El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un tributo de carácter indirecto que recae sobre los consumidores. Sin embargo, como se paga al adquirir un producto o servicio, los empresarios se convierten en sujetos pasivos, por lo que deben aplicarlo en sus facturas para, posteriormente, ingresarlo a Hacienda a través del modelo 303.
El modelo 303 es un formulario mediante el cual se declara a la Agencia Tributaria el IVA acumulado en las facturas. Por ese motivo, también se le conoce como “el modelo del IVA”. Incluye el cálculo del IVA soportado - el que aplicas en tus facturas a los clientes-, y el IVA repercutido - el que pagas para cubrir los gastos de tu actividad.
Todos los autónomos que desarrollen una actividad sujeta a IVA están obligados a presentar el modelo 303, independientemente del resultado de la declaración y aunque no hayan tenido actividad durante un trimestre.
También tendrás que rellenarlo si alquilas un local o piso que se utilice como oficina o lugar de trabajo. Solo están exentos los autónomos en régimen simplificado y de recargo de equivalencia, así como los agricultores, ganaderos y pescadores.
El modelo 303 de la AEAT se utiliza para declarar el IVA trimestral, por lo que tendrás que compilarlo cuatro veces a lo largo del año:
Cabe aclarar que los autónomos inscritos en el REDEME, un régimen especial de devolución mensual del IVA, tienen que presentar el modelo 303 cada mes.
Hacerlo fuera de plazo supone una sanción o recargo. Si te das cuenta del olvido y lo presentas antes de que llegue la multa de Hacienda, el recargo por presentar el modelo 303 más tarde es del 1 % fijo más otro 1 % adicional por cada mes completo de retraso. Si han pasado más de 12 meses desde el final del plazo, el recargo aumentará al 15 %.
En cambio, si es Hacienda quien se da cuenta del error, tendrás que ingresar lo que has dejado de pagar más un recargo que oscila entre el 50 y 150 % del importe dependiendo de si este supera o no los 3 000 euros.
No obstante, tienes la posibilidad de pedir una prórroga a Hacienda. Como autónomo, puedes aplazar el IVA 12 meses si tu deuda no supera los 30 000 euros, sin tener que justificar las cuotas repercutidas impagadas.
Puedes presentar el modelo de IVA trimestral de forma presencial en la Agencia Tributaria o a través de su web, en cuyo caso solo necesitarás el certificado digital o la clave PIN para identificarte.
A la hora de rellenar el modelo 303, tendrás que señalar tus datos identificativos, el periodo correspondiente al trimestre (1T, 2T, 3T o 4T) y el devengo del año de presentación.
Considera que debes separar el IVA según el tipo impositivo y los ingresos por procedencia geográfica. También deberás desglosar los gastos en función de su procedencia, según sean nacionales, europeos o no europeos, y teniendo en cuenta su tipo, si se trata de empresa, mixto o particular.
No olvides señalar tu régimen (general o simplificado) y si no has tenido ninguna actividad en el periodo. Si no tienes que pagar IVA debido a la inversión del sujeto pasivo, marca la casilla 61 para indicar que tienes derecho a la deducción. Por último, introduce el número de cuenta bancaria en el que quieres que Hacienda haga el cobro del IVA o te devuelva el importe correspondiente.