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Finanzas: asdafdsf

La mayoría de las pequeñas empresas necesitan financiación para afrontar su día a día o adquirir los recursos imprescindibles para llevar adelante su actividad. En este escenario, contar con diferentes fuentes de financiación puede marcar la diferencia entre un negocio exitoso y un fracaso. El leasing y el factoring son dos vías de financiación menos convencionales, pero muy convenientes para las pymes.
Leasing: ¿Qué es y cuáles son sus requisitos?
El leasing es un tipo de arrendamiento mediante el cual el propietario te cederá los derechos de uso de determinado bien a cambio de una cuota. Los contratos de leasing pueden incluir todo tipo de bienes, desde equipamiento y vehículos hasta muebles, un local o una nave industrial. En el caso de los inmuebles, la duración mínima del contrato es de diez años pero con otros bienes se reduce a dos años.
Es una opción muy interesante para las pymes que están dando sus primeros pasos y no pueden realizar una gran inversión inicial para comprar los medios que necesitan.
También es una buena alternativa para mantener la liquidez pues en vez de comprar, simplemente alquilas pagando una cuota mensual.
Otro aspecto interesante del leasing es que, al terminar el contrato, tienes la posibilidad de comprar por el precio residual; es decir, descontando la cantidad que ya has pagado, lo cual te permitirá repartir el costo de bienes muy caros.
Para acceder al leasing, las pymes tendrán que presentar algunos documentos y garantías:
- Últimos tres balances firmados por un contable, acompañados de las copias de la Declaración Jurada Fiscal.
- Detalle anual de ingresos y egresos, así como de activos y pasivos del negocio, certificados por un contable.
- Flujo de fondos estimado para el periodo que se solicita el leasing.
- Estado de Responsabilidad Patrimonial de los directores de la empresa.
- Cotización del seguro destinado a cubrir el bien sujeto al leasing.
Factoring: ¿Qué ventajas aporta a tu pyme y qué requisitos debes cumplir?
El factoring implica ceder los derechos de cobro de tus facturas a una empresa. En práctica, contratas a una empresa, denominada factor, para que te adelante el importe de las facturas que emites por la venta de productos o la prestación de servicios. A cambio de adelantarte ese dinero, la empresa cobrará una pequeña comisión.
Con esta estrategia las pymes pueden seguir cobrando sus facturas sin tener que esperar a que el deudor las pague. Conseguirás una liquidez inmediata sin solicitar un crédito bancario, de manera que podrás continuar con tu negocio.
Si eliges el factoring sin recurso, la empresa factor asumirá el riesgo de impago por parte del deudor, aunque esta alternativa también es más costosa. En el caso del factoring con recurso, serás tú quien responda en caso de impago de tus clientes.
Para acceder al factoring, las pequeñas empresas tienen que aportar algunos documentos que funcionan como garantías:
- Balances y cuentas de explotación de los dos últimos ejercicios, certificados por un contable.
- Acreditación de situación al corriente en el pago de los impuestos.
- Relación de clientes que se someten al factoring, en la que debes indicar las cifras de venta anuales, los plazos y los sistemas de cobro.
En la mayoría de los casos las pymes también deben presentar avales económicos, que pueden dificultar el acceso al leasing o factoring. Sin embargo, con la garantía de ConAvalSí podrás negociar condiciones más ventajosas para tu negocio. Aportamos las garantías y avales necesarios para facilitar el acceso a líneas de financiación necesarias para hacer crecer tu negocio o poner en marcha tus nuevos proyectos de negocios.
Situación Económica de la Pyme en España en 2017

