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Legal

El marco legal es fundamental para la correcta operación de cualquier empresa. En esta sección, encontrarás artículos sobre normativas, procedimientos legales y derechos que afectan a pequeñas y medianas empresas y autónomos, así como recomendaciones para garantizar el cumplimiento y proteger tu negocio.


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Ley de la segunda oportunidad para Pymes y autónomos

A raíz de la crisis muchos autónomos y pymes tuvieron que cerrar sus negocios, quedándose con deudas a las que no podían hacer frente. Para paliar esa situación y animar a esos profesionales a emprender de nuevo, en 2015 se aprobó la ley de la segunda oportunidad. En la actualidad hay unas 2 000 solicitudes para acogerse a esta ley, un 40 % más que el año anterior, según reveló el diario Autónomos y Emprendedores. Como resultado, los juzgados están perdonando deudas de hasta medio millón de euros a los autónomos.

¿Qué es la ley de la segunda oportunidad?

La ley de la segunda oportunidad está dirigida a los autónomos y pymes que no tuvieron éxito en su primera aventura emprendedora, para facilitarles la creación de una nueva empresa. Se trata de un procedimiento extrajudicial gracias al cual el emprendedor puede negociar el pago de sus deudas con sus acreedores para obtener condiciones más ventajosas, con la ayuda de un mediador concursal, que se encargará de conciliar los intereses de ambas partes y ofrecer garantías de pago. Si no se llega a un acuerdo o resulta imposible pagar la deuda, se puede solicitar su condonación.

¿Quién puede acogerse a la ley de la segunda oportunidad?

La ley de la segunda oportunidad se aplica a todos los emprendedores que ejerzan una actividad profesional y se encuentren en situación de insolvencia o prevean que no podrán cumplir con sus obligaciones. No obstante, la deuda no puede superar los cinco millones de euros y no aplica a las deudas con Hacienda y la Seguridad Social.

También pueden acogerse a esta ley las personas físicas en estado de insolvencia, en cuyo caso pueden solicitar la exoneración total de sus deudas, o aquellas cuyo patrimonio e ingresos permitan lograr un acuerdo de pago exitoso con los acreedores.

¿Qué requisitos debes cumplir?

  • Encontrarse en un estado de insolvencia actual o inminente.
  • Haber actuado de buena fe, lo cual significa que la insolvencia no puede haber sido auto provocada para no tener que afrontar deudas.
  • No haber sido declarado culpable en un concurso de acreedores.
  • No tener una sentencia firme por delitos contra el patrimonio, el orden socio económico, la Seguridad Social, Hacienda o los derechos de los trabajadores en los últimos 10 años.
  • No haber conseguido un acuerdo extrajudicial con los acreedores.
  • Que la deuda no supere los cinco millones de euros.
  • Que en los últimos 10 años no te hayas acogido a la ley de la segunda oportunidad.
  • Que en los últimos 4 años no hayas rechazado una oferta de empleo “adecuada a tu capacidad”.

¿Cómo solicitar el acuerdo extrajudicial de pagos?

Para acogerte a la ley de la segunda oportunidad para pymes y autónomos primero debes solicitar un mediador concursal. Debes realizar una instancia en la que indiques el efectivo y los activos líquidos, los bienes, derechos e ingresos regulares que tienes previstos. También tienes que presentar una lista de acreedores, indicando la cuantía y el vencimiento de los créditos.

Cuando se nombre al mediador concursal, éste comprobará la cuantía de las deudas y te convocará a una reunión con los acreedores, en un plazo de dos meses. Cuando se abra el expediente no podrás solicitar más préstamos o créditos, y tendrás que devolver tus tarjetas de crédito, pero tu patrimonio estará protegido pues no se puede iniciar ni continuar una ejecución mientras se negocia el acuerdo. Si uno de los acreedores inicia la ejecución, quedará automáticamente excluido del acuerdo extrajudicial de pagos.

El mediador concursal remitirá a los acreedores un plan de pagos de las deudas, teniendo en cuenta que la moratoria no puede superar los tres años y la quita máxima es del 25% del total de los créditos. También puede proponer que cedas tus bienes a los acreedores para cubrir las deudas.

La ley de la segunda oportunidad para autónomos y pymes brinda diez días a los acreedores para presentar propuestas alternativas o modificaciones. Si aceptan el plan de pago, el acuerdo se oficializa con una escritura pública y se cierra el expediente, publicando un anuncio oficialmente. Esto significa que tu nombre o el de tu negocio aparecerá en las listas de morosos, por lo que será difícil obtener un crédito o encontrar nuevos clientes y proveedores.

