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Contabilidad
La contabilidad es esencial para la salud financiera de tu negocio. Aquí encontrarás información sobre cómo gestionar las cuentas, cumplir con las obligaciones fiscales y optimizar la administración de los recursos, garantizando el cumplimiento normativo y la sostenibilidad a largo plazo de tu negocio.
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Consigue un aval para obtener financiación de circulante ¿Cómo cubrir los pagos de tu pyme?

Si tienes un negocio, una de tus principales preocupaciones será encontrar nuevos clientes e incrementar las ventas. Sin embargo, si no reparas en tu política de cobros, es probable que se produzca un desfase temporal entre los pagos a los proveedores y los de los clientes.
En ese caso, el activo circulante de la empresa no será suficiente para cubrir los pagos. Esta situación es más habitual de lo que parece: el 75,9% de las pymes que necesitaron ayuda financiera en 2022, la destinaron precisamente a financiar el circulante, según el XII Informe sobre la Financiación de la Pyme de Cesgar , una necesidad que lleva tres años consecutivos ganando peso.
¿Qué es la financiación de circulante?
La financiación de circulante es aquella que consigue la empresa para hacer frente a sus pagos a corto plazo. Cuando existe una gestión financiera inadecuada, el negocio puede incurrir en un gasto excesivo que le impide afrontar los pagos, por lo que necesita acceder a una fuente de financiación adicional que le permita cumplir con los compromisos económicos contraídos, ya se trate de los pagos a proveedores o los costes de personal.
Tipos de financiación de circulante
La financiación de circulante se utiliza para cubrir diferentes activos a corto plazo, por lo que es importante que elijas la modalidad más conveniente para tu pyme entre las principales fórmulas que se aplican en la actualidad:
- Préstamo a corto plazo
El banco ofrece a la empresa una cantidad fija a devolver en un plazo de tiempo relativamente corto, que no suele superar los 18 meses. Puedes recurrir a este tipo de financiación de circulante para cubrir la compra de existencias, realizar anticipos de clientes, proceder con los pagos de nóminas o satisfacer otras necesidades de liquidez del negocio.
La principal ventaja de esta forma de financiación es la facilidad de acceso, pues, al tratarse de cantidades más pequeñas, se exigen menos requisitos y, en algunos casos, incluso puedes solicitarla online. Aun así, debes tener en cuenta que aumentará el endeudamiento de tu empresa y tendrás que pagar unos intereses elevados.
- Línea de crédito
La empresa puede disponer de los fondos que le concede el banco durante un periodo de tiempo determinado, generalmente durante un año. A diferencia del préstamo, no tienes que utilizar todo el importe, sino tan solo aquel que necesites en cada momento. Por tanto, es una alternativa de financiación ideal cuando no conoces el importe exacto a financiar o careces de ingresos regulares, ya que no tendrás que pagar cuotas periódicas, sino tan solo al final de la vigencia de la línea de crédito.
Más allá de la flexibilidad, inmediatez y comodidad que representa esta solución, debes saber que sus gastos asociados pueden ser más elevados que los de otras vías de financiación. Es cierto que solo pagarás intereses por la cantidad que realmente utilizas, pero en muchos casos también se aplica un pequeño porcentaje por el capital no dispuesto, lo cual se conoce como comisión de disponibilidad. También tendrás que afrontar gastos de formalización y una comisión de apertura.
- Línea de descuento comercial
El banco concede una línea de descuento cuando la empresa presenta títulos de crédito a descontar, ya sean facturas, letras, pagos domiciliados o pagarés antes de su vencimiento. El banco aplica intereses según el plazo de vencimiento y un recargo de devolución cuando el crédito no es atendido.
Este instrumento financiero es muy flexible, puesto que te permite acceder a los recursos a medida que los vayas necesitando. También destaca por su rapidez, una vez que la línea de descuento esté abierta. Pese a ello, suele demandar un esfuerzo económico elevado cuando se suman los costes de la operación, sus intereses y las respectivas comisiones. Otro inconveniente que debes valorar es el riesgo de sobrefinanciación, pues puede ser difícil ajustar los recursos económicos a tus necesidades específicas de financiación.
- Descubierto en cuenta corriente
La entidad bancaria permite que la empresa disponga de cierta cantidad por encima de su saldo. En práctica, cuando tu cuenta se queda en números rojos, el banco te concede una especie de crédito para que puedas evitar los impagos y sigas trabajando con normalidad.
Este tipo de financiación de circulante es muy conveniente para salir de un apuro puntual rápidamente, pero suele estar sujeta a elevadas comisiones e intereses. La posibilidad de seguir operando, generalmente, se grava con una comisión por descubierto que se aplica al saldo adeudado más alto y, si tardas en volver a tener liquidez, estarás sujeto a intereses de demora y una comisión por reclamación de descubierto.
- Anticipo de recibos o facturas
Es una especie de cesión de crédito comercial, ya que el banco anticipa los recibos de la empresa antes de que esta los cobre, de manera que dispones inmediatamente de liquidez. De hecho, es una solución a la que puedes recurrir para compensar el desajuste temporal que suelen causar los clientes que pagan a plazo.
Con este tipo de financiación del circulante podrás sacar partido a la liquidez de tus activos comerciales, ingresando el dinero que han generado tus operaciones lo antes posible. También podrás reducir el ratio de endeudamiento a nivel contable, pero recuerda que esta opción también implica el pago de intereses y comisiones, que pueden llegar a ser elevadas si algunos recibos quedan desatendidos en el momento del vencimiento.
- Factoring
En este caso, se cede el derecho a cobro de los créditos comerciales de la empresa, de manera que el banco se encarga de gestionar su cobro y te los pagará por anticipado para que tengas liquidez. Como norma, podrás recibir por adelantado entre el 80 y el 95% del importe de las facturas, así como los documentos que hayas cedido a la entidad financiera.
Suele ser una opción interesante para los proveedores de grandes empresas que pagan más tarde o como medio de financiación para los negocios en expansión que quieren seguir creciendo. Esta alternativa permite reducir los riesgos financieros y elimina el trabajo burocrático y de gestión de cobros, ayudándote a incrementar tu solvencia. A pesar de ello, suele tener un interés elevado, normalmente mayor que el descuento comercial convencional, y no es raro que se excluyan ciertas operaciones o clientes, lo cual limita tus posibilidades de hacer negocios.
Descubre más sobre el factoring en nuestro artículo.
- Confirming
La empresa cede al banco la gestión de los pagos a proveedores y éste les da la opción de adelantar el importe antes del vencimiento, previo pago de intereses y comisiones. Por tanto, es una especie de factoring inverso. Con este tipo de financiación de circulante ahorrarás costes administrativos, podrás unificar los pagos, mejorar las previsiones de tesorería y, al mismo tiempo, brindar un servicio de financiación a tus proveedores.
En su caso, es una solución para obtener liquidez inmediata anticipando el cobro de sus facturas, lo cual les proporciona más seguridad y reduce el riesgo de impago. No obstante, a pesar de las ventajas para todas las partes implicadas, el confirming suele implicar el cobro de comisiones que aumentarán tus costes operativos. Además, puede generar cierta dependencia financiera en la empresa y limitar su flexibilidad económica ante situaciones imprevistas, por lo que es importante que te asegures de contar con los recursos suficientes para saldar tus compromisos de pago en las fechas previstas.
Conseguir un aval para obtener financiación de circulante
Si necesitas ampliar tu activo circulante, con el respaldo de un avalista podrás negociar mejores condiciones de financiamiento con la banca o, incluso, acceder a una línea de crédito más amplia. Las sociedades de garantía (SGR) ofrecen diferentes tipos de avales, especialmente pensados para facilitar las distintas operaciones a través de las cuales puedes acceder a la financiación de circulante.
Solo tienes que elegir una SGR de la zona en la que opere tu pyme y enviar la documentación necesaria para realizar el análisis de la operación. Si no tienes claro qué tipo de financiación de circulante necesitas, en la propia SGR podrán brindarte un servicio personalizado de asesoramiento financiero.
¿Qué es un aval?