En el pasado estudio realizado por CESGAR sobre la situación de la financiación de la pyme en España se analiza el panorama del primer trimestre de 2017 ilustrado en la siguiente infografía. Recientemente, se ha sido publicado el V Informe que recoge los resultados del panorama de la financiación de la pyme en el segundo semestre.
En esta infografía se ilustra la comparativa de diversos puntos clave del informe del primer y segundo semestre de 2017 con el fin de poder apreciar los cambios y evolución en el panorama de la financiación de la pyme.
Como puntos a destacar, debemos señalar la reducción en más de dos puntos del porcentaje del número de pymes que solicitan financiación en este segundo periodo y como las pymes exportadoras, así como innovadoras, startups en muchos casos, son aquellas que mayor necesidad de financiación requieren.
En lo relativo al destino de la financiación, sigue siendo el circulante la mayor necesidad de las pequeñas y medianas empresas, aumentando la inversión destinada a inmuebles y disminuyendo la inversión en equipo productivo.
Entre los principales productos financieros los bancos siguen representando una de las herramientas más requeridas, sin embargo, son muchas las pymes que ven frenado su solicitud de financiación por la falta de las garantías y avales necesarios requeridos por las entidades bancarias.
Las SGR, con proyectos como ConAvalSí, supusieron en ambos periodos una solución efectiva para ayudar y apoyar a los empresarios en la consecución de las garantías requeridas y en la negociación de mejores condiciones en plazos e intereses del préstamo solicitado.
Creciendo en casi un 80% las resoluciones positivas en la concesión de financiación bancaria en el segundo.
Infografía de la situación económica de la Pyme en España
Errores que debes evitar al pedir un préstamo

Ya seas una pequeña empresa (pyme) o un autónomo, es probable que en algún momento necesites un apoyo económico adicional para financiar el circulante, comprar equipos productivos e inmuebles o sacar adelante proyectos de innovación. Solicitar un préstamo puede ser una buena opción, pero debes asegurarte de no cometer algunos errores que, a la larga, podrían salirte muy caros.
Si eres una pyme o un autónomo, ¿qué no debes hacer a la hora de solicitar un préstamo?
1. No buscar opciones.
Si necesitas un préstamo, el primer impulso será acudir a tu banco. Es lógico ya que, al ser cliente, piensas que te darán ciertas ventajas y te facilitarán las condiciones. No siempre es así, por lo que antes de solicitar un préstamo deberías valorar la mayor cantidad de opciones posibles. Es probable que encuentras alternativas más convenientes que no impliquen la mediación de un banco y ofrezcan mejores condiciones de financiación, como el crowdlending o las sociedades de garantía.
2. No presentar un plan de negocios sólido.
Un préstamo siempre representa cierto nivel de riesgo para el inversor, por lo que querrá echar un vistazo a las cifras de tu negocio y saber cómo planeas devolverle su dinero. Además del entusiasmo por el proyecto o tus años de experiencia en el sector, para solicitar un préstamo debes presentar un buen plan de negocios que incluya balances, previsiones de ventas y posibles resultados. Aportar contratos o precontratos con clientes también brinda más seguridad y da una imagen de solvencia.
3. Solicitar el préstamo erróneo.
Un error común que puede conducirte al sobreendeudamiento consiste en pedir un crédito a largo plazo para solucionar problemas a corto plazo. También puede ocurrir lo contrario: solicitar préstamos a corto plazo para financiar activos de largo plazo, un error que puede ahogar tu negocio pues es muy difícil pagar en tres meses un bien que se amortiza en diez años.
Los créditos a corto plazo normalmente se destinan a cubrir necesidades imprevistas como la compra de productos para un nuevo proyecto ya firmado. Los créditos a pagar en un lapso de tres años son adecuados para pequeñas inversiones dirigidas a realizar mejoras y los créditos a largo plazo se deben solicitar solo para realizar inversiones importantes como la compra de un local o bienes muy caros para iniciar o ampliar el negocio.
4. No comprender la letra pequeña.
Algunas entidades publicitan préstamos para autónomos y pymes muy atractivos, pero cuando lees la letra pequeña descubres que en realidad no son tan convenientes. Antes de firmar un préstamo, asegúrate de saber exactamente cuál es la comisión por apertura, si debes pagar el notario, el costo del seguro, la tasa de interés y si se aplica sobre los saldos insolutos. No tengas miedo a preguntar.
5. No presentar los avales necesarios.
El 33,6 por ciento de las pymes consideran que el principal obstáculo para acceder a la financiación son las garantías exigidas, según reveló un informe de CESGAR. Si no cuentas con los avales adecuados, no podrás negociar condiciones más ventajosas. Con la ayuda de iniciativas como Con Aval Sí podrás negociar una reducción de los tipos de interés y la ampliación de los plazos de amortización, así como contar con un asesoramiento financiero durante todo el proceso.
¿Cómo reclamar las facturas impagadas?