Si el plan no es aceptado y eres insolvente, se declarará un concurso consecutivo y podrás solicitar la condonación de las deudas. No obstante, si al cabo de cinco años de haber sido exonerado tu situación económica ha mejorado, los acreedores tienen derecho a exigirte los pagos y pedir que se revoque la condonación.

Categoría: Legal
Ayudas para autónomas y embarazadas

A finales de 2017 en España había 1,1 millones de trabajadoras autónomas, las cuales representaban el 35,3 % de este colectivo. Si tú también trabajas por tu cuenta y estás esperando a un bebé, es importante que sepas que tienes derecho a distintas ayudas para autónomos que te facilitarán el embarazo y el periodo de lactancia.

¿Cuáles son los requisitos para optar por la baja maternal?

Los derechos de las autónomas embarazadas son los mismos que los de las trabajadoras por cuenta ajena, por lo que si cumples con los requisitos de cotización podrás disfrutar de una baja por maternidad de 16 semanas, de las cuales puedes ceder diez al padre, siempre que no sean las seis primeras.

Los requisitos para cobrar la baja maternal para las autónomas embarazadas son:

  • Estar dada de alta en la Seguridad Social en el momento del embarazo.
  • Si tienes entre 21 y 26 años, haber cotizado un periodo de 90 días en los últimos siete años o 180 durante toda tu vida laboral.
  • Si tienes más de 26 años, haber cotizado un mínimo de 180 días en los últimos siete años o 360 durante toda tu vida laboral.

Desde el 1 de marzo de 2018, para calcular la prestación por maternidad debes tener en cuenta las bases de cotización de los seis meses previos, sumando cada una de ellas y dividiéndolas entre 180 días. Dado que ahora puedes cambiar de base de cotización hasta cuatro veces a lo largo de un año, si quieres recibir una prestación más alta puedes aumentar la base de cotización durante los seis meses antes de solicitar el permiso.

Mientras estés de baja por maternidad no tendrás que pagar la cuota de autónomos a la Seguridad Social y durante ese tiempo recibirás el 100% de la base reguladora. Otra alternativa consiste en pedir una ayuda a tiempo parcial, de manera que si reduces tu actividad en un 50 % recibas una prestación del 50 % sobre la base de cotización.

¿Qué ocurre si enfermas durante el embarazo?

Si enfermas durante el embarazo, puedes causar baja por incapacidad temporal y cobrar los porcentajes que determina la ley para todos los trabajadores: el 60 % de la base de cotización desde el día 4 hasta el 21 de la incapacidad temporal y el 75 % a partir de esa fecha.

Si la baja se debe a que tu trabajo representa un peligro para la gestación, se tramita como una baja por riesgo en el embarazo. En ese caso tienes derecho a cobrar una prestación del 100 % de la base de cotización.

Esa prestación también se aplica cuando el trabajo que realizas es incompatible con la lactancia, es lo que se conoce como prestación de riesgo durante la lactancia. La fatiga, ciertas condiciones ambientales, el estrés o la exposición a productos contaminantes se consideran factores de riesgo que pueden afectar tu capacidad de lactar. Esta prestación se mantendrá durante un periodo máximo de 9 meses.

Ayudas para retomar la actividad laboral después del parto

La Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo prevé una tarifa plana de 50 euros durante los primeros doce meses para quienes coticen por la base mínima. Si has cursado baja en el régimen de autónomos por la maternidad y quieres volver, puedes aprovechar esa bonificación, siempre y cuando lo hagas durante los dos años después del parto. Si decides cotizar por la base superior, la ayuda para los autónomos mujeres consiste en una reducción del 80 % de la cuota.

Deducción del IRPF

También puedes deducir de la declaración de la renta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años. Puedes cobrar esa cantidad en pagos fraccionados mensuales de 100 euros, que debes solicitar a través del modelo 140, o deducir el total del IRPF.

Categoría: Legal
Ley de contratos públicos. Ventajas para las Pymes

La nueva Ley de Contratos Públicos que entró en vigor en marzo de 2018 ha traído buenas noticias para las pymes. Con esta normativa las pymes tendrán más oportunidades de contratación ya que se eliminan algunas trabas en los requisitos de solvencia, se reduce el tamaño de los proyectos y se simplifica el proceso para acceder a las licitaciones públicas.