En España existen más de 3 millones de empresas, aunque la inmensa mayoría son pymes, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística. Todos esos negocios generan riqueza y puestos de trabajo, pero, en algunas ocasiones, necesitan financiación externa para llevar a cabo sus proyectos, ya sea en sus inicios, para comenzar la actividad, o más adelante, para ampliar sus operaciones o afrontar una mala racha.
Uno de los principales escollos que encuentran tanto las pymes como los autónomos en su camino hacia la financiación suele ser el aval, un requisito que exigen muchas entidades financieras para proteger su inversión, exigencia también cuando se participaen la licitación de obras y concursos públicos.
¿Qué es un aval exactamente?
El aval es un contrato en el que se refleja el compromiso de cumplimiento de ciertas obligaciones ante un tercero. En práctica, una persona o entidad se compromete a garantizar tu deuda o las obligaciones no dinerarias que hayas contraído ante el acreedor, ya se trate de un banco, la Administración u otra empresa.
También conocido como fianza o afianzamiento, es un elemento complementario al contrato principal y se utiliza para aportar seguridad jurídica a las transacciones antes de llevarlas a cabo. Mediante este instrumento, el prestatario o receptor de los servicios reduce el riesgo al que se expone, pues si faltas a tus obligaciones, reclamará al avalista.
No obstante, para que ese compromiso sea válido, debe existir un contrato por escrito, que se suele oficializar con un aval notarial para proporcionarle un mayor respaldo legal, sobre todo en las transacciones comerciales. En ese caso, interviene un notario en el procedimiento para legitimar las partes, autentificar las firmas y asegurar la legalidad del aval.
¿Qué partes intervienen en un aval?
En un aval intervienen tres figuras perfectamente diferenciadas que cumplen distintos roles legales:
- Avalado. Es quien contrata el aval y se compromete a cumplir con la obligación principal, ya se trate de una pyme, un autónomo o una persona física.
- Beneficiario. Es el receptor del aval, quien ha solicitado la presentación del mismo, generalmente una entidad bancaria o la Administración pública.
- Avalista. Es la empresa u organización, como las Sociedades de Garantía Recíproca, que garantiza por medio del aval que el avalado cumplirá sus obligaciones, respondiendo por este ante el beneficiario en caso de incumplimiento.
Los principales tipos de avales con los que trabajan las empresas
En los ámbitos financiero y comercial en los que se desempeñan las empresas, es fundamental conocer la variedad de avales que existen y comprender su uso en los diferentes contextos para elegir la modalidad más adecuada, según la operación que necesitas garantizar:
Aval provisional
Este tipo de aval se usa, fundamentalmente, para participar en licitaciones públicas o subastas, ya que su objetivo es garantizar que la empresa mantendrá la oferta presentada. Actúa como una fianza provisional, por lo que, si el avalado accede al contrato de obra o suministro, tendrá que presentar otra garantía definitiva.
Aval financiero
Este tipo de aval suele ser necesario cuando solicitas un préstamo o crédito, ya que así el banco se asegura de recibir el pago. Se utiliza para respaldar las obligaciones financieras que contraen las empresas frente a terceros, ya se trate de líneas de crédito, préstamos bancarios o letras financieras.
Como este aval reduce el riesgo al que se expone el beneficiario, suele mejorar las condiciones de financiación para que las pymes y autónomos puedan obtener tipos de interés más bajos y plazos de devolución más amplios. También son una opción válida para cubrir el aplazamiento de pago o los préstamos ante la Administración.
Aval técnico
Estos avales garantizan que cumplirás con los compromisos no dinerarios que hayas contraído. Son comunes para respaldar importaciones y la ejecución de obras. También suelen ser un requisito para participar en concursos públicos y licitaciones, así como para garantizar las obligaciones legales contraídas con la Administración cuando se reciben subvenciones estatales.
La principal diferencia entre el aval técnico y económico radica en que el primero garantiza el cumplimiento de tus obligaciones contractuales, mientras que el segundo cubre tus compromisos de índole financiera.
Aval comercial
Esta modalidad de aval se usa en las compraventas para garantizar el pago de la cantidad acordada. Se puede emplear para avalar todo tipo de bienes, así como el fraccionamiento de los pagos a los proveedores, las sumas que entregas de manera anticipada y los pagos a cuenta.
También se puede utilizar para avalar pagos rotativos, como los que se realizan cuando recibes suministros periódicos. De hecho, es habitual en acuerdos de suministros y en las transacciones entre empresas cuando median sumas elevadas.
¿Cuándo se necesita un aval?
A lo largo de la vida de una empresa, es probable que atraviese diferentes situaciones en las que necesite un aval. En 2022, por ejemplo, el 56,2 % de las pymes españolas necesitaron financiación, según el XII Informe de Financiación de la Pyme, lo cual representa un aumento de 21,4 puntos porcentuales en comparación con los datos prepandemia del 2019.
Sin embargo, el 49,2 % de ellas encontraron obstáculos para acceder al crédito, un 12,5 % más en comparación con 2021. El coste de la financiación es el principal escollo, debido, fundamentalmente, al aumento de la inflación y el consecuente incremento de los tipos de interés, pero la segunda barrera más importante es no poder presentar garantías, un problema que afecta al 18,2 % de las empresas y que ha aumentado en 3,4 puntos porcentuales respecto a 2021.
De hecho, según dicho informe, en 2022 se disparó el número de pymes a las que las entidades bancarias les han solicitado avales, pasando del 37,3 % en 2021 al 43,7 % actual.
La mayoría de las empresas pide avales financieros para acompañar las solicitudes de financiación bancaria al circulante. Generalmente, se trata de préstamos a corto plazo que la empresa utiliza para hacer frente a los pagos.
Los avales técnicos son menos comunes: en 2022 los solicitaron el 2,6 % de las empresas para garantizar la entrega del producto o servicio contratado en tiempo y forma. Es probable que necesites recurrir a estos avales si vas a participar en licitaciones y concursos públicos, ya que la Administración querrá cerciorarse de que puedes cumplir con las obligaciones que contraigas. También los necesitarás para acceder a proyectos de gran envergadura en el sector privado.
Las empresas también suelen solicitar avales para obtener la financiación bancaria imprescindible para realizar inversiones. Esas garantías pueden servirte para mejorar la infraestructura de tu empresa, ampliar el almacén, contratar más personal o, incluso, poner en marcha un proceso de internacionalización.
Los negocios de reciente constitución, que suelen tener más dificultades para acceder a préstamos por la falta de historial crediticio y garantías, también recurren a menudo a los avales para financiar la compra de equipamiento o el alquiler del local.
¿Cómo obtener un aval?
Si necesitas presentar una garantía para impulsar tu negocio o garantizar su funcionamiento, debes tener claro el camino a seguir y los documentos a presentar para agilizar el proceso:
- Cada entidad determina el proceso a seguir para los solicitantes de avales, pero suelen establecer dos requisitos fundamentales: la empresa no puede estar en concurso de acreedores y debe encontrarse al corriente de los pagos en la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.
- Tendrás que presentar diferentes documentos, entre ellos la memoria de la actividad económica, donde se reflejen tus principales objetivos de negocio, así como los productos y/o servicios que ofreces. También tendrás que presentar la cuenta de pérdidas y ganancias de los dos últimos ejercicios cerrados y del actual. Si se trata de una empresa nueva, tendrás que presentar el plan de negocio, en el cual debe quedar claro su viabilidad y la estimación de los beneficios, ya que estos serán los que te permitan devolver el préstamo.
- Con esta información en mano, el banco o la SGR evaluará el nivel de riesgo que representa la operación, y decidirá si puede avalarte o no. Si consideran que la operación es viable, te informarán sobre los costes y condiciones ulteriores.
SGR: La vía más sencilla, rápida y económica para conseguir un aval
En 2023, las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) formalizaron avales por valor de 2.568 millones de euros, lo que supuso un incremento del 12% en el importe facilitado a pymes y autónomos con respecto al año anterior. La financiación facilitada por las SGR ya beneficia a 175.616 pequeñas y medianas empresas y contribuye al mantenimiento de 977.577 puestos de trabajo, según datos de CESGAR.
