Abrir un negocio no es muy complicado, pero tendrás que realizar varios trámites, tanto para formalizar la constitución de la sociedad como para obtener la licencia de actividad. Los pasos generales para los nuevos negocios suelen ser estándares, aunque algunos requisitos varían de una Comunidad Autónoma a otra, por lo que es conveniente que te informes sobre los detalles específicos en tu Ayuntamiento.
Uno de los pasos más importantes para emprender un negocio es elegir la forma jurídica de tu pyme. Debes considerar desde el tipo de actividad que desarrollarás hasta el número de socios que participarán. La mayoría de las pymes suelen elegir la Sociedad Limitada y en el sector primario se constituyen como Sociedades Cooperativas. En ambos casos se tributa por el Impuesto de Sociedades y la responsabilidad de los socios se limita al capital inicial aportado.
Así acreditas que el nombre de tu sociedad es único, un trámite que puedes hacer online a través del sitio web del Registro Mercantil Central asegurándote de presentar tres posibles nombres para tu pyme.
Tendrás que abrir una cuenta bancaria y depositar cierta cantidad, según la forma jurídica que hayas elegido. En las Sociedades Limitadas el mínimo son 3.000 euros y en la Sociedad Anónima 60.000 euros. El banco te dará un certificado donde conste el ingreso.
Para formalizar la sociedad, tendrás que realizar junto a todos los socios una escritura pública ante notario, en la cual se incluyen los Estatutos Sociales, las normas que regirán la empresa que tenéis que llevar redactadas de antemano.
En un primer momento te darán un NIF provisional y en un plazo de seis meses, cuando presentes la escritura de constitución, te darán el definitivo. Para realizar este trámite basta seguir los pasos que detalla la Agencia Tributaria.
Para que tu pyme tenga competencias jurídicas, debes dirigirte a la oficina del Registro Mercantil de la provincia donde esté domiciliada y presentar algunos documentos, entre ellos el CIF provisional, la copia auténtica de la escritura de constitución y la certificación negativa.
En las oficinas de la Agencia Tributaria deberás dar de alta la empresa en el Impuesto sobre Actividades Económicas indicando la actividad empresarial que vas a realizar. También debes presentar la declaración censal, el resumen de la situación y obligaciones fiscales de la sociedad para comunicar el inicio de la actividad, rellenando el modelo 036 o 037.
En la oficina del Registro Mercantil pondrán un certificado oficial en la primera página de los libros y marcarán el resto de las hojas con el sello del Registro.
Si tienes una marca o patente, es conveniente que la registres en la OEPM para que puedas protegerla.
Según el tipo de actividad a desarrollar, es probable que tengas que realizar otros trámites. Para abrir nuevos negocios normalmente es necesario solicitar una licencia municipal de apertura, que se aplica a los locales, naves u oficinas donde ejercerás tu actividad y sirve para acreditar que ese espacio cumple la normativa vigente.