Uno de los objetivos de esta ley de contratos en el sector público es impulsar el crecimiento de las pymes liberándolas del yugo que suponen muchas subcontratas de las grandes empresas. La Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la contratación será la encargada de velar por su correcta aplicación.

Las principales novedades de la ley de contratos públicos que benefician a las pymes

División de los contratos en lotes.

Con esta medida es obligatorio dividir los contratos en proyectos más pequeños, de manera que sean más asequibles para las pymes y autónomos. El objetivo del servicio a contratar también debe corresponder con el proyecto y no solo guardar relación con el mismo, lo cual abre las puertas a una mayor especialización.

Primará la oferta con mejor relación calidad/precio.

Con la ley de contratos en el sector público cambian los criterios de valoración, de manera que las entidades no deben limitarse a elegir la oferta económica más baja, sino que también deben considerar la calidad y asignar el contrato al mejor licitador. Así se evita adjudicar los contratos a las ofertas más económicas, que suelen provenir de las grandes empresas pues son quienes pueden ofrecer servicios a un bajo coste.

Control de la morosidad.

Esta ley incorpora una condición especial en ciertos contratos que impide a las empresas adjudicatarias retrasar el pago a sus proveedores. Se intenta evitar que las grandes empresas terminen financiándose a costa de las pymes, que eran quienes soportaban el mayor peso del proyecto, pero se quedaban sin liquidez debido a los impagos. Por primera vez se ha incluido la posibilidad de realizar pagos directos a los subcontratistas, para facilitar el trabajo de las pymes y no dejarlas desprotegidas ante la posición dominante del adjudicatario principal.

Transparencia.

La nueva ley de contratos públicos fomenta un procedimiento más transparente, de manera que las pymes ya no tendrán trabas para presentar sus ofertas a aquellas licitaciones a las que solo se podía acceder mediante invitación pues, debido a su cuantía, no se realizaba publicidad. Ahora todas las licitaciones y sus resultados se publicarán en la Plataforma de Contratación del Sector Público.

Simplificación de los procedimientos administrativos.

Uno de los principales objetivos de la ley de contratos en el sector público es reducir las cargas administrativas, facilitar el procedimiento de licitación y adjudicar rápidamente los contratos. Por tanto, se extiende el uso de la declaración responsable y se pone en marcha un nuevo procedimiento abierto simplificado para contratos de obras por debajo de los 2 millones de euros o para contratos de suministros o servicios hasta los 100 000 euros.

Flexibilización de los criterios de solvencia.

La nueva ley de contratos públicos indica que los requisitos de solvencia se deben adaptar a las características de cada proyecto, de manera que incluso las pymes de reciente creación puedan tener acceso a ellos. Esta flexibilización también implica que no se exigirá la constitución de garantía provisional.

Esta ley de contratos en el sector público no pretende beneficiar a las pymes sino más bien marcar pautas para que todos los licitadores reciban un trato justo e igualitario. Ahora muchas pymes y autónomos podrán ampliar su cartera de clientes accediendo a un mercado que mueve unos 200 mil millones de euros y que hasta el momento era bastante restringido.

Categoría: Legal
Qué es la pluriactividad

Si tienes un trabajo como empleado y te apetece emprender una actividad profesional por cuenta propia, puedes hacerlo como autónomo. La pluriactividad es una fórmula muy interesante a la que están recurriendo cada vez más profesionales porque les permite emprender un proyecto propio sin renunciar a la seguridad que representa el puesto de trabajo fijo.

¿Qué es la pluriactividad?

No es lo mismo ser pluriempleado que estar en situación de pluriactividad, aunque a menudo ambos términos se usan indistintamente. Si trabajas para dos o más empresas pero solo cotizas por el Régimen General, se considera que estás en situación de pluriempleo.

La pluriactividad implica realizar dos o más actividades laborales que obligan a cotizar en más de un Régimen de la Seguridad Social. La empresa para la que trabajes pagará las cuotas por el Régimen General y tú tendrás que darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, pagando las cuotas correspondientes.

¿Existen ayudas para los nuevos autónomos en situación de pluriactividad?

Con la Ley de Emprendedores se aprobó una reducción de las bases de cotización para los nuevos autónomos en situación de pluriactividad, incluyendo los autónomos societarios, de manera que el costo de trabajar por cuenta propia será menor del habitual durante los tres primeros años.