El principal objetivo de estas sociedades es facilitar el acceso a la financiación a pymes y autónomos. El aval de una SGR te sitúa en una posición más ventajosa para negociar con la entidad bancaria, de manera que podrías obtener una reducción de los tipos de interés y/o una ampliación de los plazos de devolución.
La gama de productos de las SGR para autónomos y los avales para pymes es muy amplia. Pueden avalarte tanto si necesitas un microcrédito de 25.000 euros como si solicitas un préstamo de hasta 100.000 euros. También pueden ayudarte si necesitas aplazar el pago de las compras a proveedores, recibir un anticipo de subvenciones, realizar operaciones de leasing o acceder a una Línea ICO.
Una característica que distingue a las SGR del resto de entidades financieras es que financian a largo plazo los proyectos empresariales. El 90 % de los proyectos financiados son a más de 3 años, de los cuales el 45 % son a más de 8 años.
¿Qué coste tiene un aval?
El aval es un producto de riesgo, por lo que siempre tiene un coste para quien lo contrata.
Una de las principales ventajas de los avales de las SGR es que tienen costes más reducidos. Estas sociedades suelen aplicar una comisión de estudio al inicio, que se calcula en base al riesgo de la operación, y una comisión de aval anual, que implica un porcentaje sobre el principal pendiente de amortización.
Cuando acepten tu proyecto, tendrás que adquirir participaciones sociales en proporción al préstamo solicitado para adquirir la condición de socio, pero cuando termine la operación podrás recuperar ese capital.
¿Qué es el IBI y cómo se calcula?

Si eres propietario de un local o una oficina, tendrás que hacer frente a diferentes gastos fijos. Uno de esos gastos es el IBI, que se paga todos los años. Saber cuándo pagar el IBI y cuánto es, te ayudará a evitar multas y a incluirlo en tu presupuesto de negocio para no tener sorpresas.
Tipo de impuesto | Directo |
---|---|
Recaudador | Ayuntamiento |
¿Quién lo tiene que pagar? | Todas las personas físicas y jurídicas que sean titulares de propiedad, superficie, usufructo y concesión administrativa sobre inmuebles, ya sean urbanos, rústicos o de características especiales. |
¿Cómo calcular cuánto tendré que pagar de IBI? | Para calcular el IBI, se necesita el valor catastral del inmueble, que se determina por el valor del suelo y las construcciones en él. |
¿Cómo saber el valor catastral de mi casa? | Se puede obtener en el portal de la Dirección General del Catastro del Ministerio de Hacienda (deberás ser propietario del inmueble). También puedes comprobar el valor catastral a través de tu último recibo del IBI. |
¿Cuál es la fecha de pago del IBI? | El 1 de enero de cada año, pero cada Ayuntamiento decide cómo y cuándo se paga. |
¿Qué es el IBI o Impuesto sobre Bienes Inmuebles?
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo directo de carácter obligatorio gestionado por los Ayuntamientos, aunque algunos pueden delegar su cobro en otros entes. Este impuesto grava la titularidad de los derechos de propiedad, usufructo, superficie y concesión administrativa sobre inmuebles, ya sean urbanos, rústicos o de características especiales.
La naturaleza de una propiedad, si es rústica o urbana, depende de cómo se clasifica el suelo por la Dirección General del Catastro. Sin embargo, los edificios especiales, como las presas, embalses, túneles de peaje, autopistas, carreteras, puertos comerciales y aeropuertos se clasifican según sus características técnicas. Son conjuntos complejos de uso especializado con diferentes estructuras, considerados como un solo bien inmueble para el catastro.
¿Quién debe pagar el IBI?
Todas las personas naturales o jurídicas que tengan derechos sobre los bienes inmuebles deben pagar el IBI. De hecho, este impuesto no solo se aplica al derecho de propiedad, sino también al derecho de superficie, usufructo o concesión administrativa.
En el caso de las oficinas o locales alquilados, lo habitual es que sea el propietario quien se encargue de pagar el IBI. Si el dueño y el inquilino lo acuerdan en el contrato de alquiler, el propietario puede cobrarle al inquilino el IBI según lo acordado.
Al vender la propiedad, el vendedor paga el IBI porque se aplica desde el primer día del año, cuando el vendedor es el propietario. El vendedor puede ir a los Tribunales para recuperar los días pendientes desde la venta hasta fin de año.
En el caso de los inmuebles con deudas pendientes por IBI, es probable que exijan su pago al nuevo propietario. Por esa razón, antes de adquirir un inmueble es recomendable que investigues si tiene el pago del IBI al día. En la actualidad, los notarios están obligados a pedir esa información y deben facilitarla a los compradores

¿Cuál es la fecha de pago del IBI?
Este impuesto se paga cada año el 1 de enero, pero cada Ayuntamiento decide cómo y cuándo se paga, así como las facilidades para hacerlo. Ten en cuenta que, si pagas fuera de plazo, incurrirás en una sanción tributaria. Te exigirán la deuda por vía ejecutiva con un recargo que varía desde el 5 hasta el 20% sobre la cuota a pagar.
Existen diferentes opciones para realizar el pago. Puedes hacerlo de manera presencial en las sucursales de las entidades bancarias o por cajero electrónico en las entidades colaboradoras. También podrás pagar el IBI por banca telefónica, a través de Internet o puedes recurrir a la domiciliación bancaria.
¿Cómo calcular el IBI?
Para calcular el IBI, se necesita el valor catastral del inmueble, que se determina por el valor del suelo y las construcciones en él.
El Catastro Inmobiliario calcula el valor de un inmueble. Esto se hace considerando su ubicación, valor en el mercado, coste de construcción, antigüedad, uso, valor del suelo y características urbanísticas. Normalmente, ese valor es menor al 50 % del actual valor de mercado del inmueble y se actualiza anualmente, según los Presupuestos Generales del Estado.
La Administración revisa los valores de los inmuebles cada 10 años, lo que suele resultar en subidas en el importe a pagar.
Sobre la base liquidable, los Ayuntamientos aplican un gravamen que distingue entre los bienes urbanos, rústicos o de características especiales. El tipo de propiedad afecta al cálculo del IBI, especialmente la diferencia entre propiedades urbanas y rústicas en cada municipio.
En el caso de los inmuebles urbanos, ese gravamen oscila entre el 0,4 y el 1,1 %, con algunas excepciones que pueden alcanzar hasta el 1,17 %. No obstante, en el caso de los inmuebles rústicos, el gravamen varía entre el 0,3 y el 0,9 %. Aquí puedes comprobar la actualización de los valores catastrales por coeficientes en tu municipio.
Cabe aclarar que el pago del IBI por el local donde se encuentra tu negocio es un gasto fiscalmente deducible. Si eres autónomo y trabajas en casa, puedes deducir parte del IBI. La deducción se calcula según los metros cuadrados notificados a Hacienda y tu porcentaje de propiedad en el inmueble. Esta posibilidad está contemplada en la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, aprobada en 2017.
Exenciones y bonificaciones del IBI
Algunas propiedades del Estado, comunidades autónomas y entidades locales están libres de pagar el IBI. Estas propiedades se utilizan para la seguridad ciudadana, defensa nacional, educación o servicios penitenciarios. También están exentos los bienes comunales del Ayuntamiento que utilicen los vecinos, así como los bienes que pertenecen a la Iglesia Católica y la Cruz Roja.
No pagan el IBI los bienes culturales, los bienes comunales y montes vecinales. Tampoco la superficie de los montes poblados con especies de crecimiento lento. Además, no pagan el IBI los terrenos ocupados por vías de tren y carreteras públicas. Por último, también están exentos del pago del IBI aquellos bienes que tienen exenciones internacionales, como las embajadas o consulados.
Además de las bonificaciones al IBI que aprueben los diferentes Ayuntamientos, a nivel nacional se aplica:
● Descuento del 50 al 90 % en propiedades para empresas de construcción, urbanización y promoción inmobiliaria.
● Bonificación del 50 % sobre las viviendas de protección oficial durante los tres primeros años.
● Bonificación del 95 % sobre los bienes rústicos de las cooperativas agrarias o de explotación comunitaria de la tierra.
● Descuento de hasta el 50 % en impuestos para inmuebles con infraestructuras de recarga aprobadas por el Ayuntamiento.
