Este año, la Agencia Tributaria prevé que se presentarán 20,35 millones de declaraciones de la renta, lo que supone un aumento del 1,8 por ciento respecto a 2017. Devolverá, aproximadamente, 10 468 millones de euros a 14,31 millones de contribuyentes, pero a 5,16 millones de contribuyentes les saldrá una declaración de la renta a pagar, según datos publicados por El Confidencial. Si eres una pyme, autónomo o empresario te explicamos cómo pagar la declaración de la renta para que cumplas con tus obligaciones fiscales, manteniendo el margen de liquidez que necesitas para tu negocio.
Que la declaración de la renta salga a pagar o a devolver dependerá de diferentes factores, como los beneficios que hayas obtenido durante el periodo fiscal computado, las retenciones en las facturas que hayas aplicado si trabajas como profesional y los pagos fraccionados que hayas ido realizando a lo largo del año.
En algunos casos, es posible que tanto los pagos fraccionados como las retenciones no se correspondan con lo que realmente te toca pagar, lo cual se debe al carácter progresivo de los impuestos. Por ejemplo, la retención interprofesional que aplica un autónomo en sus facturas es del 15 por ciento, pero los tramos de IRPF van desde el 19 hasta el 45 por ciento. Esa diferencia se suele compensar con los pagos fraccionados trimestrales, aunque no siempre es suficiente.
La cantidad a pagar también dependerá de las circunstancias personales y fiscales. Existen deducciones por maternidad y por tener al cónyuge o hijos a cargo. También se pueden deducir las cuotas a los colegios profesionales, un porcentaje de los seguros contratados y las aportaciones a los planes de pensiones. Si no puedes aplicar estas deducciones, es probable que tu declaración de la renta salga a pagar.
La campaña de declaración de la renta finaliza el 1 de julio, pero algunos plazos cierran antes. El 26 de junio, por ejemplo, es la fecha límite para la domiciliación bancaria de las declaraciones que salgan a ingresar y aquellas en las que se quiera fraccionar su importe, una opción que no conlleva intereses ni recargos.
Si tienes que pagar un importe elevado y no tienes liquidez suficiente, puedes recurrir a un préstamo. Muchas entidades bancarias han diseñado créditos específicos para pagar la declaración de la renta, cuyo importe máximo oscila entre los 15 000 y los 30 000 euros, aunque lo más conveniente es solicitar solo el importe que necesitas, ya que así tendrás que pagar menos intereses. El plazo máximo de devolución varía entre seis y doce meses, según la entidad.
Una alternativa más interesante para pagar la declaración de la renta consiste en fraccionar el desembolso, como establece el artículo 65 de la Ley 58/2003. Debes asegurarte de marcar la casilla correspondiente en la última página de la declaración, aunque si utilizas el sistema Renta Web, la opción de pago fraccionado sale por defecto en todas las declaraciones de la renta a pagar.
El primer pago, que corresponde al 60 por ciento del total, se realiza cuando presentas la declaración. En el segundo pago liquidarás el 40 por ciento restante y podrás posponerlo hasta el 22 de septiembre, como señala esta página de la Agencia Tributaria.
Es importante que tengas en cuenta que no podrás fraccionar el pago si no presentas la declaración en tiempo y forma; o sea, si la entregas fuera de plazo o presentas una declaración complementaria por error en la declaración original.
Considera que, si decides fraccionar el pago, solo podrás domiciliar el segundo pago si domiciliaste el primero. En ese caso, tendrás que hacer ambas transferencias desde la misma entidad bancaria y cuenta. También tienes la opción de domiciliar el primer pago e ingresar el segundo por vía electrónica o directamente en cualquier entidad bancaria colaboradora.
Otra opción para pagar la declaración de la renta consiste en solicitar un aplazamiento y proponer un calendario de pagos con el que te sientas más cómodo y te deje mayor margen de maniobra en tu negocio. No obstante, tendrás que justificar la razón por la cual pides ese aplazamiento, presentando una serie de documentos, entre ellos tus ingresos, las cargas que tienes y las deudas.
Hacienda se reserva el derecho de rechazar el aplazamiento y, si lo acepta, no te saldrá gratis. Tendrás que pagar un interés de aproximadamente un 3,75 por ciento de la deuda. Si la cantidad a pagar supera los 30.000 euros, te solicitarán un aval o garantía y tendrás la posibilidad de proponer hasta 36 plazos mensuales como máximo.
Si la cantidad a pagar es inferior, el aplazamiento se tramita de manera automatizada pero el máximo es de 12 plazos mensuales. En la Agencia Tributaria puedes encontrar más información sobre el aplazamiento de los pagos.
La domiciliación bancaria es la forma más cómoda para pagar la declaración de la renta, pero esta opción solo está disponible si presentas la documentación por medios electrónicos. En ese caso, tienes que acceder a la zona de Pago de Impuestos de la Agencia Tributaria con el certificado o DNI electrónico. Recuerda que con la Cl@vePIN solo está disponible la opción de cargo en cuenta.
Una vez dentro, tendrás que elegir la forma de pago. Tienes dos opciones: cargo en cuenta o con tarjeta. No olvides que solo puedes operar con las entidades colaboradoras que están adheridas al sistema, por lo que es importante que compruebes si tu banco permite pagar mediante alguna de las dos alternativas que acepta Hacienda.
Luego debes seleccionar el concepto de la liquidación y el número de justificante que se encuentra en la carta de pago. Introduce los datos en el formulario y envía. A continuación, aparecerá una ventana con los datos codificados, marca la casilla de conformidad y vuelve a enviar para confirmar el pago.
Si no se ha producido ningún fallo durante el proceso, podrás ver el número de referencia completo, que es el justificante del pago cuando se realiza por Internet, así como un resumen de los datos enviados. Es recomendable que imprimas esa información y la guardes como resguardo del pago realizado.
Para más detalle puedes ver aquí nuestra guía práctica sobre la declaración de la renta para pymes y autónomos.