo mínimo durante el primer año. Eso aliviará tu carga económica al comienzo del negocio, pero las prestaciones serán menores. No obstante, tienes la posibilidad de renunciar en cualquier momento a la cotización reducida, y el mes próximo comenzarás a cotizar en el tramo que te corresponda, según tus ingresos reales.
Si cumples con los requisitos para acceder a la tarifa plana para autónomos, debes darte de alta en la Agencia Tributaria, rellenando el modelo 037, y en la Seguridad Social bajo el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, mediante el modelo TA-0521. Si tienes un certificado digital, podrás realizar estos trámites por vía telemática.
Cuando te des de alta en la Seguridad Social, se aplicará automáticamente la tarifa plana sin que tengas que hacer nada más. Cuando termine el primer año, si tus rendimientos no superan el salario mínimo interprofesional, tendrás que presentar una segunda solicitud para seguir disfrutando de la cotización reducida, la cual irá acompañada de la declaración sobre los ingresos de los ejercicios correspondientes.