¿Qué son las exenciones rogadas y potestativas?
Las exenciones rogadas son aquellas que se aplican cuando el interesado lo solicita porque el inmueble cumple con los requisitos legales. Los centros docentes acogidos al régimen de concierto educativo pueden solicitar la exención de impuestos para los inmuebles destinados a la enseñanza. Esta exención se aplica a la superficie ocupada por la enseñanza concertada.
Los monumentos y jardines históricos de interés cultural registrados en el Patrimonio Histórico Español pueden solicitar una exención rogada. Esto también aplica a las áreas de montes donde se hacen repoblaciones forestales o regeneración de árboles.
Sin embargo, para poder solicitar esta exención, es necesario tener proyectos aprobados por la Administración forestal. En ese caso, la exención tendrá una duración de 15 años a partir del periodo impositivo siguiente al que se realizó la solicitud.
En cambio, las exenciones potestativas dependen de los Ayuntamientos. Los centros sanitarios públicos, así como algunas propiedades rurales y urbanas, están exentos del IBI, si su cuota líquida no supera la cantidad establecida por la ordenanza fiscal. También se pueden aplicar bonificaciones de hasta el 90 % a las familias numerosas.
Hay exenciones para entidades sin fines de lucro como fundaciones, asociaciones de utilidad pública, federaciones deportivas y asociaciones benéficas.
También se suele eximir del pago del IBI a los inmuebles que han sufrido daños considerables por fenómenos meteorológicos adversos o catástrofes. En ese caso, se aprueban decretos-leyes para ayudar a las zonas afectadas y recuperarse de los daños ocasionados.

¿Qué es el CNAE?

Si te estás planteando emprender una actividad empresarial, tendrás que realizar varios trámites y obtener algunos códigos identificativos que te proporcionen plena competencia jurídica y comercial. Uno de los primeros pasos consiste en elegir el tipo de servicio que proporcionarás o la producción que desarrollarás para determinar el código de la actividad económica que te corresponde.
CNAE: ¿en qué consiste?
La Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) es un sistema de numeración que agrupa y clasifica todas las empresas y autónomos en base a su actividad económica. A cada unidad se le asigna una letra y cuatro dígitos numéricos, el cual se conoce como Código CNAE. Los dos primeros dígitos se refieren a la división, el tercer número indica el grupo y el cuarto especifica la clase para concretar la actividad desarrollada.
¿Para qué sirve el CNAE?
El código de actividad económica es obligatorio para todas las sociedades. De hecho, es imprescindible para todos los agentes económicos que operen en el mercado europeo, ya sean empresas privadas, instituciones financieras o entes gubernamentales. Esta clasificación se utiliza con diferentes fines:
- Registro y gestión empresarial. Permite llevar un control más exhaustivo y monitorizar de manera efectiva las empresas que operan en España.
- Realizar estadísticas y análisis económicos. Proporciona información detallada sobre la composición de los diferentes sectores, por lo que sirve para recopilar y analizar datos socioeconómicos.
- Elaborar análisis de mercado. En el ámbito empresarial, la información del CNAE también se utiliza para realizar análisis de mercado, identificar oportunidades de negocio y elaborar informes sectoriales.
¿Cómo saber cuál es el CNAE de mi empresa?
El CNAE cuenta con 21 títulos mediante los cuales se intentan cubrir todas las actividades empresariales, divididos en grupos que van de la A a la U. El grupo A, por ejemplo, señala la “Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca” mientras que el grupo U se refiere a las “Actividades de organizaciones y organismos extraterritoriales”.
A su vez, cada una de esas categorías generales se subdivide en varios epígrafes, hasta llegar al cuarto nivel. Cada categoría se representa con una cifra que va detallando la actividad de la empresa u organismo. Por ejemplo, en el grupo J, el número 5811 corresponde a la edición de libros y en el grupo L, el código 6810 alude a la compraventa de bienes inmobiliarios por cuenta propia.
Si tienes una empresa, puedes conocer tu código CNAE accediendo al buscador de actividades económicas de la Agencia Tributaria. Introduce tu actividad, como “marketing” o “libros”, y luego haz clic en “Detalle” para ver el código CNAE que se encuentra dentro de la ficha.
¿Es posible convertir el código de IAE a CNAE?
El código IAE no coincide con el número CNAE y ni siquiera tienen las mismas finalidades, aunque se refieran a actividades económicas similares. El IAE tiene implicaciones fiscales, ya que determina la forma en que tributarás, mientras que el CNAE se utiliza para obtener y unificar datos de todas las empresas de los países miembros de la Unión Europea.
Cuando accedas al buscador de actividades económicas de Hacienda, verás que el IAE se estructura en tres secciones correspondientes a las actividades empresariales, profesionales y artísticas. En cada ficha podrás encontrar tanto los epígrafes IAE como los códigos CNAE equivalentes.
¿Dónde aparece el código CNAE?
El código de actividad económica se utiliza en muchos formularios e impresos, tanto oficiales como a nivel interno en la empresa. Las sociedades deben indicarlo en las escrituras de constitución, sus acuerdos sociales y las cuentas anuales que depositan en los registros públicos.
De hecho, si la empresa cambia su actividad económica en algún momento, tendrá que obtener un nuevo código CNAE y validarlo ante notario con la respectiva escritura pública que acredite el cambio del objeto social. Luego tendrás que asentarlo en el Registro Mercantil.
Por último, cabe aclarar que el código CNAE no vence, a menos que cambies tu actividad económica principal. Por tanto, solo tendrás que gestionarlo una vez, cuando empieces tu negocio.

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un tributo de carácter indirecto que recae sobre los consumidores. Sin embargo, como se paga al adquirir un producto o servicio, los empresarios se convierten en sujetos pasivos, por lo que deben aplicarlo en sus facturas para, posteriormente, ingresarlo a Hacienda a través del modelo 303.
¿Qué es el modelo 303 y quién está obligado a compilarlo?
El modelo 303 es un formulario mediante el cual se declara a la Agencia Tributaria el IVA acumulado en las facturas. Por ese motivo, también se le conoce como “el modelo del IVA”. Incluye el cálculo del IVA soportado - el que aplicas en tus facturas a los clientes-, y el IVA repercutido - el que pagas para cubrir los gastos de tu actividad.
Todos los autónomos que desarrollen una actividad sujeta a IVA están obligados a presentar el modelo 303, independientemente del resultado de la declaración y aunque no hayan tenido actividad durante un trimestre.
También tendrás que rellenarlo si alquilas un local o piso que se utilice como oficina o lugar de trabajo. Solo están exentos los autónomos en régimen simplificado y de recargo de equivalencia, así como los agricultores, ganaderos y pescadores.
Los plazos de presentación del modelo 303
El modelo 303 de la AEAT se utiliza para declarar el IVA trimestral, por lo que tendrás que compilarlo cuatro veces a lo largo del año:
- Primer trimestre: del 1 al 20 de abril se presentan las facturas de enero a marzo.
- Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio se recogen las facturas de abril a junio.
- Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre se computan las facturas de julio a septiembre.
- Cuarto trimestre: del 1 al 20 de enero se suman las facturas de octubre a diciembre.
Cabe aclarar que los autónomos inscritos en el REDEME, un régimen especial de devolución mensual del IVA, tienen que presentar el modelo 303 cada mes.
Hacerlo fuera de plazo supone una sanción o recargo. Si te das cuenta del olvido y lo presentas antes de que llegue la multa de Hacienda, el recargo por presentar el modelo 303 más tarde es del 1 % fijo más otro 1 % adicional por cada mes completo de retraso. Si han pasado más de 12 meses desde el final del plazo, el recargo aumentará al 15 %.
En cambio, si es Hacienda quien se da cuenta del error, tendrás que ingresar lo que has dejado de pagar más un recargo que oscila entre el 50 y 150 % del importe dependiendo de si este supera o no los 3 000 euros.
No obstante, tienes la posibilidad de pedir una prórroga a Hacienda. Como autónomo, puedes aplazar el IVA 12 meses si tu deuda no supera los 30 000 euros, sin tener que justificar las cuotas repercutidas impagadas.
¿Cómo presentar el modelo 303 en la Agencia Tributaria?