  • Si tienes un trabajo a jornada completa y comienzas tu andadura como autónomo podrás beneficiarte de una reducción de hasta el 50% de la base mínima de cotización durante los primeros 18 meses de alta. Durante los próximos 18 meses cotizarás el 75% de la base mínima.
  • Si tienes un trabajo a tiempo parcial con una jornada superior al 50%, durante los primeros 18 meses de alta podrás cotizar el 75% de la base mínima y durante los 18 meses posteriores abonarás el 85%.

Cuando te des de alta como autónomo en el RETA podrás solicitar esas bonificaciones, pero debes tener en cuenta que no son compatibles con otras, como la tarifa plana de 50 euros, por lo que tendrás que valorar qué opción te conviene más.

Otra buena noticia es que no tendrás que cotizar por incapacidad temporal, una cobertura obligatoria para el resto de los autónomos ya que esta prestación queda cubierta por el Régimen General de la empresa donde trabajas. La cotización por contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales también es voluntaria.

Restricciones a la cotización y devolución del exceso pagado

Si has superado el techo máximo de cotización por contingencias comunes, que son 12.368,23 euros, tienes derecho a que te devuelvan el 50% del exceso de las cotizaciones ingresadas, con un límite del 50% de las cuotas pagadas en el Régimen Especial.

Hasta el año pasado, para reclamar la devolución por el exceso de cotización tenías que presentar una solicitud pero con la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo la Seguridad Social devolverá el exceso de cotización sin necesidad de realizar ese trámite.

¿Tendrás derecho a dos pensiones?

Si cumples con los requisitos exigidos por cada régimen, tendrás derecho a dos pensiones. Si en el momento de la jubilación no estás dado de alta en uno de esos regímenes, es imprescindible que las cotizaciones acreditadas se hayan superpuesto durante al menos 15 años. En caso de que no tengas derecho a la pensión en uno de ellos, lo que has cotizado se sumará al régimen por el que curses la pensión.

Categoría: Legal
Ley de autónomos

En España hay 3,2 millones de autónomos, el 22% de los cuales está generando empleo, pero prácticamente el 90% sigue cotizando por la base mínima y un 97% admite que no llega a ser mileurista.

Para ayudar a este colectivo, el año pasado el gobierno aprobó la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, aunque algunas de sus medidas entraron en vigor el 1 de enero de este año. Te contamos cuáles son para que les saques el máximo provecho.

Siete medidas para impulsar el trabajo autónomo

 1. Ampliación de la tarifa plana.

 Con la nueva ley de autónomos, la tarifa plana se amplía durante un periodo de 24 meses. Durante el primer año se aplicará 50 euros. Al año siguiente, los autónomos podrán aprovechar una reducción del 50% (137,97 euros) de la cuota durante los primeros seis meses y del 30% (192,79 euros) durante los seis meses restantes. Las mujeres de menos de 35 años y los hombres menores de 30 pueden aprovechar una bonificación adicional de un año del 30% sobre la cuota por contingencias comunes.

2.   Facilitación de las condiciones de acceso. 

Esta ley de autónomos facilita las condiciones de acceso ya que reduce el plazo permitido sin cotizar a dos años, en vez de cinco, como se exigía antes. En el caso de los autónomos que ya han disfrutado de una bonificación, el plazo será de tres años.

3.    Altas y bajas. 

Podrás darte de alta o de baja hasta tres veces a lo largo de un año natural. Con la nueva ley de autónomos tampoco tendrás que cotizar por el mes completo sino tan solo por los días trabajados efectivamente, contando a partir del día del alta.

4.    Base de cotización. 

Para lograr que el sistema de cotización sea más justo, ahora los autónomos pueden cambiar su base de cotización hasta cuatro veces a lo largo del año natural, una medida muy conveniente para los negocios que tienen una gran estacionalidad.

5.    Deducción de suministros.

Una de las medidas más interesantes de esta nueva ley de autónomos son lasdeducciones del 30% de los suministros del hogar como la electricidad, el agua, la luz e Internet sobre la parte de la vivienda donde realizas la actividad profesional, siempre y cuando hayas declarado los metros cuadrados correspondientes en el modelo 036 o 037. También puedes deducir hasta 27,27 euros diarios en España y 48 euros en el extranjero por concepto de manutención, asegurándote de que esos gastos corresponden a tu actividad económica y tengas la factura correspondiente.

6. Reducción del recargo por deudas. 

Esta ley de autónomos reduce los recargos por deudas con la Seguridad Social del anterior 20% al 10%, siempre que pagues dentro del primer mes natural posterior al del vencimiento del plazo de ingreso.

