Darse de alta como autónomo es un proceso rápido, sencillo y sin costo que puedes completar en un solo día. Puedes hacerlo tú mismo en la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, pero es importante que te informes bien antes de dar ese paso para que no cometas algunos errores que podrían costarte caro.
A partir de que te registres en la Agencia Tributaria, tienes hasta 30 días naturales para darte de alta en el régimen de la Seguridad Social para autónomos. Sin embargo, si te das de alta en Hacienda el 1 de mayo, por ejemplo, y esperas hasta el 15 de junio, tendrás que pagar una cuota atrasada de la Seguridad Social más un 20 por ciento de demora. Además, perderás el derecho a cualquier tipo de bonificación. Para evitar estos problemas es mejor que te des de alta en la Seguridad Social lo más pronto posible, siempre en el mes natural en curso.
Existen diferentes bonificaciones destinadas a reducir la cuota de la Seguridad Social, valora cuál es la que más te conviene pues una vez que te hayas dado de alta como autónomo no podrás solicitarla. Considera además que las bonificaciones suelen ser incompatibles entre sí, por lo que debes elegir cuidadosamente cuál es la que más te permite ahorrar.
Si compras los materiales que necesitas para tu trabajo antes de darte de alta como autónomo en Hacienda, no podrás deducirlos como gastos ya que la factura tiene una fecha anterior. Y no olvides elegir los epígrafes que mejor describan tu actividad ya que de ellos dependerá los gastos que puedas deducir y la forma de tributación.
Al darte de alta como autónomo debes elegir entre dos formas de tributación: la estimación directa o la objetiva. Si elijes la estimación directa pagarás los impuestos según lo que ganes a lo largo de año pero si escoges la estimación objetiva pagarás según la estimación de los beneficios, que se calcula en función de la supuesta rentabilidad del negocio, sin considerar sus altibajos. Por tanto, si al inicio de la actividad tienes más gastos que ingresos, la estimación directa podría ser más conveniente.
Si trabajas en casa puedes deducir un porcentaje de las facturas del hogar, pero es imprescindible que estén a tu nombre y que hayas reflejado la vivienda en la Agencia Tributaria en el momento de darte de alta como autónomo mediante los modelos 036 o 037. Debes indicar cuántos metros cuadrados de la vivienda destinas al trabajo ya que en base a ellos se calcula la proporción de los gastos del hogar que corresponden al negocio.