La tarifa plana para autónomos ha allanado el camino a muchas personas que querían emprender. Según datos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, gracias a esta medida 1,2 millones de personas se dieron de alta como autónomos y comenzaron a trabajar. El nuevo año llega con otra buena noticia: la ampliación de la tarifa plana para autónomos.
A partir del 1 de enero de 2018, la tarifa plana para autónomos se extenderá durante 24 meses, según indica la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo publicada en el BOE. Durante los primeros doce meses de trabajo, si eres autónomo podrás aprovechar una bonificación del 80 por ciento sobre la base de tu cotización, lo cual significa que pagarás tan solo 50 euros a la Seguridad Social.
Durante los seis meses posteriores, las bonificaciones a los autónomos serán del 50 por ciento, lo cual implica que deberás pagar 137,97 euros al mes. La bonificación durante el último medio año será del 30 por ciento, de manera que tendrás que pagar una cuota de autónomos de 192,79 euros al mes.
Respecto a la ley anterior, esta nueva medida amplía el primer tramo de ayuda, de seis a doce meses, para dar un mayor margen de maniobra a los autónomos y que puedan consolidar su proyecto y cartera de clientes.
Si optas por una base de cotización superior a la mínima, también podrás aprovechar durante tus doce primeros meses de ejercicio una reducción del 80 por ciento sobre la cuota por contingencias comunes. Y si te das de alta a mediados de mes, no tienes que pagar la tarifa plana completa sino tan solo los días efectivos de trabajo.
Los jóvenes de menos de 30 años y las mujeres de menos de 35 años podrán beneficiarse de unas bonificaciones a autónomos adicionales. Cuando finalice el periodo de dos años, podrán aprovechar una bonificación del 30 por ciento en las cuotas a la Seguridad Social durante los doce meses siguientes, lo cual significa que tendrán un periodo de reducción de 36 meses.
Otro de los cambios más esperados que recoge esta nueva ley es la reducción del tiempo necesario para optar por la tarifa plana para autónomos. La ley anterior exigía no haber estado dado de alta en el RETA en los últimos cinco años, pero la nueva normativa lo ha reducido a los dos años. Significa que puedes volver a emprender aunque hayas fracasado en un negocio reciente anterior. No obstante, si ya has aprovechado algún tipo de bonificación para autónomos, tendrás que esperar tres años, durante los cuales debes haber estado dado de baja en el RETA.
Las mujeres que hayan dejado de trabajar debido a la maternidad, adopción, acogimiento o tutela, también tendrán derecho a la ampliación de la tarifa plana para autónomos de 50 euros durante los doce meses después que se reincorporen al trabajo.
Por último, debes saber que la nueva ley reduce a la mitad los recargos que se aplican por el retraso en el pago de las cuotas a la Seguridad Social, pasando en el primer mes del 20 al 10 por ciento.