Puedes presentar el modelo de IVA trimestral de forma presencial en la Agencia Tributaria o a través de su web, en cuyo caso solo necesitarás el certificado digital o la clave PIN para identificarte.
A la hora de rellenar el modelo 303, tendrás que señalar tus datos identificativos, el periodo correspondiente al trimestre (1T, 2T, 3T o 4T) y el devengo del año de presentación.
Considera que debes separar el IVA según el tipo impositivo y los ingresos por procedencia geográfica. También deberás desglosar los gastos en función de su procedencia, según sean nacionales, europeos o no europeos, y teniendo en cuenta su tipo, si se trata de empresa, mixto o particular.
No olvides señalar tu régimen (general o simplificado) y si no has tenido ninguna actividad en el periodo. Si no tienes que pagar IVA debido a la inversión del sujeto pasivo, marca la casilla 61 para indicar que tienes derecho a la deducción. Por último, introduce el número de cuenta bancaria en el que quieres que Hacienda haga el cobro del IVA o te devuelva el importe correspondiente.

Todas las empresas que operan en España tienen que cumplir una serie de obligaciones fiscales. El Impuesto sobre Sociedades es una de las principales tasas destinada a gravar la obtención de renta por parte de las sociedades y otras entidades jurídicas, como las asociaciones y fundaciones que tengan un objeto mercantil.
Dicho impuesto se estructura en torno al resultado contable de la organización, por lo que demanda llevar una contabilidad mercantil. De hecho, las empresas obligadas a tributar por el Impuesto sobre Sociedades deben cumplir una serie de formalidades en su declaración, entre ellas la presentación del modelo 202.
Modelo 202: ¿qué es y para qué sirve?
El modelo 202 sirve para hacer pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades. Permite realizar una declaración y autoliquidación periódica del mismo, por lo que supone un adelanto del Impuesto de Sociedades, que luego se formaliza en el cómputo anual y se presenta al año siguiente mediante el Modelo 200.
Por consiguiente, la función principal del modelo 202 es realizar pequeños anticipos a la Agencia Tributaria. Luego, ese importe se descuenta de la cantidad a pagar resultante del Impuesto sobre Sociedades anual. De cierta forma, es el equivalente al modelo 130 que presentan los autónomos, mediante el cual estos van adelantando de manera trimestral el IRPF.
En ciertos casos, el modelo 202 también sirve para declarar el Impuesto de la Renta de No Residentes, aquellas personas físicas o jurídicas que, aunque no residan en España, tienen establecimientos desde los que operan de forma habitual y continuada en el país.
¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 202?
Todos los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades cuya cifra de negocios supere los 6 millones de euros, independiente de los beneficios obtenidos, están obligados a presentar el modelo 202.
También deben presentarlo todos los sujetos que hayan obtenido un resultado positivo en el año impositivo anterior, aunque no hayan alcanzado esa cifra de negocio.
Además, las empresas que superen los 10 millones de euros netos están obligadas a presentar el anexo de comunicación de datos adicionales que se encuentra en el modelo 202.
¿Cuándo se presenta el modelo 202 en la AEAT?
El modelo 202 se debe presentar en tres momentos a lo largo del año:
- El primer pago se tiene que presentar del 1 al 20 de abril
- El segundo pago se debe presentar del 1 al 20 de octubre
- El tercer pago se presenta del 1 al 20 de diciembre
Cabe aclarar que, si el último día de presentación es sábado o inhábil, la fecha de vencimiento se posterga al siguiente día hábil. Recuerda que presentar el modelo 202 fuera de plazo puede conllevar una sanción, la cual varía en función del resultado de la declaración y de si la presentaste antes o después de haber recibido un requerimiento de la Agencia Tributaria.
La cuantía de la multa también depende de cuánto tardes en enmendar el error. Si no hay requerimiento de Hacienda y el resultado es a ingresar, el recargo será del 1 % más otro 1 % adicional por cada mes completo de retraso.
Si la declaración es negativa o queda a cero, se aplica una sanción fija de 100 euros, aunque no hayas recibido ningún requerimiento. No obstante, esa cuantía se duplica si la Agencia Tributaria solicita la presentación del modelo 202.
En el caso de las declaraciones positivas que hayan sido requeridas, la sanción oscila entre el 50 y el 150 % del resultado de la liquidación. Sin embargo, puedes reducir entre un 25 y 40 % los recargos o sanciones, realizando el ingreso en los plazos indicados en la notificación.
¿Cómo presentar el modelo 202 del Impuesto de Sociedades?
La presentación del modelo 202 se realiza, únicamente, por vía telemática, lo cual significa que no puedes descargar el formulario, rellenarlo y presentarlo físicamente en una oficina de la Agencia Tributaria.
Para presentar el modelo 202, tendrás que identificarte en el portal de Hacienda, ya sea usando el DNI electrónico, un certificado digital o con Cl@ve PIN. Tienes la opción de importar un fichero generado con el formulario o usando tu propio programa. También puedes recuperar una declaración guardada en los servidores de la Agencia Tributaria, anterior al ejercicio y periodo actual, introduciendo solo tus datos identificativos y el devengo de dicha declaración.
Cuando hayas terminado de rellenar el modelo 202, debes validar la declaración para comprobar que no tenga errores o avisos. Si el resultado es a ingresar y no lo domicilias, tendrás que obtener el NRC (el Número de Referencia Completo sirve como justificante del pago y se genera automáticamente al conectarte con la pasarela de pago). Luego puedes presentar la autoliquidación.
Por último, tendrás que “Firmar y enviar” para presentar la declaración. Si todo es correcto, verás el mensaje “su presentación ha sido realizada con éxito” y un PDF con la información de la presentación y la copia completa del modelo 202.
¿Cómo rellenar el modelo 202?
Rellenar el modelo 202 es un proceso bastante complejo, por lo que generalmente esta tarea se deja en manos del equipo contable. Así podrás evitar errores que puedan dar lugar a sanciones. No obstante, es importante que conozcas los diferentes apartados del modelo 202 del Impuesto de Sociedades:
- Datos identificativos
- Devengo
- Datos adicionales
- Liquidación del Modelo 202
La primera parte del modelo 202, como la mayoría de la documentación que se debe presentar en la Agencia Tributaria, contiene los datos identificativos. Por tanto, incluye los campos para introducir el NIF y nombre y apellidos o razón social, en caso de una persona jurídica.
El segundo apartado del modelo 202 corresponde al “Devengo”, de manera que sirve para indicar el momento en que se realiza el hecho imponible y, por ende, surge la obligación tributaria. Se solicitan los siguientes datos:
- Ejercicio. El año al que se refiere la declaración, señalado con sus cuatro cifras.
- Periodo. Indica el trimestre al que corresponde la declaración, según se haga en abril (1P), octubre (2P) o diciembre (3P).
- Fecha de inicio del año impositivo. Indica el comienzo del año al que se refiere la declaración.
- C.N.A.E. actividad principal. Se refiere al código de la actividad en cuestión, según la Clasificación Nacional de Actividades Económicas.
En esta parte del modelo 202 se recogen algunos datos del negocio para precisar los tipos impositivos a los que está sujeto. Por ejemplo, se debe señalar si se trata de una entidad a la que se le aplican incentivos por ser una empresa de dimensiones reducidas, si está sujeta al régimen de las entidades navieras en función del tonelaje, si se trata de una sociedad anónima cotizada de inversión en el mercado inmobiliario, si se le aplica el régimen fiscal de entidades sin fines lucrativos y con incentivos fiscales al mecenazgo o si se trata de una cooperativa fiscalmente protegida u otra entidad a la que se le pueden aplicar dos tipos impositivos que especifica el modelo 202.
En esta sección del modelo 202 también hay una casilla para indicar expresamente el tipo o tipos impositivos aplicables en la declaración del IS, que suele ser el 25 %. También hay que indicar si la empresa ha generado más de 6 millones de euros durante los 12 meses del periodo impositivo y si, durante el año anterior a la fecha de inicio del periodo impositivo, superó los 10 millones de euros, hay que especificar el importe neto de la cifra de negocios.