Desde el inicio de la crisis económica, medio millón de pymes y autónomos han debido cerrar su actividad debido a los impagos. Según la ley, el sector público tiene un plazo máximo de 30 días para pagar, un periodo que se extiende a 60 días en el ámbito privado, pero el Boletín de Morosidad y Financiación Empresarial señala que el tiempo medio de pago es de 80 días.
Los deudores que superen esos plazos deberían pagar unos intereses bastante altos, pero en la práctica muchos autónomos y pymes terminan desistiendo de cobrar las deudas con tal de no enfrentar costosos litigios judiciales.
Sin embargo, existen otras vías para reclamar las deudas pendientes que no implican acudir a los juzgados.
Las vías más comunes para gestionar los impagos
Lo ideal es que logres gestionar los impagos sin necesidad de acudir a terceros. Contacta todas las veces que sean necesarias con el deudor y bríndale la posibilidad de renegociar la deuda.
Asegúrate de enviar cartas certificadas o burofax, de manera que si necesitas optar por la vía judicial, puedas presentar pruebas suficientes. Si no has logrado cobrar las facturas impagadas, puedes optar por una de estas opciones:
Empresas de recobro.
Hace unos años, una de las opciones más populares para gestionar los impagos era recurrir a las empresas de cobro de deudas, pero en los últimos tiempos cada vez menos autónomos y pymes solicitan sus servicios puesto que los índices de cobro de deudas han disminuido.
Las empresas de recobro suelen llevarse un porcentaje de la factura impagada intentando ofrecer opciones de negociación amistosa, como la posibilidad de renegociar las cuotas. Si la vía extrajudicial se agota, entrarán en juego sus abogados para reclamar por vía legal. En ese caso, debes saber que la ley te brinda la posibilidad de reclamar al deudor incluso los costos en los que hayas incurrido para cobrar las deudas pendientes.
Seguro de crédito.
Si cuentas con esta póliza, en caso de impago la aseguradora se hará cargo de un porcentaje de la deuda. El procedimiento suele ser el siguiente: al detectar el impago, lo notificas a la aseguradora, la cual tiene la obligación de pagar, contando seis meses a partir del aviso, el 50 por ciento de la cuantía pactada.
La aseguradora le reclamará el pago al deudor, por lo que la cantidad final que recibas dependerá de los gastos ocasionados por la gestión del impago. Algunas de estas pólizas también ofrecen un servicio de diagnóstico financiero de los clientes, para evitar el futuro riesgo de impago.
Notario.
Una de las vías tradicionales para cobrar las facturas impagadas es el requerimiento notarial, un acta en la que notificas al deudor la existencia de la deuda impagada y le instas a pagar. Mediante este procedimiento no solo intentarás cobrar rápidamente la factura sino que también logras interrumpir el plazo de prescripción de la reclamación del pago. Además, podrás recuperar el IVA repercutido en la factura impagada.
La otra vía es el procedimiento monitorio notarial. Funciona de manera similar al acta notarial pero si el deudor no te paga, te faculta para interponer una demanda judicial ejecutiva y solicitar directamente el embargo de sus bienes. Así logras acortar el plazo de apertura de la vía judicial y reduces el riesgo de que el deudor se declare insolvente.

El panorama de las Pymes en España en los últimos seis meses, refleja claramente la necesidad de inversión y financiación de las pequeñas y medianas empresas en nuestro país. El IV Informe de La Financiación de la Pyme en España, publicado por CESGAR el pasado mes de marzo, es un fiel y detallado reflejo del panorama. Un estudio que realiza un recorrido por los diferentes ámbitos, destacando los principales sectores y áreas con necesidades de financiación y las dificultades e impedimentos que encuentran las Pymes para financiarse. Dentro de estas dificultades se analizan los diferentes instrumentos de financiación como las SGRS con proyectos como Con Aval Sí, que se muestran como una de las vías de éxito ante la dificultad de encontrar avales y garantías que solicitan las entidades bancarias para la financiación de las pymes .Se definen como instrumento indispensable para conseguir una financiación con condiciones más competitivas para los empresarios.

¿Cómo conseguir dinero para empezar tu negocio?