7.   Facilidades para las personas vulnerables. 

Las personas que tienen una discapacidad superior al 33% y aquellas que hayan sido víctimas de la violencia de género o del terrorismo, pueden aprovechar una reducción de la cuota a la Seguridad Social del 80% durante el primer año y del 50% los siguientes 48 meses.

Categoría: Legal
Aspectos legales del comercio electrónico

Con las herramientas informáticas actuales, poner en marcha una tienda online es relativamente sencillo y, a diferencia de los negocios físicos, no es necesario pedir un permiso de apertura. Esas facilidades, unido al crecimiento sostenido del e-commerce en España, pueden animarte a abrir un negocio online, pero antes de dar ese paso debes conocer cuáles son tus obligaciones fiscales y legales.

Aspectos fiscales

Para facturar las ventas de un negocio online debes estar dado de alta como autónomo o haber creado una pyme.

En dependencia del tipo de producto y su costo, emitirás una factura normal o simplificada. En el caso de los productos digitales, como los ebooks, cursos, música y videojuegos, tendrás que aplicar el IVA vigente en el país del comprador y guardar durante diez años dos pruebas no contradictorias que demuestren la localización del mismo.

Propiedad intelectual

Internet es un medio proclive al robo de la propiedad intelectual, por lo que es importante que no olvides registrar la marca de tu empresa y te asegures la propiedad del dominio que elijas para tu negocio online. Si dejas el desarrollo del e-commerce y la tramitación del dominio en manos de otra persona, podrías descubrir que el dominio no está registrado a tu nombre. Puedes comprobar la propiedad en Whois, donde tu nombre debe aparecer como “Registratario”.

Ley de Ordenación del Comercio Minorista

Desde el punto de vista legal, no existen grandes diferencias entre una tienda física y un negocio online. En las ventas a distancia el plazo de entrega de los productos es de 30 días naturales a partir de la venta. El cliente tendrá un plazo de catorce días para devolver el producto sin tener que alegar ninguna causa y tú tendrás un plazo similar para devolverle el dinero. Si la compra se realizó con una tarjeta no identificada electrónicamente, el titular tiene derecho a exigir la anulación inmediata de la operación.

Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI)

La Ley de Comercio Electrónico se asegura de que los usuarios y clientes de los negocios online tengan todos los datos necesarios para tomar decisiones informadas. En la página de “Aviso Legal”, por ejemplo, tienes la obligación de indicar el nombre de tu pyme, su domicilio fiscal, los datos del Registro Mercantil, el NIF y la dirección de correo electrónico. Si eres un profesional autónomo de un sector colegiado, tendrás que indicar además el colegio y número de colegiado. 

La LSSI también regula la política de cookies de tu e-commerce. Tienes el deber de informar de forma clara y visible sobre las cookies que utilizas en tu negocio online para que el usuario pueda dar su consentimiento expreso. Debes explicar qué es una cookie, qué tipos utilizas, cuál es su finalidad y cómo deshabilitarlas. Incumplir la política de cookies se puede multar con hasta 600.000 euros.

La página de “Condiciones de Uso” también es vital. Debes dejar claros los derechos y obligaciones del consumidor, las formas de pago y las condiciones de compra, así como la política de devoluciones. Y en el precio de los productos debes indicar si están incluidos los impuestos, gastos de envío o cualquier otro cargo.

Ley de Protección de Datos (LOPD)

Si tienes un e-commerce, almacenarás los datos de tus clientes, trabajadores y/o proveedores. Toda esa información se rige por la Ley de Protección de Datos personales y empresariales, cuyo incumplimiento puede dar pie a sanciones de hasta 600.000 euros.

Si manejas datos de nivel de seguridad medio o alto, debes inscribir los ficheros en el Registro de la Agencia Española de Protección de Datos y hacer al menos una auditoría cada dos años. Con la nueva ley de protección de datos en el ámbito europeo también estás obligado a comunicar a la AEPD cualquier vulneración de la seguridad.

Categoría: Legal
Ley de Comercio Electrónico: Aspectos clave para tu negocio online

Con las herramientas informáticas actuales, poner en marcha una tienda online es relativamente sencillo y, a diferencia de los negocios físicos, no es necesario pedir un permiso de apertura.

Esas facilidades, unido al crecimiento sostenido del e-commerce en España, pueden animarte a abrir un negocio online, pero antes de dar ese paso debes conocer cuáles son tus obligaciones fiscales y legales.