Es el apartado más complejo del modelo 202 de la AEAT, ya que se refiere a los cálculos, que se pueden realizar siguiendo la modalidad del artículo 40.2 o según la modalidad del 40.3 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. De hecho, recuerda que si eliges la modalidad del artículo 40.3, tendrás que solicitarlo presentando una declaración censal en el mes de febrero del año en que se vaya a aplicar esta modalidad.
La Agencia Tributaria explica detalladamente cómo rellenar el modelo 202, pero en este apartado básicamente tendrás que introducir los datos de las correcciones contables, el importe de las disminuciones por la revisión de los ajustes, la base imponible previa, el remanente de la reserva de capitalización no aplicada por insuficiencia de base, así como la de nivelación y la compensación de bases imponibles negativas.
La mayoría de las empresas también tendrán que reflejar el resultado previo para entidades con porcentaje único, dotaciones, compensación de cuotas negativas, bonificaciones, retenciones e ingresos a cuenta practicados. Además, deben indicar el volumen de operaciones en territorio común, los pagos fraccionados de periodos anteriores en dicho territorio y el resultado de la declaración anterior.
Recuerda que, si tu cifra de negocios supera los 10 millones de euros netos, estarás obligado a presentar el anexo de comunicación de datos adicionales a la declaración. En ese caso, tendrás que facilitar más información sobre el importe mínimo a ingresar de operaciones de quita o espera, rentas de reversión de deterioros integradas en la base imponible, los importes no computables o si aplicas el régimen fiscal de la ZEC, entre otros.
Por último, en la sección de “Ingreso” tendrás que indicar el resultado final de la liquidación y la forma de pago. Si eliges la domiciliación, hay un espacio para indicar el número de cuenta. Como habrás notado, es un modelo complejo y muy detallado, por lo que para su presentación es fundamental que la Contabilidad de tu empresa esté al día. Para evitar errores de tiempo y forma, lo ideal es que se encargue tu asesor fiscal.
Tipos de beneficios fiscales para el autónomo

Emprender una actividad por cuenta propia tiene muchos beneficios: más autonomía, flexibilidad para organizar la jornada y una mejor conciliación de la vida familiar. No es casual que el 57 % de los autónomos reconozca sentirse muy satisfecho con su trabajo y el 56,7% lleve más de cinco años con su actividad, según reveló una encuesta.
Obviamente, no todo es perfecto. El peso que suponen los pagos a la Seguridad Social es insostenible para el 51,6 % de los autónomos y se convierte en una de las principales preocupaciones para quienes siguen trabajando. El 71,1 % también reconoce que no se siente protegido por la Seguridad Social o las Mutuas y el 96 % piensa que su pensión al jubilarse será demasiado pequeña.
A pesar de ello, el 14,4 % de los autónomos ha recibido ayudas para poner en marcha su negocio. De hecho, si estás pensando en emprender por cuenta propia, es importante que conozcas los diferentes tipos de beneficios fiscales que puedes aprovechar para que esos primeros años no se te hagan demasiado cuesta arriba y puedas hacer crecer tu negocio.
¿Qué son los beneficios fiscales?
Los beneficios fiscales son todas aquellas ventajas desde el punto de vista tributario que se aplican a las empresas, pymes, autónomos y particulares, con el objetivo de reducir la carga impositiva a la que están sometidos.
Las ventajas fiscales están reguladas por ley y, normalmente, se otorgan cuando las personas físicas o jurídicas realizan ciertas prácticas positivas, ya sea a nivel social, laboral o medioambiental. También se aplican como parte de programas para incentivar la creación de empleo, por ejemplo, o cuando se desean premiar algunas prácticas de mercado.
¿Cuáles son los tipos de beneficios fiscales para el autónomo?
Existen diferentes tipos de beneficios fiscales, dependiendo de su procedencia y actividad. Si eres autónomo, estas son las principales ventajas fiscales que puedes aprovechar:
Deducciones
Implican una reducción de la base imponible de un impuesto, de manera que disminuyen los ingresos que quedan sujetos a gravamen, siempre y cuando el autónomo cumpla ciertos requisitos.
En el caso del IRPF, los autónomos tienen derecho a una serie de deducciones. Por ejemplo, puedes deducir todos los consumos de explotación relacionados con tu actividad profesional, los salarios de los trabajadores, las cuotas a la Seguridad Social, los arrendamientos y cánones y las primas de los seguros. También podrás deducir los costes de los servicios bancarios, incluidos los gastos financieros que representan los préstamos y créditos.
Particularmente interesantes son las deducciones por los servicios de los profesionales independientes a los que recurras. Las facturas que emitas a personas sometidas a la obligación de retener, como otros profesionales o personas jurídicas, implican una retención del 15 %. Sin embargo, la Agencia Tributaria recorta esa retención al 7 % cuando inicies tu actividad profesional. Dicha reducción se aplicará durante el periodo impositivo en que comiences a trabajar como autónomo y durante los dos siguientes, siempre que no hayas ejercido ninguna actividad profesional durante el año anterior.
Exenciones
Las exenciones tributarias eximen al autónomo de soportar la carga fiscal que le correspondería. En algunos casos existe una obligación tributaria, pero esta se condona o reembolsa, como ocurre con la doble imposición internacional. En otros casos, aunque existe el hecho imponible, no se genera una obligación tributaria, como ocurre con las prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción de la Seguridad Social, las Comunidades Autónomas o las entidades locales.
Algunas actividades profesionales también quedan exentas de IVA, como las clases particulares sobre materias que formen parte del currículo del sistema educativo o las colaboraciones periodísticas. También estarías exento de esta tasa si brindas servicios de asistencia sanitaria o enfocados en la ayuda social. Algunas actividades artísticas y ciertos servicios inmobiliarios quedan exentos de IVA.
Bonificaciones
Estos beneficios fiscales implican una reducción en el importe de la base para calcular el impuesto o una deducción en el importe a ingresar por parte del autónomo.
La tarifa plana en la cuota de la Seguridad Social para los nuevos autónomos es una de las bonificaciones más conocidas, aunque existen otras, como los tipos reducidos de IVA y en la retención en el IRPF durante los primeros años de inicio de la actividad. También se aplican bonificaciones para los autónomos colaboradores, en cuyo caso se bonifica el 100 % de la cuota durante un año para el cuidado de menores de doce años o personas dependientes, y existen bonificaciones para la formación.
Aplazamiento de impuestos
Hacienda considera que el aplazamiento del pago o la posibilidad de fraccionar las deudas tributarias es otro tipo de beneficio fiscal, ya que produce una merma de sus ingresos, aunque no implica una reducción de la cantidad a pagar; de hecho, conlleva unos intereses de demora.
Esta ventaja fiscal es conveniente si enfrentas un periodo de falta de liquidez o se te acumulan los pagos y no puedes hacer frente a tus obligaciones tributarias. Si la deuda es inferior a 30.000 euros, puedes solicitar un aplazamiento del pago del IRPF e IVA, con un plazo límite de 12 meses, sin necesidad de justificar las cuotas repercutidas impagadas. Hacienda suele aprobar la mayor parte de estas solicitudes casi automáticamente y con bastante rapidez.
En caso de que la deuda supere los 30.000 euros, la Agencia Tributaria te pedirá un aval, garantía hipotecaria o seguro de caución. Tendrás que justificar el impago de las cuotas repercutidas aportando las facturas de los clientes que reflejen la cuantía e indiquen la fecha de vencimiento. No obstante, recuerda que debes ingresar la parte de la deuda correspondiente a las cuotas repercutidas que has cobrado.
Subvenciones
Además de los beneficios fiscales que se aplican a la actividad por cuenta propia, también existe un programaa nivel nacional dirigido a las personas desempleadas, el cual es gestionado por las Comunidades Autónomas. En práctica, las personas desempleadas que estén inscritas como demandantes de empleo pueden acceder a una subvención para emprender por cuenta propia con una cuantía de referencia de hasta 7.500 euros, según las dificultades para el acceso al empleo.