Si tienes una idea de negocio pero no dispones del capital necesario para llevarla a cabo, no siempre es necesario solicitar una línea de crédito convencional con una entidad financiera, un camino particularmente difícil para las startups. Puedes explorar diferentes vías de financiación para emprendedores, autónomos y pymes, tanto en el ámbito estatal como en el privado.
Las mejores vías más para encontrar la financiación que necesitas para tu proyecto:
1. Sociedades de Garantía (SGR)
Estas entidades sin ánimo de lucro tienen la misión de facilitarles la financiación a pymes y autónomos a través de la concesión de avales financieros. Al actuar como garantes de tu deuda, podrás acceder a una línea de crédito con condiciones mejoradas, ya sea una reducción de los tipos de interés y/o una ampliación de los plazos de amortización. Las SGR también pueden ayudarte con los anticipos de subvenciones, el aplazamiento de pagos a proveedores y las operaciones de leasing. Para acceder al aval tendrás que adquirir participaciones muy económicas al convertirse en socio de una SGR, pero cuando canceles el crédito podrás recuperar el importe invertido.
2. Crowdfunding
Si tienes una idea de negocio que sea original y pueda generar un gran impacto, una vía para encontrar financiación es a través del crowdfunding. Este tipo de financiación se basa en el micromecenazgo, muchas personas interesadas en tu proyecto se convierten en inversores. Como contraprestación, esas personas pueden recibir el producto que planeas producir, acciones en la empresa, una parte de los beneficios de la misma o simplemente aprovechar los intereses sobre el préstamo. A diferencia de los préstamos de las entidades financieras, en el crowdfunding el aval es la confianza en el proyecto, por lo que es fundamental que conectes con el público y propongas una idea innovadora y de calidad. Todo lo relacionado con esta forma de financiación para autónomos y pymes está regulado mediante la Ley de Fomento de la Financiación Empresarial.
3. Concursos de ayudas para emprendedores.
Si quieres crear una startup o tienes una idea en fase de desarrollo, los encuentros y concursos para emprendedores que se realizan en España a lo largo del año son ideales. En estos actos, el Estado reúne a los emprendedores con un grupo de expertos, asesores y empresarios de éxito para que compartan sus conocimientos. No solo podrás aprender de los mejores, sino que los premios incluyen ayudas económicas y/o asesoramiento individualizado para tu negocio. El Premio Emprendedor de la Fundación Everis, por ejemplo, brinda 60.000 euros y 10.000 en apoyo y asesoramiento, aunque existen más opciones.
4. Ayudas del estado para las startups.
El Estado también brinda ayuda y subvenciones para facilitar el camino a las startups. Existen diferentes organismos que operan a nivel regional, aunque uno de los más conocidos a nivel nacional es el Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial, entre cuyas funciones se encuentra proporcionar ayudas económicas a los proyectos empresariales de I+D+i.
Bonificación de contratos para pymes

Si tienes una pyme y estás pensando en iniciar un proceso de selección de personal para contratar nuevos empleados, debes tener en cuenta que por cada trabajador tendrás que abonar una cuota a la Seguridad Social, que se calcula según diferentes factores, entre ellos el tipo de contrato laboral y el convenio establecido. Si tu volumen de facturación no es muy grande, esas cuotas adicionales pueden representar un gasto anual considerable, pero puedes reducirlas aprovechando las bonificaciones estatales dirigidas a incentivar la contratación.
¿Qué requisitos deben cumplir las pymes?
Para acceder a las bonificaciones de contratación es necesario que las pymes y empresas cumplan algunos requisitos:
1. Estar al corriente en el pago de tus obligaciones tributarias y también en las cuotas de la Seguridad Social.
2. No debes haber cometido ninguna infracción de carácter grave que te impida aplicar para estas bonificaciones.
3. El trabajador que contrates debe estar en situación de desempleo e inscrito en el Servicio Público de Empleo (SEPE) pues las bonificaciones no se aplican a los contratos laborales que solo impliquen un cambio de empleo.
¿Cuáles son las principales bonificaciones en la Seguridad Social?
1. Contratación a tiempo indefinido.
Independientemente del perfil del trabajador, si decides incorporar a un empleado con un contrato laboral indefinido podrás ahorrar 500 euros en las cotizaciones durante tres años, pero debes tener al menos diez trabajadores a tu cargo y no podrás haber despedido a nadie durante los últimos seis meses.
2. Contratación de jóvenes.
Si contratas a jóvenes de menos de 30 años podrás aprovechar un descuento de 83,33 euros al mes hasta un total de 1.000 euros anuales durante el primer ejercicio. En el segundo año podrás aplicar 91,67 euros al mes o 1.100 euros al año y durante el tercer año 100 euros al mes o 1.200 euros anuales. Lo más interesante es que esta bonificación es compatible con otras, siempre y cuando no cubras por completo la cuota de la Seguridad Social.
3. Contratación de mujeres.
Si empleas a una mujer, puedes aprovechar una bonificación de 108,33 euros al mes o 1.300 euros al año. Si es mayor de 45 años o se trata de un empleo donde las mujeres están subrepresentadas, la bonificación aumenta a 125 euros al mes o 1.500 euros al año.
4. Contratación de personas mayores de 45 años.
Esta bonificación está pensada para las personas en situación de paro de larga duración, por lo que para aprovecharla el trabajador que contrates debe haber estado dado de alta en el SEPE durante al menos un año en los últimos 18 meses. La bonificación es de 108,33 euros o 1.300 euros anuales.
5. Contratación de personas con discapacidad.
En este caso se aplica una reducción del 50 por ciento en las cuotas a la Seguridad Social, aunque la cuantía varía dependiendo del grado de discapacidad, hasta un máximo de 6.300 euros.
Aunque la mayoría de las bonificaciones no son compatibles entre sí, es conveniente que revises la lista de bonificaciones que se aplican a los diferentes colectivos y tipos de contratos laborales.
Los gastos que puedes deducir si eres Autónomo