Aspectos fiscales

Para facturar las ventas de un negocio online debes estar dado de alta como autónomo o haber creado una pyme. En dependencia del tipo de producto y su costo, emitirás una factura normal o simplificada. En el caso de los productos digitales, como los ebooks, cursos, música y videojuegos, tendrás que aplicar el IVA vigente en el país del comprador y guardar durante diez años dos pruebas no contradictorias que demuestren la localización del mismo.

Propiedad intelectual

Internet es un medio proclive al robo de la propiedad intelectual, por lo que es importante que no olvides registrar la marca de tu empresa y te asegures la propiedad del dominio que elijas para tu negocio online. Si dejas el desarrollo del e-commerce y la tramitación del dominio en manos de otra persona, podrías descubrir que el dominio no está registrado a tu nombre. Puedes comprobar la propiedad en Whois, donde tu nombre debe aparecer como “Registratario”.

Ley de Ordenación del Comercio Minorista

Desde el punto de vista legal, no existen grandes diferencias entre una tienda física y un negocio online. En las ventas a distancia el plazo de entrega de los productos es de 30 días naturales a partir de la venta. El cliente tendrá un plazo de catorce días para devolver el producto sin tener que alegar ninguna causa y tú tendrás un plazo similar para devolverle el dinero. Si la compra se realizó con una tarjeta no identificada electrónicamente, el titular tiene derecho a exigir la anulación inmediata de la operación.

Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI)

La Ley de Comercio Electrónico se asegura de que los usuarios y clientes de los negocios online tengan todos los datos necesarios para tomar decisiones informadas. En la página de “Aviso Legal”, por ejemplo, tienes la obligación de indicar el nombre de tu pyme, su domicilio fiscal, los datos del Registro Mercantil, el NIF y la dirección de correo electrónico. Si eres un profesional autónomo de un sector colegiado, tendrás que indicar además el colegio y número de colegiado. 

La LSSI también regula la política de cookies de tu e-commerce. Tienes el deber de informar de forma clara y visible sobre las cookies que utilizas en tu negocio online para que el usuario pueda dar su consentimiento expreso. Debes explicar qué es una cookie, qué tipos utilizas, cuál es su finalidad y cómo deshabilitarlas. Incumplir la política de cookies se puede multar con hasta 600.000 euros.

La página de “Condiciones de Uso” también es vital. Debes dejar claros los derechos y obligaciones del consumidor, las formas de pago y las condiciones de compra, así como la política de devoluciones. Y en el precio de los productos debes indicar si están incluidos los impuestos, gastos de envío o cualquier otro cargo.

Ley de Protección de Datos (LOPD)

Si tienes un e-commerce, almacenarás los datos de tus clientes, trabajadores y/o proveedores. Toda esa información se rige por la Ley de Protección de Datos personales y empresariales, cuyo incumplimiento puede dar pie a sanciones de hasta 600.000 euros.

Si manejas datos de nivel de seguridad medio o alto, debes inscribir los ficheros en el Registro de la Agencia Española de Protección de Datos y hacer al menos una auditoría cada dos años. Con la nueva ley de protección de datos en el ámbito europeo también estás obligado a comunicar a la AEPD cualquier vulneración de la seguridad.

Categoría: Legal
Novedades sobre la RGPD: Adapta tu negocio online a la nueva ley

Si tienes un negocio online, a partir del 25 de mayo de 2018 comenzará a aplicarse el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), por lo que es fundamental que adaptes las medidas de seguridad informáticas a la nueva normativa.

Este reglamento, que se implantará en todos los países de la Unión Europea con el objetivo de reforzar el control de los datos personales de los ciudadanos, puede entenderse como una actualización de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) que ya se aplicaba en España.

Cinco novedades del RGPD que afectan la LOPD para empresas

1. Inscripción de ficheros en la AEPD.

Con la LOPD, las empresas tenían la obligación de inscribir los ficheros, pero con la RGPD se puede llevar un registro interno de las actividades, sin necesidad de inscribirlos en la AEPD.

2. Notificación de violaciones de seguridad.

Esta nueva normativa prevé implementar protocolos de aviso para detectar brechas de seguridad. Por tanto, si el responsable de seguridad de tu pyme detecta una fisura en la protección de datos, tiene la obligación de notificarla en un plazo máximo de 72 horas a la AEPD y a las personas afectadas. 