En este caso, existen diferentes tipos de subvenciones y bonificaciones. Por ejemplo, podrías recibir una ayuda directa destinada a financiar las inversiones para crear y poner en marcha tu negocio, con un límite del 50 % del coste de adquisición y una cuantía máxima de 9 000 euros. También podrías optar por una ayuda financiera sobre el préstamo para financiar dichas inversiones, la cual consiste en una reducción de hasta 4 puntos del interés que aplique la entidad que te conceda el préstamo, con un tope de 9 000 euros.
Además, este programa prevé una ayuda destinada a la asistencia técnica que necesites para poner en marcha tu empresa. La cuantía es de hasta el 75 % del coste de los servicios prestados, con un máximo de 2 000 euros, que puedes dedicar lo mismo a servicios externos que a la realización de estudios de viabilidad o comercialización. Y si necesitas formarte con cursos de dirección y gestión empresarial o nuevas tecnologías de la información y comunicación, también se cubrirá hasta el 75 % del coste de los mismos hasta 2 400 euros.
En resumen, aunque emprender no es fácil, conocer las diferentes ayudas y beneficios fiscales a los que tienes derecho como autónomo te allanará el camino para que puedas consolidar tu negocio y hacerlo crecer cada año.
¿Qué es y quién debe presentar el modelo 206?

Tener residencia fiscal en España o en el extranjero implica obligaciones tributarias diferentes. Sin embargo, las personas que no residen en España, pero tienen actividades económicas en el territorio español, no están exentas de ciertas obligaciones fiscales, de manera que la Agencia Tributaria no dudará en llamar a su puerta para que declaren las rentas que han obtenido en el territorio nacional.
Durante los últimos años, el Gobierno ha ido aprobando una serie de leyes para regular el Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR) con el objetivo de mejorar el control y garantizarles la máxima seguridad jurídica, transparencia y proporcionalidad, en consonancia con los acuerdos tomados en la Unión Europea y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). El modelo 206 es uno de los documentos más importantes que debes conocer si no resides en España, pero tienes un negocio en el país.
¿Qué es el modelo 206?
El modelo 206 es un documento de la Agencia Tributaria (AEAT) que se utiliza para declarar y pagar impuestos en España. Específicamente, se trata de un documento de ingreso o devolución del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
Puede equipararse con el modelo 200, que se usa para la declaración o liquidación del Impuesto sobre Sociedades, pero a diferencia de este, es exclusivo para los no residentes que tengan rentas en España. De hecho, la Administración aclara que “el modelo de declaración es el mismo que para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, pero utilizando el modelo 206”.
Modelo 206: ¿para qué sirve?
El IRNR se rige por el principio de territorialidad, el cual reconoce que un Estado tiene derecho a gravar las rentas que se obtienen en su territorio, independientemente del país de residencia fiscal de su perceptor. Por tanto, este impuesto se asegura de que una parte de la riqueza generada se quede en el territorio.
El Modelo 206 se utiliza, fundamentalmente, para declarar la situación de las rentas y retenciones fiscales de entidades, sociedades y personas físicas, con el fin de identificarlas como contribuyentes en España, aunque tengan su residencia fiscal en otro país.
¿Quién debe presentar el modelo 206?
En general, todos los contribuyentes no residentes en España que obtengan rentas mediante establecimientos ubicados permanentemente en el país, así como aquellas entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero que tengan presencia en territorio español deben presentar el modelo 206. Eso significa que se aplica tanto a las personas físicas como jurídicas.
Cabe aclarar que un establecimiento permanente es aquel que tiene una personalidad jurídica, por lo que este concepto se aplica tanto a sedes de dirección, sucursales, oficinas, fábricas, talleres, almacenes y tiendas como a cualquier otro establecimiento donde se realice una actividad que genere beneficios económicos. También aplica a las explotaciones agrícolas o ganaderas, las minas y canteras, así como a las obras de construcción, instalación o montaje que duren más de seis meses.
¿Cuándo se presenta el modelo 206?
El modelo 206 se presenta seis meses después de cerrar el periodo impositivo, durante los 25 días naturales siguientes. El período impositivo debe coincidir con el ejercicio económico declarado y no puede superar los 12 meses. A menos que declares un periodo impositivo diferente cuando presentes la primera declaración de este impuesto, la Agencia Tributaria aplicará el año natural.
No obstante, la ley indica que la conclusión anticipada del período impositivo acorta el plazo de presentación del modelo 206 en la AEAT a 20 días naturales en los meses de abril, julio, octubre y enero, según el trimestre en que se produzca alguna de las siguientes circunstancias:
- Cesa la actividad del establecimiento.
- Desafectación de la inversión realizada en el establecimiento.
- Transmisión del establecimiento a otra persona o entidad.
- Traslado de residencia de la casa central.
- Fallecimiento del titular del establecimiento.
Por último, cabe aclarar que la presentación de este modelo se realiza por vía telemática con tu respectivo número de identificación fiscal (NIF) y que el impuesto se devenga el último día del período impositivo.
¿Qué es el modelo 220 y quién debe presentarlo?

Las empresas que operan en España deben cumplir una serie de obligaciones con la Agencia Tributaria, entre las que se encuentra el pago del Impuesto sobre Sociedades. Para estar al día con este tributo no solo debes tener en orden las cuentas de tu empresa, sino que también necesitas conocer los procedimientos a seguir, respetar los plazos y presentar los modelos adecuados.
¿Cuál es el modelo 220 de la AEAT?
El modelo 220 se utiliza para presentar la declaración-liquidación del Impuesto sobre Sociedades de las empresas que se han acogido al régimen de tributación de los grupos de sociedades. Es importante que no lo confundas con los modelos 200 y 202, que también se utilizan para liquidar el Impuesto de Sociedades.
El modelo 200 tiene carácter general y se usa para presentar el Impuesto de Sociedades. Todas las empresas, personas jurídicas y entidades no jurídicas como fondos de inversión o capital de riesgo, deben presentarlo anualmente, aunque no hayan tenido actividad o rentas durante el ejercicio.
En cambio, el modelo 202 solo se usa cuando la empresa fracciona el pago del Impuesto sobre Sociedades. Este modelo se presenta tres veces al año, aunque no todas las empresas pueden acogerse al pago fraccionado, ya que deben cumplir ciertos requisitos relacionados con el importe neto de su cifra de negocio.
¿Quién está obligado a presentar el modelo 220 y para qué sirve?
Los grupos de sociedades que tributen en el régimen de consolidación fiscal están obligados a presentar el modelo 220. También es obligatorio para “los grupos de sociedades cooperativas a que hace referencia el Real Decreto 1345/1992”, como señala la propia Agencia Tributaria.
La consolidación fiscal, de carácter opcional, es un Régimen Especial en el Impuesto sobre Sociedades. Permite que diferentes entidades mercantiles sean consideradas como un único sujeto pasivo de cara a sus obligaciones tributarias. Por tanto, solo las empresas que ostenten el control de otra o varias sociedades, ya sea de forma directa o indirecta, deben presentar el modelo 220.
En sentido general, se hace referencia a un grupo de entidades cuando existe una sociedad dominante que posee la mayor parte de los derechos al voto y tiene capacidad para nombrar o destituir a los miembros del órgano de administración de las otras empresas.
El objetivo de este régimen y, por consiguiente, del modelo 220 de la AEAT es que varias empresas tributen de manera conjunta como una sola sociedad para que puedan compensar las pérdidas entre las distintas entidades y reduzcan el coste financiero de las retenciones en cualquier pago de intereses o cánones. No obstante, los requisitos para aplicar las deducciones y bonificaciones también se aplican a todo el grupo.
¿Cuándo hay que presentar el modelo 220?
El plazo de presentación del modelo 220 se extiende durante los 25 días naturales posteriores a los 6 meses después de terminar el periodo impositivo de la empresa representante del grupo. Por ejemplo, si el ejercicio económico de la entidad dominante coincide con el año natural, tendrá que presentar el modelo 220 entre los días 1 y 25 de julio del año siguiente. No obstante, si el resultado del modelo 220 es a ingresar y la sociedad opta por la domiciliación bancaria, el plazo de presentación se acorta, finalizando 5 días antes del general.
¿Cómo se presenta el modelo 220?
El modelo 220 solo se puede presentar telemáticamente a través de Internet, utilizando el sistema de identificación y autentificación basado en el certificado electrónico reconocido por la AEAT. En la propia Agencia Tributaria podrás encontrar las instrucciones del modelo 220 para cumplimentarlo de manera adecuada.
