Hace poco la CCOO reveló que en España hay 1,4 millones de jóvenes trabajando con contratos de becarios pero no cobran ni cotizan. No cabe dudas de que la figura del becario es cada vez más común, tanto en las grandes empresas como en las pymes, pero muchas veces el desconocimiento de los derechos de los becarios hace que se adopten fórmulas inadecuadas. Si estás pensando en contratar a tu primer becario, debes evaluar si te conviene más un convenio o contrato en prácticas.
Como regla general, el convenio entre la empresa y el centro de estudios es más económico ya que la ley no prevé una remuneración económica para el becario, si bien muchas empresas le brindan una retribución en forma de dieta para que cubra al menos sus gastos de alimentación y transporte.
El contrato en prácticas exige una remuneración que no puede ser inferior al salario mínimo y, si hay otro empleado desempeñando funciones similares en tu pyme, el becario tendrá que cobrar al menos un 60 por ciento del sueldo de ese trabajador durante el primer año y un 75 por ciento el segundo.
A pesar del costo económico, es una buena alternativa para contratar a una persona con un perfil profesional cualificado que puedes ir formando en tu empresa con un costo más reducido. Además, podrás aprovechar las bonificaciones o reducciones de la cuota de la Seguridad Social.
El convenio entre la empresa y el centro de estudios o la universidad se considera parte del ciclo formativo del estudiante, por lo que cuando se trata de las prácticas curriculares obligatorias, lo usual es que el becario solo pase en la empresa unas cuatro o cinco horas. De hecho, los estudiantes tienen derecho a asistir a las actividades académicas del centro educativo, siempre que te lo comuniquen con antelación.
En el caso de las prácticas externas extracurriculares durante el periodo no lectivo, pueden estar hasta 7 horas. No obstante, los convenios educativos son de corta duración, entre tres y seis meses.
Por otra parte, dado que el contrato de becario está pensado para los estudiantes que ya se han graduado, el joven que contrates puede incorporarse en el horario habitual de la empresa. Ese contrato no puede durar menos de seis meses ni extenderse más allá de dos años. Por eso, suele ser la mejor alternativa si piensas contratar a alguien a largo plazo.
El convenio entre la empresa y el centro de estudios suele ser más restrictivo ya que el becario sólo puede ejercer tareas estrictamente relacionadas con los temas que ha recibido durante su formación teórica. Esto significa que no puede desarrollar las labores propias de un trabajador contratado pues la ley lo considera encubrimiento de una relación laboral.
El contrato en prácticas implica una relación laboral y se ajusta mejor a las necesidades de tu empresa. Al tratarse de un profesional graduado, también tendrá más conocimientos y habilidades que redundarán en su productividad y podrás asignarle tareas de mayor responsabilidad.
En resumen, el convenio de la empresa con un centro de estudios es una buena fórmula para cubrir tareas sencillas en tu pyme durante un periodo de tiempo corto. El contrato en prácticas es ideal para fichar a jóvenes y formarlos dentro de tu empresa para que se queden como empleados fijos.