Si eres autónomo, existen una serie de gastos que puedes deducir, pero es conveniente que sepas exactamente cuáles son. Ya que la Agencia Tributaria los revisará con lupa. La regla general es muy sencilla: puedes deducir todos los gastos que estén directamente relacionados con tu actividad económica, siempre y cuando estén justificados con las correspondientes facturas y registrados en tu contabilidad.
Los principales gastos que puedes deducir:
1. Consumos y mantenimiento.
Puedes deducir todas las compras de productos, ya se trate de mercancías o materias primas, que necesites para realizar tu actividad económica. También puedes desgravar los gastos en los que incurras por concepto de mantenimiento y/o reparación, ya sea del local donde trabajas o de los equipos que utilizas, a menos que se cataloguen como mejoras.
2. Gastos de los trabajadores.
Si tienes empleados a tu cargo, todos los gastos en los que incurras son deducibles, desde su nómina, retribuciones e indemnizaciones hasta las cuotas de la Seguridad Social, los gastos de formación y las contribuciones a los planes de pensiones.
3. Arrendamientos, cánones y tributos.
Puedes desgravar el alquiler del local donde trabajas o las cuotas del vehículo en leasing, así como los cánones que debas pagar. También podrás deducir el impuesto de bienes inmuebles, el impuesto de actividades económicas y cualquier otro tributo o tasa estatal.
4. Servicios de profesionales independientes.
Puedes deducir las facturas de todos los profesionales independientes a los que hayas recurrido para realizar tu actividad, así como de mediadores y agentes comerciales.
5. Gastos financieros.
Si tienes un crédito como autónomo, puedes deducir los intereses así como los gastos por servicios bancarios y los recargos por aplazamientos de pago, incluyendo los de la Agencia Tributaria.
6. Servicios externos.
Puedes desgravar los gastos en publicidad, relaciones públicas, subscripción a revistas profesionales, gastos de eventos y cursos, cuotas a asociaciones empresariales, facturas de agua, luz y gas e incluso las primas del seguro de enfermedad, también las de tu pareja e hijos menores de 25 años que vivan contigo, hasta un máximo de 500 euros por persona.
En el caso del IVA soportado, solo podrás deducirlo del IRPF si no es desgravable de la declaración trimestral del IVA.
Las deducciones más controvertidas con las que debes tener cuidado
El principal problema suele surgir cuando se trabaja en casa, aunque desde el año pasado los autónomos pueden deducir del IRPF los suministros del hogar en proporción al espacio que utilizan. Si vives en alquiler, puedes pedirle al propietario que te haga dos facturas y podrás deducir una de ellas.
En el caso del vehículo, si lo destinas únicamente a tu actividad económica, puedes desgravar el gasto de combustible y el IVA, pero si no es así, podrás deducir el 50 por ciento del IVA del coche y de los gastos que conlleva. Respecto al teléfono y ADSL, si solo tienes una línea de móvil podrás deducir el 50 por ciento del gasto ya que se considera que el resto se destina a uso personal.