Tanto los obligados tributarios como sus representantes legales o los representantes voluntarios, con poderes o facultades para presentar electrónicamente la información contable de la empresa, pueden realizar la presentación telemática del modelo 220 en la AEAT.
Cabe aclarar que, si el resultado del modelo es a ingresar y no eliges la domiciliación bancaria, tendrás que realizar el ingreso en una sucursal de una entidad colaboradora y usar el Número de Referencia Completo (NRC) que aparece en el justificante de pago para presentar el modelo 220. En cambio, si el resultado es negativo o te decantas por la domiciliación bancaria, podrás acceder directamente al trámite en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

Si quieres que tu negocio prospere, necesitas aplicar correcciones a tiempo, antes de que sea demasiado tarde, llevando la contabilidad de la empresa de la forma correcta. El instrumento contable ideal para analizar el estado de tu pyme, conocer su situación actual y su evolución a lo largo del tiempo es el balance de situación, el cual se debe realizar desde el primer año de la empresa, pues también te ayudará a sentar unas bases económicas sólidas que impulsen el crecimiento del negocio.
¿Qué es el balance de situación?
El balance de situación es una “instantánea” de la empresa en un momento específico. Se realiza en base a la contabilidad de la empresa, analizando tanto los activos como las deudas y obligaciones, así como el patrimonio neto de la sociedad.
Dado que se trata de una imagen fiel de la situación económica de la empresa, es recomendable realizarlo en diferentes momentos a lo largo del año, sobre todo si tu pyme tiene una gran facturación. Por tanto, se puede hacer referencia a diferentes tipos de balances, según el momento en que se realicen:
- Balance de situación inicial. Se trata de un balance general que se realiza al inicio del ejercicio para establecer un punto de partida de comparación. En este caso, los saldos se presentan agrupados para facilitar la comparación de los datos.
- Balance de comprobación. Es un balance intermedio, entre el inicio y fin del ejercicio, para valorar el estado de las cuentas y comprobar el correcto funcionamiento de las operaciones mercantiles, evitando sorpresas al final del ejercicio.
- Balance de cierre de ejercicio. Este balance de situación se realiza al terminar el año con el objetivo de comprobar el funcionamiento de la empresa a lo largo de ese periodo.
¿Quién debe presentar el balance de situación?
Todas las sociedades mercantiles deben presentar un balance de situación. Las pymes y autónomos pueden presentar un balance abreviado, según indica el artículo 257 de la Ley de Sociedades de Capital, siempre que cumplan dos de estas condiciones durante dos ejercicios seguidos:
- El total del activo no debe superar los cuatro millones de euros.
- El importe neto de la cifra anual de negocios no debe ser superior a ocho millones de euros.
- No tener más de 50 empleados durante el ejercicio.
¿Para qué sirve exactamente el balance de situación?
El balance de situación es una especie de radiografía económica de la empresa, por lo que brinda una imagen real de su estado financiero en un periodo de tiempo determinado. Gracias a esta práctica contable, se puede conocer la capacidad actual del capital y determinar la solvencia del negocio. El balance de situación también permite identificar la naturaleza y valor de los activos, así como el alcance de las obligaciones que ha contraído la empresa.
Este documento muestra si la empresa dispone de excedentes o, al contrario, afronta una falta de fondos e inventario. También revela el grado de morosidad que puede soportar sin exponer al negocio, tanto en términos de deudas contraídas como recibidas.
El balance de situación refleja la liquidez de la que dispone la empresa a corto plazo y la calidad de los pasivos, por lo que permite que la Dirección pueda planificar inteligentemente las inversiones de cara al futuro. Así, los emprendedores podrán evitar que el negocio tenga demasiados pasivos a corto plazo y poca liquidez de los activos, de manera que no caigan en una situación de impago que les genere problemas legales y de reputación ante sus acreedores, proveedores o bancos.
Además, como el balance de situación es un documento público, también permite a los proveedores potenciales o posibles inversores evaluar la solvencia de la organización y el volumen de negocio para determinar su capacidad real para afrontar las deudas o el margen de crecimiento. Un resultado positivo demostraría una buena gestión administrativa de los recursos disponibles, por lo que podría facilitar el acceso al crédito, atraer inversores y agilizar las negociaciones con los proveedores.
¿Cuál es la estructura del balance de situación?
La estructura del balance de situación se divide en tres partes: activo, pasivo y patrimonio neto.
Activo
El activo de una empresa incluye tanto los bienes y títulos de propiedad como las deudas por cobrar. Se reflejan de menor a mayor liquidez, según la facilidad para convertirse en efectivo.
Activo no corriente: Representa todos los bienes, propiedades y derechos de la empresa de difícil conversión en efectivo en el plazo de un año.
- Inmovilizado material. Son los inmuebles y/o maquinarias a nombre de la empresa.
- Inmovilizado intangible. Son las patentes, diseños industriales y/o derechos de la empresa.
- Inmovilizado financiero. Son las inversiones de la empresa a largo plazo.
Activo corriente. Se trata de aquellos bienes de la empresa que se pueden convertir fácilmente y a corto plazo en efectivo.
- Existencias. Son las mercancías de venta y materias primas objeto de venta o facturación.
- Realizable. Son los derechos de cobro a clientes por las ventas realizadas o servicios prestados.
- Disponible. Es la liquidez de la que dispone la empresa en efectivo o en sus cuentas corrientes.
Pasivo
Incluye las fuentes de financiación de la empresa.
- Pasivo no corriente. Deudas con vencimiento a largo plazo, superior a un año.
- Pasivo corriente. Deudas que vencen a corto plazo, en menos de un año.
Patrimonio neto
Es el conjunto de capital propio con el que se financia el funcionamiento de la empresa, que incluye tanto las aportaciones de los socios como las ganancias acumuladas.
¿Cómo interpretar un balance de situación?
El balance de situación refleja muchos datos, por lo que es mejor fijarse en la información que necesitas para tomar decisiones. Por ejemplo, si eres un emprendedor en busca de nuevos clientes, deberías fijarte en el ratio de liquidez, pero si deseas invertir, tendrías que mirar con lupa el nivel de endeudamiento.
Obviamente, no será igual el balance de una multinacional que el de una micropyme o una empresa que opera a nivel nacional. Y también existen diferencias sectoriales que permiten contextualizar esa información contable. No obstante, en sentido general debes prestar atención a tres aspectos clave:
- Relación entre el activo corriente y el pasivo corriente
- Volumen del patrimonio neto
- Fondo de maniobra
Para que una empresa no tenga problemas de liquidez a corto plazo, el activo corriente debe ser mayor que el pasivo corriente. Lo ideal sería que el disponible (caja y cuentas corrientes) y el realizable (créditos con clientes y deudores) puedan cubrir el pasivo corriente para evitar que el negocio entre en suspensión de pagos. Debes considerar que, aunque tu empresa tenga existencias, quizá no puedas venderlas con suficiente rapidez para cubrir las deudas a corto plazo.
En la estructura financiera de la empresa, el patrimonio neto debe tener un peso importante. El total de activo debe ser igual al total del pasivo más el patrimonio neto, ya que la proporción de este último en la estructura financiera marca el nivel de endeudamiento del negocio. En todo caso, debes evitar un patrimonio neto negativo, ya que indicaría que la empresa no puede pagar sus deudas ni siquiera liquidando todo su activo, lo cual la conduciría a un escenario de quiebra y disolución de la sociedad.
El fondo de maniobra es la parte del activo corriente financiada con recursos de carácter permanente, por lo que permite medir la capacidad de la empresa para seguir funcionando a corto plazo. En el balance de situación podrías encontrar tres escenarios.
En resumen, para afirmar que una empresa goza de buena salud económica, el activo corriente debe ser mayor que el pasivo corriente, lo cual evitará problemas de liquidez a corto plazo. Por otra parte, el patrimonio neto debe oscilar entre un 35 y 50 %, en dependencia del tipo de actividad y sector. Estos detalles del balance de situación te permitirán formarte una idea de la capacidad de tu pyme para seguir adelante.