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Los cinco tipos de autónomos en España

30/01/2024
ejemplo de trabajador autonomo

En España hay más de 3,3 millones de autónomos, una tendencia que, si bien ha perdido impulso en los últimos meses, no ha evitado que 2023 cerrara sumando 15.966 nuevos trabajadores por cuenta propia, según datos de la ATA. Si tú también estás pensando en emprender, debes conocer que existen diferentes tipos de autónomos. Así podrás elegir la modalidad más adecuada antes de darte de alta.

Autónomos: ¿Qué categorías existen y en qué se diferencian?

Los autónomos son trabajadores independientes que realizan “de forma habitual, personal y directa, una o varias actividades económicas a título lucrativo, siempre que el desempeño de esta o estas actividades no estén sujetas a contrato de trabajo por ninguna empresa”, según indica la propia Seguridad Social. Sin embargo, existen diferentes maneras de llevar el negocio o desarrollar la actividad.

  1. Profesionales autónomos o freelance

    Este tipo de autónomo es, probablemente, la figura más emblemática del trabajador por cuenta propia. Se trata de personas que ejercen de forma independiente su profesión, como los escritores, traductores, abogados o veterinarios. Lo más habitual es que no tengan trabajadores dependientes, pero podrían contratarlos.

    Dentro de este grupo, la distinción más habitual se realiza entre los colegiados que cotizan su mutualidad de previsión social a través de los Colegios Profesionales como alternativa al Régimen Especial de Trabajadores Autónomo (RETA) y aquellos no colegiados, que se catalogan como “profesionales liberales” en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

  2. Autónomos societarios o empresarios

    Los trabajadores por cuenta propia también pueden abrir y administrar una sociedad mercantil, generalmente una Sociedad de Responsabilidad Limitada Unipersonal (SLU) o una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL). En esos casos, se trata de una figura a medio camino entre un socio empresarial y un empleado por cuenta ajena pues, aunque es el fundador o socio de la empresa, también trabaja en la misma, generalmente como administrador. Suele ser una evolución natural de los autónomos cuyos negocios crecen y aumentan la facturación, pues a nivel fiscal resulta más ventajoso operar como sociedad.

  3. Autónomos económicamente dependientes (TRADE)

    Este tipo de autónomo recibe una gran parte de sus ingresos de un mismo cliente (al menos el 75%). Por ese motivo, es una figura controvertida, ya que en algunos casos se les considera como “falsos autónomos”. Este trabajador no suele tener empleados a su cargo y firma un contrato mercantil con la empresa, por lo que emite factura por sus servicios y debe realizar sus declaraciones de IRPF e IVA, así como pagar las cuotas a la Seguridad Social, como el resto de los autónomos.

  4. Autónomos colaboradores

    Este tipo de autónomo se distingue por participar en un negocio familiar. De hecho, debe ser un familiar directo (hasta segundo grado de consanguinidad, afinidad o adopción) del trabajador autónomo titular, con el cual mantiene una relación de jerarquía, ya que le indica las tareas que debe realizar en el día a día. La principal ventaja de esta figura es que no es obligado tributarlo en Hacienda, por lo que no tiene que presentar las declaraciones trimestrales, solo el IRPF anual. Además, puede aprovechar algunas bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social.

  5. Más información sobre los autónomos colaboradores en nuestro artículo.

  6. Autónomos agrarios

    Las personas que trabajan por cuenta propia en el sector agrícola se denominan autónomos agrarios y cotizan a través del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios (SETA), que implica una cuota más baja. Cabe aclarar que a este régimen solo se pueden acoger los titulares de la explotación agrícola que trabajen efectivamente en ella y esta les aporte al menos el 50% de su renta total. Además, su rendimiento neto anual no puede superar el 75% del límite máximo de la cotización en el Régimen General.

Como puedes apreciar, todos los trabajadores autónomos deben cotizar a la Seguridad Social y emitir factura (con excepción de la figura del autónomo colaborador), pero existen diferencias importantes en cuanto a la fiscalidad y el funcionamiento de su actividad. Para evitar problemas, lo mejor es que elijas la categoría que representa mejor tu actividad y posición en el negocio que vas a emprender.

Categoría: Legal
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