Cuando te das de alta como autónomo, debes cumplir una serie de obligaciones ante la Agencia Tributaria. Uno de los primeros pasos consiste en declarar tu actividad eligiendo la más adecuada de un listado de epígrafes IAE. Es importante que no te equivoques porque la categoría que elijas determinará tu forma de tributación.
Toda persona física o jurídica que desarrolle una actividad profesional, empresarial o artística en España tiene que darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Este impuesto tiene un carácter local, por lo que queda en manos de los Ayuntamientos, pero la administración estatal utiliza la información que recaba para aplicar impuestos como el IRPF o el IVA.
A diferencia de otros impuestos, el IAE no se aplica sobre una base imponible ni es un gravamen fijo, sino que la cantidad a pagar se calcula aplicando las tarifas del impuesto. En ese cálculo se tienen en cuenta diferentes variables, desde el tipo de actividad y la superficie donde se desarrolla la misma, hasta la cifra neta de negocios de los dos años anteriores o los recargos municipales y provinciales.
En realidad, los autónomos están exentos de pagar el IAE. No obstante, tienen la obligación de elegir el epígrafe IAE que corresponda a su actividad al darse de alta en la Agencia Tributaria. El IAE solo se aplica a las empresas cuyas ganancias netas anuales sean igual o superior al millón de euros, aunque durante los dos primeros años de actividad todos los negocios están exentos de su pago, independientemente del nivel de facturación.
Para darte de alta en la Agencia Tributaria debes rellenar el modelo 036 o 037. En ese momento tendrás que especificar el tipo de actividad o actividades profesionales que vas a desarrollar. En la sección del “Impuesto sobre el Valor Añadido” debes especificar el “régimen aplicable”, indicando el código de actividad correspondiente, según los epígrafes IAE, y justo al lado debes indicar la fecha en que has comenzado a trabajar.
El listado de epígrafes IAE se agrupa en tres grandes secciones:
Una de las principales dudas a la hora de elegir los epígrafes IAE proviene del hecho de que una misma actividad se califica como profesional y empresarial. Debes tener claro que las actividades empresariales son las que se ejercen en el entorno de una empresa y demandan una infraestructura, como el comercio al por mayor y al por menor, los servicios de alimentación, la hostelería o las telecomunicaciones.
Por otra parte, las actividades profesionales son aquellas que desarrolla una persona física de manera individual, directa y personal. Tal es el caso de los abogados, psicólogos, notarios y arquitectos. Es importante que prestes especial atención a este paso porque si realizas una actividad profesional tendrás que aplicar una retención del 15 % en tus facturas.
La buena noticia es que puedes darte de alta en todos aquellos epígrafes IAE que necesites y se correspondan con la actividad que realices, aunque no guarden relación entre sí. Por ejemplo, si trabajas como autónomo en el sector de la publicidad online pero también das clases de yoga, puedes darte de alta como “Profesionales de la Publicidad” y en el epígrafe “Actividades relacionadas con el deporte”.
Si no encuentras el epígrafe IAE que defina perfectamente la actividad que realizas, puedes elegir actividades más generalistas que sirven, precisamente, para incluir a los autónomos cuyas actividades no se han especificado, como por ejemplo: “Profesionales diversos” o “Profesionales de actividades diversas”.