Consentimiento legal de cookies

Utilizamos cookies, propias y de terceros, para mantener sus preferencias y analizar sus hábitos de navegación en nuestra página web, con la finalidad de garantizar la calidad, seguridad y mejora de los servicios ofrecidos a través de la misma. Las cookies pueden ser aceptadas, rechazadas, bloqueadas y borradas, según desee. Ello podrá hacerlo mediante las opciones disponibles en la presente ventana o a través de la configuración de su navegador, según el caso. Más información en el apartado Política de Cookies de nuestra página web o configuralas o recházalas pulsando en nuestro gestor de configuración

Las cookies técnicas sirven para garantizar el correcto funcionamiento del portal web, así como para proporcionar comodidad y fluidez a la navegación del usuario.

Las cookies analíticas o de medición ayudan a los propietarios de páginas web a comprender como interactúan los visitantes con las páginas web reuniendo y proporcionando información de forma anónima.

Cookies para integrar funcionalidades de redes sociales en el sitio Web y compartir contenidos del sitio Web en dichas redes sociales.

Guardar preferencias Rechazar cookies Aceptar todas las cookies

Los gastos que puedes deducir si eres Autónomo

02/10/2017
Gastos a deducir si eres autónomo

Si eres autónomo, existen una serie de gastos que puedes deducir, pero es conveniente que sepas exactamente cuáles son. Ya que la Agencia Tributaria los revisará con lupa. La regla general es muy sencilla: puedes deducir todos los gastos que estén directamente relacionados con tu actividad económica, siempre y cuando estén justificados con las correspondientes facturas y registrados en tu contabilidad.

Los principales gastos que puedes deducir:

1.    Consumos y mantenimiento. 

Puedes deducir todas las compras de productos, ya se trate de mercancías o materias primas, que necesites para realizar tu actividad económica. También puedes desgravar los gastos en los que incurras por concepto de mantenimiento y/o reparación, ya sea del local donde trabajas o de los equipos que utilizas, a menos que se cataloguen como mejoras.

2.    Gastos de los trabajadores. 

Si tienes empleados a tu cargo, todos los gastos en los que incurras son deducibles, desde su nómina, retribuciones e indemnizaciones hasta las cuotas de la Seguridad Social, los gastos de formación y las contribuciones a los planes de pensiones.

3.    Arrendamientos, cánones y tributos.

 Puedes desgravar el alquiler del local donde trabajas o las cuotas del vehículo en leasing, así como los cánones que debas pagar. También podrás deducir el impuesto de bienes inmuebles, el impuesto de actividades económicas y cualquier otro tributo o tasa estatal.

4.    Servicios de profesionales independientes. 

Puedes deducir las facturas de todos los profesionales independientes a los que hayas recurrido para realizar tu actividad, así como de mediadores y agentes comerciales.

5.    Gastos financieros.

Si tienes un crédito como autónomo, puedes deducir los intereses así como los gastos por servicios bancarios y los recargos por aplazamientos de pago, incluyendo los de la Agencia Tributaria.

6.    Servicios externos. 

Puedes desgravar los gastos en publicidad, relaciones públicas, subscripción a revistas profesionales, gastos de eventos y cursos, cuotas a asociaciones empresariales, facturas de agua, luz y gas e incluso las primas del seguro de enfermedad, también las de tu pareja e hijos menores de 25 años que vivan contigo, hasta un máximo de 500 euros por persona.

En el caso del IVA soportado, solo podrás deducirlo del IRPF si no es desgravable de la declaración trimestral del IVA.

Las deducciones más controvertidas con las que debes tener cuidado

El principal problema suele surgir cuando se trabaja en casa, aunque desde el año pasado los autónomos pueden deducir del IRPF los suministros del hogar en proporción al espacio que utilizan. Si vives en alquiler, puedes pedirle al propietario que te haga dos facturas y podrás deducir una de ellas.

En el caso del vehículo, si lo destinas únicamente a tu actividad económica, puedes desgravar el gasto de combustible y el IVA, pero si no es así, podrás deducir el 50 por ciento del IVA del coche y de los gastos que conlleva. Respecto al teléfono y ADSL, si solo tienes una línea de móvil podrás deducir el 50 por ciento del gasto ya que se considera que el resto se destina a uso personal.

Categoría: Finanzas
Seguridad Comunicación segura mediante certificado del servidor SSL y el acceso a la información protegida y se almacenada cifrada. Su IP de acceso 82.223.20.64