3. Información y consentimiento del interesado.

Con la implantación de la RGPD, el silencio no se asume como consentimiento, por lo que tendrás que aplicar un mecanismo para que las personas brinden su consentimiento expreso, explicando además los motivos por los que recoges sus datos, cómo los usarás y cómo pueden ejercer sus derechos. En el caso de los menores de 16 años, los padres o tutores legales son quienes validan la cesión de datos. Puedes profundizar en esta guía rápida para el cumplimiento del deber de informar.

4. Medidas de seguridad.

La LOPD para empresas indicaba qué medidas debían cumplir, pero esta nueva normativa brinda una mayor libertad, dejando que sean las empresas quienes decidan qué modelos y medidas de seguridad aplicar para garantizar la seguridad de los datos.

5. Responsabilidad proactiva.

La RGPD pretende que las empresas dejen de ser reactivas y asuman un papel proactivo. Por eso, exige que la persona responsable del tratamiento y protección de los datos en tu pyme demuestre que cumple con todos los requisitos exigidos, aplicando un modelo de prevención de riesgos. 

Nuevos derechos para los usuarios y sanciones más duras para las empresas

1. Ventanilla única.

Las personas que consideren que se han vulnerado sus derechos, pueden reclamar ante una autoridad única que responde al Comité Europeo de Protección de Datos.

2. Derecho al olvido.

Las personas pueden solicitar que se borren sus datos personales, si consideran que el fin para el cual se reclutaron no tiene validez o creen que atentan contra su imagen personal.

3. Delegado de Protección de Datos (DPO).

El nuevo reglamento prevé la figura de un delegado que se encargará de informar, asesorar y supervisar a la persona responsable en tu pyme de la gestión y protección de los datos. 

4. Sanciones mayores.

Con la LOPD, las empresas se exponían a una sanción máxima de 600.000 euros, pero con la RGPD la multa puede ascender a 20 millones de euros o un 4 por ciento del volumen de negocio, según la cifra mayor.

Esta nueva normativa implica un mayor compromiso, pero su cumplimiento es obligatorio, por lo que es recomendable que te informes detalladamente a través de esta guía general sobre la RGPD.

Categoría: Legal
Cumplir con la LOPD si soy autónomo

Si eres autónomo y recopilas datos personales de clientes, proveedores y/o empleados, tienes que cumplir con la Ley de Protección de Datos (LOPD) que se aplica en España y con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) que entrará en vigor a partir del 25 de mayo de 2018 en el ámbito europeo. Ambas leyes tienen el objetivo de garantizar la protección de los datos personales y su incumplimiento puede exponerte a graves sanciones económicas.

Siete pasos para cumplir con la LOPD en tu negocio

1. Identifica los ficheros con datos personales.

Si tienes empleados, clientes privados, proveedores o usuarios web, es probable que almacenes datos de carácter personal. El simple hecho de brindar la posibilidad de subscribirse a tu sitio web ya implica que debes cumplir con la LOPD como autónomo. Por tanto, el primer paso consiste en identificar los ficheros que contienen esos datos personales.

2. Determina el nivel de seguridad.

Como regla general, cuanta más información sensible recopiles, más medidas de seguridad tendrás que implementar. El nombre, dirección postal, correo electrónico, NIF y teléfono son datos de nivel básico. La información sobre la solvencia, créditos, infracciones administrativas y los datos referentes a la personalidad, aficiones y costumbres se consideran de nivel medio. La ideología, origen racial, religión, genética y orientación sexual son datos de nivel de seguridad alto.

3. Evaluación del Impacto en la Protección de Datos (EIPD).

Si recopilas datos de nivel de seguridad alto que pueden representar un riesgo para los derechos y libertades de las personas, es obligatorio evaluar la probabilidad de que se produzcan situaciones de riesgo y la gravedad de las mismas. Lo más conveniente es contratar a un profesional que administre los ficheros y lleve la seguridad, aunque también puedes recurrir a la figura del Delegado de Protección de Datos, cuya contratación es obligatoria si, por ejemplo, tienes una tienda online o trabajas con pacientes.

4. Elabora el Documento de Seguridad.

En este documento debes explicar cómo tratas los datos personales que recopilas, indicando desde el tipo de ficheros inscritos hasta los empleados que pueden acceder a ellos y el sistema de seguridad que usas. Puedes basarte en la guía del Modelo de Seguridad que ha diseñado la AGPD.

5. Informa a los propietarios de los datos.

Con la entrada en vigor de la RGPD, el silencio no se puede asumir como consentimiento, por lo que tendrás que implementar un mecanismo para que las personas den su consentimiento expreso. También debes informar de manera clara por qué recoges sus datos, para qué los usas y cómo pueden ejercer sus derechos.

 
6. Tiempo de conservación de los datos.

La LOPD indica que debes cancelar los datos cuando ya no sean necesarios para el fin por el cual los recogiste. Por ejemplo, si recopilaste los currículos de personas que solicitaban un empleo, debes cancelar sus datos apenas cubras la vacante.

7. Realiza auditorías.

Si gestionas datos de nivel de seguridad medio y/o alto, estás obligado a realizar al menos una auditoría cada dos años, o si realizas cambios en el sistema de información que afectan las medidas de protección de datos personales que habías implantado. Puedes hacerla tú mismo, redactando un informe que quedará a disposición de la AEPD, o contratar un profesional externo que conozca la ley de protección de datos para autónomos y te señale las deficiencias y medidas correctoras más oportunas.

Categoría: Legal
Pasar de ser autónomo a sociedad limitada

Al inicio de una actividad, es más fácil adoptar la forma jurídica del autónomo, pero a medio o largo plazo suele ser más conveniente convertirse en una sociedad limitada. Cuando la facturación supera los 40.000 euros, la carga tributaria que se soporta es elevada, lo cual, unido a las dificultades para hallar financiación y las trabas para trabajar con grandes empresas, hacen que sea más recomendable pasar de autónomo a sociedad limitada.

Una sociedad limitada (SL) brinda una imagen más profesional y abre las puertas a contratos mayores ya que las grandes empresas se sienten más seguras cuando pueden solicitar información empresarial que les permita valorar tus capacidades y solvencia. El cambio de autónomo a sociedad limitada también mejorará tu capacidad negociadora con otras empresas y entidades bancarias.

¿Qué trámites debo hacer para pasar de autónomo a sociedad limitada?

1. Solicitar la baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Como autónomo, debes estar dado de alta en el RETA, por lo que tendrás que darte de baja. Dado que la baja se hace efectiva a partir del primer día del mes siguiente de la solicitud, es recomendable que apenas la solicites, te des de alta como administrador de la sociedad. Así no perderás la cobertura de la Seguridad Social.

2. Solicita una certificación negativa de denominación social

A través del sitio web del Registro Mercantil Central para acreditar que el nombre de tu sociedad es único.

3. Deposita el capital social.

Abre una cuenta bancaria a nombre de la SL e ingresa 3.000 euros. 

4. Firma la escritura de Constitución.

Acude al notario para formalizar la SL, llevando los estatutos previamente redactados, que puedes escribir tú mismo basándote en este modelo.

5. Solicita el NIF.

Primero te darán un NIF provisional, el definitivo llegará en un plazo de seis meses desde el momento en que presentes la escritura de constitución de la SL. Para obtener el NIF, solo tienes que seguir estos pasos en la Agencia Tributaria

6. Inscribe la empresa en el Registro Mercantil.

Para que la sociedad limitada tenga competencias jurídicas, debes inscribirla en la oficina del Registro Mercantil de la provincia donde esté domiciliada.

7. Date de alta en IAE y presenta la Declaración Censal en la Agencia Tributaria.

Da de alta la empresa en el Impuesto sobre Actividades Económicas, indicando la actividad empresarial, y presenta la declaración censal, el resumen de la situación y obligaciones fiscales de la SL para comunicar el inicio de la actividad.

8. Traspaso de activos. Para pasar de autónomo a sociedad limitada, debes trasferir los activos que tenías.

Lo más aconsejable es incluirlos como una aportación no dineraria a la SL, con una tributación del 1 por ciento del valor escriturado, de manera que pasan a formar parte del patrimonio de la empresa. También puedes arrendarlos a la nueva sociedad limitada manteniendo su propiedad o venderlos como persona física, pero en ese caso tendrían que tributar el IAJD, ITP o IVA.

9. Atar todos los cabos sueltos al pasar de autónomo a sociedad limitada

Si habías contratado empleados, debes realizar una subrogación empresarial, para garantizarles los derechos adquiridos y mantener sus obligaciones, como explica el artículo 44 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores.
Si tenías un crédito, préstamo o póliza como autónomo, solo debes comunicar a la entidad tu nueva forma jurídica para realizar la subrogación. En caso de que tengas un local alquilado o algún leasing, tendrás que cancelar el contrato y firmar uno nuevo.
Si tienes dudas, puedes acudir al punto de Atención al Emprendedor (PAE) más cercano, donde te ayudarán a realizar el cambio de autónomo a sociedad limitada.

Categoría: Legal
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